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Introduccion Al Derecho


Enviado por   •  8 de Mayo de 2013  •  1.761 Palabras (8 Páginas)  •  299 Visitas

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Definiciones de derecho:

La palabra derecho deriva de la voz latina "directum", que significa "lo que está conforme a la regla, a la ley, a la norma", o como expresa Villoro Toranzo, "lo que no se desvía ni a un lado ni otro."

Thomas Hobbes (Leviathan, capítulo 26, 1651) "Derecho es para cada sujeto aquellas reglas en las que el Commonwealth le ha ordenado de forma oral, escrita o a través de otro signo de la voluntad para que este haga uso de la distinción entre lo correcto e incorrecto, es decir, de lo que es contrario y lo que es conforme a la regla¨.

Dr. Fernando Hinestrosa: (Manual de Obligaciones) “El derecho es un conjunto de normas o preceptos de conducta cuya existencia y efectividad son indispensables para la solidez y a armonía de las relaciones sociales. Dictados que surgen espontánea o deliberadamente de la vida en común y cuya vigencia está garantizada por el poder coercitivo del Estado. El derecho no es un fin en sí mismo sino un medio emanado de la sociedad para mantener un equilibrio entre los hombres y proveer a la realización de un ideal de justicia¨.

La expresión "directum" aparece, según Pérez Luño, en la Edad Media para definir al derecho con connotaciones morales o religiosas, el derecho "conforme a la recta razón". Esto es así si tenemos en cuenta frases como "non omne quod licet honestum est" (no todo lo que es lícito es honesto, en palabras del jurista romano Paulo), que indica el distanciamiento de las exigencias del derecho respecto a la moral. Esta palabra surge por la influencia estoico-cristiana tras la época del secularizado derecho de la época romana y es el germen y raíz gramatical de la palabra "derecho" en los sistemas actuales: diritto, en italiano; direito, en portugués; dreptu, en rumano; droit, en francés; a su vez, right, en inglés; recht en alemán y en neerlandés, donde han conservado su significación primigenia de "recto" o "rectitud."

Definición propia:

El derecho es el conjunto de normas que imponen derechos y obligaciones, que establecen las bases de convivencia social y cuyo fin es dotar a todos los miembros de la sociedad de los mínimos de seguridad, igualdad, libertad y justicia.

¿Qué son las normas?

De a cuerdo con García Máynez, el término norma se usa en dos sentidos: uno amplio y el otro estricto. En el sentido amplio, norma es toda regla de comportamiento obligatoria o no; en el sentido estricto, norma es la regla que impone deberes o confiere derechos. A las reglas de conducta que son obligatorias o que conceden facultades se les llama normas, mientras que a las reglas cuyo cumplimiento es potestativo se les conoce como reglas técnicas. Tanto las normas como las reglas técnicas son reglas de conducta. Las primeras conceden derechos o prescriben obligaciones; las segundas establecen medios para alcanzar un fin. El cumplimiento de las reglas técnicas es potestativo, vale decir, queda a voluntad del individuo cumplir no o con la regla. En cambio, en las normas jurídicas, su cumplimiento es obligatorio.

La Ley es una regla jurídica porque es creada por autoridad competente; y es obligatoria por la misma circunstancia. Pero no únicamente para algunos individuos, sino para todos, es decir, que la Ley es general y rige la conducta de los hombres en sociedad. Así, la Ley se define como:

Norma jurídica obligatoria y general dictada por legítimo poder para regular la conducta de los hombres o para establecer los órganos necesarios para el cumplimiento de sus fines.

En México, el Congreso de la Unión es el facultado por disposición de los artículos 50, 71 y 72 constitucionales para crear las leyes, las Leyes así creadas son aplicables a toda la República. En cuanto a los Estados, son sus propias constituciones las que establecen el procedimiento de creación de las Leyes locales.

CLASIFICACION DE LAS NORMAS: ORDEN JURIDICO, MORAL, RELIGIOSO Y REGLAS DEL TRATO SOCIAL.

Para que el ser humano pueda vivir en sociedad es necesario que su conducta sea regulada, pero su conducta no solo es regulada por normas jurídicas, sino también por normas morales, religiosas y por los llamados convencionalismos sociales.

Las normas enunciadas no tienen la misma naturaleza puesto que entre ellas existen marcadas diferencias, en lo único en que coinciden es en el hecho de regular la conducta de los individuos.

Normas jurídicas:

Se dice que las normas jurídicas son reglas de conducta bilaterales o imperativo-atributivas, exteriores, coercibles y heterónomas, que estas normas sean bilaterales significa que una obligación jurídica a cargo de determinada persona trae aparejado un derecho a favor de otra persona para exigir el cumplimiento de la misma. Las obligaciones jurídicas constituyen deudas, toda vez que su observancia puede ser exigida en ejercicio de un derecho, por un sujeto distinto del obligado.

En virtud de su carácter bilateral, las normas jurídicas establecen relaciones entre diversas personas, al obligado se le denomina sujeto pasivo de la relación; a la persona facultada para exigir de aquel el cumplimiento de la obligación se le llama sujeto activo, facultado, derechohabiente o pretensor.

Las normas jurídicas son exteriores, lo que significa que exigen una conducta fundamentalmente externa, sin embargo, también es cierto que en muchos casos atribuyen consecuencias jurídicas a los aspectos íntimos del comportamiento individual.

Es decir, las normas jurídicas

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