Introduccion Al Derecho
mapypollo4 de Junio de 2013
16.537 Palabras (67 Páginas)365 Visitas
1. CONCEPTOS BASE DEL DERECHO.
La Base de Derecho es una compilación de los textos completos de todos los instrumentos del derecho interamericano de los derechos humanos, tales como las distintas declaraciones, convenciones y protocolos, con información actualizada acerca de su entrada en vigor y su correspondiente estado de ratificación.
1.1 SER HUMANO
El hombre es un ser social por naturaleza. Esto quiere decir que no convive con otros hombres por simple capricho, casualidad, conveniencia o contrato social; el hombre vive en sociedad, por q necesita de los demás, recibe las aportaciones de los demás por q le ayudan en su desarrollo.
Toda persona adolece de vicios o defectos q ha de superar con ayuda y el apoyo de los demás, y también posee virtudes o cualidades q a de comunicar a los demás, se produce así un intercambio de ayuda mutua entre todos los integrantes de la sociedad.
La diversidad de objetos ha dado origen a grandes fragmentaciones:
• Seres naturales materiales: son los objetos de naturaleza material, como las nubes los animales, los mares, etc. Existen en el espacio y en el tiempo y se accede a ellos mediante los sentidos. Están conectados por el vínculo de la causalidad y son indiferentes al valor y al desvalor.
• Seres naturales psíquicos: son temporales e inespaciales. Por ejemplo: la alegría, el placer, las emociones, tienen una duración temporal y son inespaciales, debido a que tienen existencia únicamente en la propia intimidad del sujeto.
• Seres ideales o irreales: son intemporales e inespaciales, pero que nuestro intelecto encuentra como objeto. Se caracterizan por ser generales y abstractos, como los números, las figuras geométricas, los conceptos, etc. Pueden ser trasvasados a la realidad y tener una vigencia objetiva.
CULTURA Seres culturales: están conformados por todo lo creado por el ser humano y el comportamiento de los mismos, como una aguja, un aeroplano, un libro, la religión, etc.
LOCALIZACIÓN ONTOLÓGICA DE LA VIDA
La vida o existencia humana es una realidad dual, que consiste en la inseparable y recíproca unión entre el yo y el mundo. En el ser humano hay dos realidades: una material (materia orgánica e inorgánica) y otra espiritual. Por esta razón, es que el mismo pertenece tanto al mundo dela naturaleza, como al mundo de la cultura y participa del mundo ideal.
1. Estructuras básicas de la vida humana
a) E. Biológica: está sometida a las leyes de la física, química, biología, etc.
b) E. Psíquica: debido a que el ser humano posee de inteligencia racional y a su voluntad, además de adquirir inteligencia emocional (instinto) como todos los seres vivientes, tiene una vida espiritual que le otorga independencia y libertad frente al mundo que lo circunda. Gracias a esta libertad interior, el ser humano puede realizar actos voluntarios asumiendo sus consecuencias positivas o negativas.
c) E. Estimativa o valorativa: el ser humano es libre, y en consecuencia es un ser estimativo que experimenta y vivencia los valores en cada instante de su vida. Uno de los efectos que ejerce ser valorativo es, a su vez ser futurizo, el ser humano se desarrolla orientándose hacia el futuro. Para decidir es preciso elegir, para elegir es necesario preferir y para preferir es ineludible que sepamos estimar o valorar.
d) E. Finalista: actos están orientados a la consecución de algún fin. El fin como resultado de la acción humana está al final de la acción, pero en el campo psicológico se encuentra al inicio de la acción.
e) Vida auténtica: es la que desenvuelve a cada instante de su existencia o coexistencia, en sentido propio y plenario. Realidad dinámica.
f) Vida objetivada: dada por todo aquello que es producto de la actividad humana. Quehaceres humanos perduran como formas de vida o como modificación de la realidad. Se convierten en huella, por eso se denomina vida objetivada o cristalizada, pertenecen al reino histórico.
g) E. Cultural: vida está moldeada culturalmente, es esencialmente histórica. El ser humano tiene que aprenderlo todo y este contenido aprendido está en constante creación y recreación. Todo aquello que hacemos y nos ocurre, pertenece a la realidad cultural. Y la realidad cultural implica al humano individual y el mundo que lo circunda.
h) Limitaciones: la persona humana es un ser limitado, debido a esta capacidad limitada, este está destinado a descubrir verdades desconocidas ya crear otras que no existen.
1.2 SOCIEDAD
Siendo una condición innata del ser humano el vivir en una sociedad, solo en ella es posible que se desarrolle material y espiritualmente. Para posibilitar la convivencia social -pacífica, es necesario que existan normas (reguladoras de conducta= Derecho) impuestas, ya sea coercitivamente o no, a cada uno de los miembros de la comunidad. De eso deriva el aforismo latino:” Ubi Ius, ibi societas”(donde hay Derecho, hay sociedad y viceversa).
La comunidad política o koimonía politiké, se funda desde el comienzo con la necesidad utilitaria de los seres humanos de reunirse para satisfacer algún interés y para procurarse lo que es esencial en la vida. La comunidad política busca el bien común. Este es el concepto griego de sociedad, un concepto político y además ético. Por el lado ético se llega a establecer que al lado de la sociedad civil existe la sociedad humana y que una se regula por el Derecho civil y la otra por el Derecho de gentes, respectivamente.
Por otro lado los escolásticos distinguieron varios tipos de sociedades: doméstica, civil o política y sociedad humana; sociedad privada- los hombres se asocian para realizar un negocio privado- y sociedad pública- cuando los hombres de una ciudad se asocian en una república. Como consecuencia, el Derecho también se divide en privado y público.
A pesar de las distintas teorías sobre que es la sociedad, para un filósofo Thomas Hobbes, entre el estado de libertad y el de seguridad hay una barrera infranqueable. Para superar la misma es necesario el uso del contrato que es a su vez un pacto de unión- los individuos se unen para construir la sociedad- y de sumisión- se crea un poder político al cual los individuos se someten. De este modo se crea el Estado y se identificó con la sociedad civil.
La vida en sociedad es connatural al hombre. Sin ella el hombre no podría sobrevivir ya q requiere el contacto con otros seres humanos para su desarrollo llegar a ser lo q la naturaleza racional exige, a saber: una inteligencia habituada a buscar la verdad y una voluntad habituada a querer el bien . Todo ello encaminado a lograr una vida personal y social más perfecta.
1.3 CONCEPTO DE DERECHO
La palabra proviene del vocablo latino “DIRETUM”, que significa: no apartarse del buen camino.
Desde Platón hasta nuestros días La filosofía de Derecho a intentado responder a esta pregunta: ¿Qué es Derecho?, y hasta el momento no existe un acuerdo unánime en la respuesta, pues la diversidad de las perspectivas filosóficas de los pensadores ha ocasionado desacuerdo sobre la materia
Es el conjunto de normas jurídicas creadas por el estado para regular la conducta externa de los hombres y en caso del incumplimiento está prevista una sanción judicial.
1.4 CULTURA Y DERECHO
Las leyes culturales son axiológicas y teleológicas simultáneamente, estas se refieren a los valores y adecuan los medios a los fines. En los objetos culturales existen dos elementos: el substrato o soporte material, en el que se encarna un sentido espiritual valioso; y el empírico- dialéctico, los objetos están en la experiencia (empírico) y el acto de conocimiento (dialéctico) va del substrato al objeto y viceversa hasta lograr la comprensión total.
El derecho, como elemento de la cultura surge una etapa determinada del desarrollo del sistema social, con la división de la sociedad en clases. De por sí, el proceso de surgimiento del derecho es una etapa objetivamente necesaria en el desarrollo de la cultura, puesto que la sociedad dividida en clases ya no puede reglamentar y coordinar su actividad mediante las normas de la moral, las costumbres y las tradiciones de que antes disponía. Surge la necesidad de formas más rígidas para regular las relaciones sociales y, por consiguiente, de medios más rígidos para asegurar las normas.
La necesidad objetiva del derecho revela de manera persuasiva su inclusión orgánica en la cultura de la sociedad. El cambio de carácter de los medios de producción y de las fuerzas productivas ha provocado el cambio de carácter de las relaciones de producción, lo que a su vez ha predeterminado el surgimiento de nuevos mecanismos para regular la actividad de los miembros de la sociedad. Durante todo el periodo de existencia de la sociedad clasista el derecho cambia inevitablemente con las modificaciones de los factores de
la economía y la cultura q determinan dicha sociedad: ante todas las relaciones de producción, los instrumentos de trabajo como medios de la interacción del hombre con la naturaleza, etc. La ligazón orgánica de la economía, la cultura y el derecho fue fijada con precisión por C:Marx, el cual señaló que “ El derecho nopuede ser nunca superior a la estructura económica ni al desarrollo cultural de la sociedad por ella condicionado”.
Por eso, el estudio del derecho en el sistema de la cultura como un elemento de esta conduce
...