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JUICIO DE AMPARO


Enviado por   •  19 de Marzo de 2015  •  1.021 Palabras (5 Páginas)  •  180 Visitas

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JUICIO DE AMPARO EN MATERIA FISCAL.

DEFINICION DEL JUICIO DE AMPARO

Una institución que se tramita y resuelve por los órganos del

Poder judicial Federal, y excepcionalmente por los órganos jurisdiccionales locales, a instancia del gobernado que considera que un acto de autoridades le afecta su esfera jurídica por ser contrario a las garantías que en su favor consagra la Constitución, después de haber agotado contra él los medios de defensa ordinarios, con el objeto de que el mismo se deje insubsistente y sin efecto en el caso especial sobre el que versa la demanda, y se le mantenga o restituye en el goce de la garantía que estima infringida”

El amparo es un verdadero juicio, puesto que es un proceso que se da fuera de un procedimiento ya establecido, y además, como bien lo ha determinado la jurisprudencia, la finalidad del amparo es vigilar que no se violen las garantías constitucionales de los gobernados.

En materia fiscal se tienen que agotar los recursos de revocación que se promueve ante la Secretaría de Hacienda y Crédito Público y el recurso de Revisión que se promueve ante El Tribunal Fiscal de la Federación.

El Juicio de amparo en materia fiscal va a seguir todas las formalidades establecidas en la Ley de Amparo , que es la Ley reglamentaria del artículo 103 y 107 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.- así mismo en materia Fiscal se puede recurrir al amparo en vía directa cuando se trate de la afectación de una Ley por su simple entrada en vigencia contra el primer acto de aplicación.

ORGANOS QUE INTERVIENEN EN EL AMPARO DE ACUERDO A SU COMPETENCIA.

1.- Suprema Corte de Justicia de la Nación.

2.- Tribunales Colegiados de Circuito en Materia Administrativa.

3.- Juzgados de Distrito en Materia Administrativa

PRINCIPIOS DEL JUICIO DE AMPARO

1.- Debe de tratarse de un acto de autoridad.

2.- Iniciativa de parte: El proceso se promueve sólo a iniciativa de parte, la que invocará interés y legitimidad para obrar.

3.- Agravio personal y directo.

4.- Prosecución judicial

5.- Relatividad de la sentencia de amparo [formula Otero]

6.- Definitividad de la sentencia.

7.- Principio de estricto derecho y suplencia de la queja.

EXCEPCIONES A LOS PRINCIPIOS DEL JUICIO DE AMPARO EN MATERIA FISCAL.

a.- Excepciones al principio de definitividad:

1.-Cuando se impugna una Ley: según lo dispuesto por el artículo 73 de la Ley de Amparo, es optativo para el quejoso hacer valer el acto o la ley impugnada a través de los medios que este establezca o directamente a través del juicio de Amparo.

2.- Si el acto reclamado carece de fundamentación: en este supuesto el agraviado no tiene la obligación de agotar los recursos o medios de defensa.

3.- En el caso de que la ley contemple algún recurso, juicio o medio de defensa legal: en este supuesto, si la Ley impugnada establece más recursos o medios de defensa para la suspensión del acto reclamado que el propio juicio de amparo requiere no es menester agotarlos.

4.- Terceros extraños a procedimiento: Cuando la ley no considera para éstos algún medio de defensa, si existen dos o más recursos no es necesario agotarlos; cuando el recurso es contemplado en un reglamento y no en la ley que rige el acto

b.- Excepciones al principio de estricto derecho.

1.-Cuando el acto reclamado se funda en leyes declaradas

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