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Juicio ordinario civil hipotecario


Enviado por   •  3 de Agosto de 2017  •  Ensayos  •  1.987 Palabras (8 Páginas)  •  272 Visitas

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AUTOFINANCIAMIENTO DE AUTOMÓVILES MONTERREY, S.A DE C.V.

VS

CORINA ARACELI AMARO BURUATO

JUICIO EJECUTIVO MERCANTIL

EXP. NÚM           /2016

ESCRITO INICIAL DE DEMANDA

C. JUEZ DE JURISDICCIÓN CONCURRENTE EN TURNO DEL PRIMER DISTRITO JUDICIAL EN EL ESTADO

JAIME ALFREDO ORTEGA MORENO, mexicano, mayor de edad, abogado en el ejercicio de la profesión, con domicilio para oír y recibir notificaciones el ubicado en Ignacio Morones Prieto, Número 1500, Colonia Nuevas Colonias, Piso 5, Despacho 305, Monterrey Nuevo León, y autorizando en términos del párrafo tercero del artículo 1069 del Código de Comercio en vigor a los señores licenciados José Rafael Puga Galindo, José Romero Tule cuyas cédulas profesionales se encuentran inscritas en la Dirección General de Profesiones de la Secretaría de Educación Pública, para que realicen la diligencia de embargo y emplazamiento, asimismo todas aquellas necesarias para la tramitación del presente juicio, y de conformidad con el penúltimo párrafo del citado numeral,  a los señores licenciados, Arturo Villalobos Miranda, Carlos Treviño López Susana Cedillo Lucio, Héctor Alejandro Rodríguez Delgado y Kathya Ugartechea Montemayor, ante usted, con el debido respeto comparezco y expongo:

Por medio de este escrito, en mi carácter de apoderado general para pleitos y cobranza de la persona moral AUTOFINANCIAMIENTO DE AUTOMÓVILES MONTERREY, SOCIEDAD ANÓNIMA DE CAPITAL VARIABLE, tal como lo  acredito con la con la Escritura Pública que anexo al presente libelo, ocurro ante su Señoría a fin de promover JUICIO EJECUTIVO MERCANTIL ejercitando la acción cambiaria directa en contra de la C. CORINA ARACELI AMARO BURUATO; quien puede ser notificado en su domicilio en ubicado en Calle Reforma número 14 Colonia Lázaro Cárdenas, en Cerro Azul, Veracruz, de quien reclamo el inmediato pago de los siguientes conceptos:

P R E S T A C I O N E S

a) Pago de la cantidad de $220,386.40 (doscientos veinte mil trescientos ochenta y seis pesos 40/100 M.N.) por concepto de suerte principal, importe de los pagarés que se acompañan a esta demanda como documentos fundatorios de la acción que se intenta y que se compone de los siguientes;

1) El pagaré de fecha 9 de noviembre de 2011, por la cantidad de $186,698.40 pesos. 

2) El pagaré de fecha 9 de noviembre de 2011, por la cantidad de $36,688.00 pesos.

b) Los intereses moratorios vencidos y que se venzan hasta la total liquidación del adeudo, conforme a la tasa del 4.6% mensual pactada en los referidos documentos base de la acción;

c) Pago de los gastos y costas judiciales que se originen con motivo de la tramitación del presente juicio.

Fundo la presente demanda en los siguientes hechos y consideraciones de derecho:

H E C H O S

1.- Con fecha 9 de noviembre de 2011, en la ciudad de Monterrey, Nuevo León, la deudora CORINA ARACELI AMARO BURUATO, como suscriptor obligado cambiario, suscribió a la orden de mi representada, un pagaré por la cantidad de $183,698.40 pesos con fecha de vencimiento 02 de enero de 2016, incumpliendo con el pago de la parcialidad número 45 de fecha 02 de Enero del 2015 y en consecuencia venciendose anticipadamente las subsecuentes.

2.- Dentro del título de crédito base de la acción, la señalada suscriptora convino en que, para el caso de falta de pago puntual de cualquiera de los pagos parciales en el domicilio de mi representada fijado para al efecto en Avenida Eugenio Garza Sada 4010, Monterrey Nuevo León, se darían por vencidos anticipadamente todos los subsecuentes, volviéndose exigible. Así mismo, y por falta de pago en las fechas acordadas en el documento fundatorio, la ahora demandada se obligó, al pago de intereses moratorios a razón del 4.6% mensual, mismos que se generarían desde la una vez vencida la obligación de pago, estimados hasta el día de su total liquidación.

        Como anexo 2 de la presente demanda, exhibo el pagaré que ha sido identificado en los hechos hasta aquí expuestos como documento fundatorio.

        3.- Con fecha 09 de noviembre de 2011, en la ciudad de Monterrey, Nuevo León, la deudora, como suscriptora obligada cambiario, suscribió a la orden de mi representada, un pagaré por la cantidad de $36,688.00  pesos con fecha de vencimiento 09 de noviembre de 2015, incumpliendo con el pago de la parcialidad 15 y en consecuencia venciendose anticipadamente las subsecuentes.

4.- Dentro del título de crédito base de la acción, la señalada suscriptora convino en que, para el caso de falta de pago puntual de cualquiera de los pagos parciales en el domicilio de mi representada fijado para al efecto en Avenida Eugenio Garza Sada 4010, Monterrey Nuevo León, se darían por vencidos anticipadamente todos los subsecuentes, volviéndose exigible. Así mismo, y por falta de pago en las fechas acordadas en el documento fundatorio, el ahora demandado se obligaron, al pago de intereses moratorios a razón del 4.6% mensual, mismos que se generarían desde la una vez vencida la obligación de pago, estimados hasta el día de su total liquidación.

Como anexo 3 de la presente demanda, exhibo el pagaré que ha sido identificado en los hechos hasta aquí expuestos como documento fundatorio.

5.- Así las cosas, y debido a que la suscriptora incumplió con el puntual pago de los pagos parciales a los que se obligó, no obstante su vencimiento, y consecuente exigibilidad, el importe de los pagarés fundatorios de la acción, no han sido cubiertos, como tampoco los intereses moratorios vencidos; por tanto, en ejercicio de la acción cambiara directa y en esta vía, ocurro a demandar el pago de las prestaciones que quedaron indicadas con anterioridad.

        De conformidad con el artículo 1401 del Código de Comercio reformado en vigor, desde este momento ofrezco como de la intención de mi mandante, las siguientes: 

 

P R U E B A S 

I.- DOCUMENTAL PÚBLICA.- que se hace consistir en la copia certificada de la instrumental pública que se acompaña a este escrito inicial de demanda, misma que se acompaña a este escrito inicial de demanda, como anexo 1.

Con esta probanza se demuestra el carácter con el que se comparece a promover este juicio y, por ende, a reclamar todas y cada una de las prestaciones exigidas por la parte actora, razón por misma que se ofrece porque se considera idónea para justificar y demostrar todo lo manifestado en los hechos 1.-, 2.-, 3.-, 4.- y 5.- de la presente demanda

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