Investigacion
Juan Carlos Julajuj CojDocumentos de Investigación13 de Agosto de 2015
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1. JUSTIFICACION
La principal razón de esta investigación es el estudio sobre la ley, específicamente la del femicidio, la cual es de suma importancia, ya que en los últimos tiempos el repunte sobre este fenómeno social han aumentado y un gran número de personas han sido afectadas, siendo las féminas las principales víctimas y sus familiares, por estar a su alrededor.
Esto es motivo de estudio ya que existe inconformidad por parte de las personas vinculadas, por la frecuencia en que se dan y los motivos que la originan (motivos expuestos en la investigación); la inconformidad proviene pese de las denuncias, los responsables de llevar estos casos en proceso, no les dan una pronta solución.
Tomando en cuenta que esta ley surgen como una ley especial de los derechos humanos de las mujeres y se pretende por medio de esta investigación constatar si la ley contra el femicidio es interpretada y aplicada en los juzgados, creados específicamente para este problema social y del mismo modo comprobar si el Estado de Guatemala cumple con su obligación de proteger y tutelar el acceso a la justicia de las mujeres sobrevivientes de la violencia.
Lo expuesto es lo que origino a estudiar la ley que actúa sobre este delito que es de vital importancia el estudio y análisis de este fenómeno que va en aumento en la sociedad guatemalteca
Con este estudio también se pretende constatar si esta ley es difundida y de este modo dar a conocer a las féminas la existencia de instituciones a las que puedan acercarse, orientarse y conocer el proceso que deben seguir en caso de encontrarse en una situación que pongan en peligro su integridad, su familia y su vida.
2. PLANTEAMIENTO DEL PROBLEMA:
El Femicidio y la violencia contra la mujer se da en toda sociedad, las interrogantes en cuestión son: cuáles son sus raíces y que resolución ha dado el Estado a esta problemática, por el incremento de la taza de mujeres asesinadas en Guatemala, en un porcentaje de 6.78 % en el rango de edades de 22 a 44 años.
2.1 DEFINICIÓN DEL PROBLEMA:
Esta problemática surge por la importancia que el Estado y la sociedad deberían tener para asumir el compromiso ético-político y jurídico de prevención y erradicación del Femicidio y la violencia contra mujeres, tomando medidas y acciones para lograr la igualdad de géneros, proporcionando una vida social, económica y cultural.
2.2 LIMITACIÓN ESPACIAL O TEMPORAL.
Con base a los estudios realizados hemos podido determinar que, según los datos hechos por el Instituto Nacional de Ciencias Forenses (INACIF) durante el mes de enero del 2014 en Guatemala, se reportó la muerte violenta de 472 personas, de las cuales 62 eran mujeres. Según dio a conocer el Grupo de Apoyo Mutuo (GAM).a Siendo las mujeres más vulnerables de entre 21 y 30 años, para una tasa de 13 por cada cien mil, los responsables de femicidio en grado de tentativa tienen entre 18 y 30 años. El 37 por ciento de ellos usó arma blanca, y 25 por ciento, arma de fuego. Los victimarios eligieron atacar entre las 14 y 20 horas. El 62 por ciento eran novios, convivientes o esposos. Los juicios están programados para finales de diciembre del 2014
3. MARCO TEÓRICO
3.1 LEYES QUE SE APLICAN CONTRA EL FEMICIDIO
El término femicidio no es nuevo en nuestra sociedad, ya que fue utilizado por primera vez en 1992 por Hill Bradford y Diana Russell, sostuvo que el asesinato de mujeres por parte de los hombres, es motivado por desprecio, odio, placer o sentido de propiedad sobre ellas.
El femicidio se define como la muerte violenta de una mujer, ocasionada en el contexto de las relaciones desiguales de poder entre hombres y mujeres, en ejercicio del poder de género, pero nos hacemos la pregunta del por qué la muerte a mujeres, el por qué la violencia hacia ellas, la respuesta a esta situación es, que la violencia o las causas por las que surge el femicidio es por el machismo, la desigualdad que se tiene entre hombres y mujeres o bien la negación de la víctima a establecer o restablecer una relación de pareja o de intimidad con su agresor.
Es fundamental conocer el pasado y acontecimientos que han transcurrido en la historia del femicidio, se presentan datos históricos desde la I y II Guerra Mundial. En Guatemala cada periodo marca su historia referente al femicidio como por un lado el Conflicto Armando, Guerra Política y hoy por hoy las maras, las pandillas, el narcotráfico, entre otros.
Las muertes violentas de mujeres durante el Conflicto Armado en Guatemala pueden entenderse en dos sentidos: uno, en el cual los hombres demostraron su poder, autoridad y dominación hacia sus víctimas hombres quitándoles a las mujeres fueron el objeto subordinado a esos “valores adscritos a su masculinidad”, y dos, porque las mujeres representaban la continuidad de la vida, no sólo de una nueva generación de guerrilleros, sino de la población
indígena maya que se pretendía exterminar. Esta ejecución de género selectiva hacia las mujeres, estuvo expresada en las torturas y violaciones sexuales de mujeres, seguidas de muertes violentas y eliminación, principalmente de los pueblos indígenas.
A consecuencia de tantas muertes que se han dado a mujeres se ha creado una ley contra el femicidio que promulgan o una serie de instrumentos legales de carácter mundial, regional y nacional con el fin de que la sociedad y los Estados asuman su deber ético-político y jurídico de prevenir y erradicar cualquier forma de amenaza y afectación a los derechos humanos de las mujeres. A nivel mundial, la Asamblea General de las Naciones Unidas aprobó en 1979 la Convención sobre la Eliminación de todas las formas de Discriminación contra la Mujer. En esta Convención los Estados se obligaron a adquirir una serie de medidas y acciones para lograr una plena igualdad del hombre y la mujer como en los temas la vida política, social, económica y cultural, el acceso a la alimentación, a la salud, a la enseñanza, a la capacitación, a las oportunidades de empleo y a la satisfacción de otras necesidades.
La Asamblea General de la Organización de los Estados Americanos aprobó en 1994, la Convención Interamericana para Prevenir, Sancionar y Erradicar la Violencia contra las Mujeres. Esta Convención se establece el derecho de toda mujer a una vida libre de violencia tanto en el ámbito público como en el privado y que toda mujer tiene derecho al reconocimiento, goce, ejercicio y protección de todos los derechos humanos y libertades.
Siete países de América Latina han tomado la decisión política de tipificar el asesinato de mujeres en determinadas circunstancias, entre estos países se encuentra Guatemala, Chile, Costa Rica, Nicaragua, El Salvador, México y Perú
Nosotros nos enfocaremos hacia el país de Guatemala, ya que obtiene el tercer lugar en asesinatos hacia el género femenino. En Guatemala la ley contra el
asesinato a mujeres se le nombre como Ley Contra el Femicidio y Otras Formas de Violencia Contra la Mujer, el surgimiento de la ley se da porque entre más días aumenta más el asesinato hacia las mujeres y creando dicha ley se podrá erradicar tantos asesinatos, violencia, discriminación, desigualdad, maltrato psicológico hacia la mujer.
La Ley contra el femicidio y otras formas de violencia contra la mujer es una ley que tiene por objeto garantizar la vida, la libertad, la integridad, la dignidad, la protección y la igualdad de todas las mujeres ante la ley, y, particularmente cuando por condición de género, en las relaciones de poder o confianza, en el ámbito público o privado quien agreda, cometa en contra de ellas prácticas discriminatorias, de violencia física, psicológica, económica o de menosprecio a sus derechos. Su fin es de promover e implementar disposiciones orientadas a la erradicación de la violencia (física, psicológica, etc.), en contra de las mujeres una vida libre de violencia, basado en instrumentos internacionales sobre Derecho Humanos. Dicha Ley fue aprobada por el Congreso de la República de Guatemala el 9 de abril de 2008 según Decreto 22-2008.
3.2 COMO SURGE LA LEY CONTRA EL FEMICIDIO Y QUE INSTITUCIONES ESTAN INVOLUCRADAS EN ELLA
La Ley contra el femicidio y otras formas de violencia contra la mujer surge por instituciones que su fin primordial es proteger a las mujeres.
Ministerio Público: debe investigar cualquier hecho violento contra la mujer, aunque no haya sido denunciado. También debe crear la Fiscalía de Delitos contra la Vida e Integridad Física de la Mujer para mejorar la investigación de los hechos violentos en contra de las mujeres.
- Coordinadora Nacional para la Prevención de la Violencia Intrafamiliar y en Contra de la Mujer (CONAPREVI): debe trabajar para prevenir, atender, evitar y condenar la violencia contra las mujeres, está formada por el Presidente de la República, La Secretaria Presidencial de la Mujer, Ministerio Publico y El Organismo Judicial.
- Corte Suprema de Justicia: debe asegurar el acceso a la justicia a las víctimas, garantizar un proceso penal justo a los sospechosos y condenar a los agresores. También debe asegurar que haya juzgados especiales para conocer los delitos de femicidio, violencia sexual, violencia física, violencia psicológica y violencia económica contra la mujer, dando un servicio de 24 horas.
- Instituto de la Defensa Pública Penal: debe dar asistencia legal gratuita a las víctimas y nombrar una abogada o abogado que la represente.
- Defensoría de la Mujer Indígena (DEMI) y Secretaría Presidencial de la Mujer (SEPREM): deben tratar el problema de la violencia contra las mujeres.
- ORGANISMO JUDICIAL: Es el encargado de impartir justicia, con independencia y potestad de juzgar, imparte justicia en concordancia con el texto constitucional.
- Instituto Nacional de Estadística (INE): debe tener toda la información estadística sobre los delitos de femicidio, violencia sexual, violencia física, violencia psicológica y violencia económica contra la mujer.
Con estas instituciones se lleva a cabo que la Ley contra el femicidio y otras formas de violencia contra la mujer se cumpla, esta ley está conformada por VII Capítulos y 28 Artículos. Que tratan de los delitos y penas que se le darán al agresor, medidas de carácter preventivo contra
la violencia hacia la mujer, las obligaciones que tiene el Estado con dicha ley para que se cumpla y se lleve a cabo.
3.3 CUALES SON LAS CAUSAS PRINCIPALES POR LAS QUE OCURRE EL FEMICIDIO
La muerte hacia mujeres se da porque en algunos casos las mujeres están involucradas en maras o pandillas, donde ellas son cómplices de robos, secuestros y muertes al momento que ellas quieren abandonar la clica son asesinadas, porque solo así pueden salir de una pandilla, o porque cometen un error al llevar a cabo una acción delincuencial, o bien, porque traicionan a alguno de los miembros de la pandilla. Otras de las cusas por las que hay muertes hacia mujeres es la violencia intrafamiliar ya que a la mujer se le ha conocido como la figura femenina de la forma tradicional, es decir, que debe cuidar a sus hijos y dedicarse a las labores de la casa, las mujeres de ahora quieren superarse, trabajar para tener sus propios ingresos y esto causa molestias, más que todo en el género masculino que no quieren que el género femenino llegue a una superación, a esto también se le puede llamar machismo. La venganza personal es otro motivo por el cual hay asesinatos de mujeres se da porque tiene un punto común y es el hecho de que hay una concepción de que las mujeres son propiedad de alguien, quiere decir que si yo quiero dañar a la otra mara, mato a la esposa, hija, hermana del que la dirige, es la misma concepción que está en el marco de las guerras convencionales, es decir, atacar a la mujer como una forma de castigar a los hombres que son los enemigos.
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