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Juridico. Para poder conocer sobre la víctima


Enviado por   •  25 de Abril de 2017  •  Ensayos  •  2.072 Palabras (9 Páginas)  •  153 Visitas

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  • Capitulo I

ANTECEDENTES HISTORICOS

Para poder conocer sobre la víctima, es necesario realizar un breve recuento histórico de la evolución y de las ideas penales así como el de la víctima. Anteriormente no existía la distinción entre el derecho público y privado, como se entiende actualmente ya que el derecho surge por diversas necesidades pero sobre la victima para evitar la venganza, generalmente se señala a la venganza como el aspecto que revestía la función punitiva, cuando todavía el poder político no se concebía como tal ni mucho menos poseía la fuerza necesaria dentro de los grupos humanos para imponerse a los particulares, ya que no se podía regular de otra manera realmente la justicia quedaba en manos de la victima que con su reacción producían otra lesión ,generalmente mayor a la inferior por el agresor ya que tampoco se tomaba elementos valorativos sobre la naturaleza y extensión del daño sufrido .La venganza estaba justificada pero no importaba su adecuación y por lo tanto también  su exceso .Así la venganza dio origen a grandes males ,reacciones en cadena o grupos que no estaban de acuerdo con el derecho que tenían para poder hacer justicia pero sin ninguna limitación ya que no solo era contra el agresor si no podía ser contra con su familia. 1

Por lo anterior fue necesario  regular este derecho .La legislación más antigua es el código de Hummurabi  del siglo  XX antes de Nuestra Era ,la cual distinguía entre los hechos intencionales y no intencionales era llamados delitos culposos .Este código reconocía la ley talional que es una retribución del mal por un mal igual la mayoría de las penas aplicadas en este código eran pecuniarias, también  existía la pena de mutilación e incluso de muerte .En ocasiones se obligaba al delincuente a compensar a su víctima en casos de robo o daño debía restituir 30 veces el valor de la cosa ,cuando el delincuente era insolvente ,el Estado se hacía cargo de dicha obligación, reparando el daño a la víctima o a su familia .1

Por consiguiente la ley de talión que supone la existencia de un poder moderado implica ya  un desarrollo considerable .Su formula fue “ojo por ojo, diente por  diente “.Se  trata de restaurar el daño ante la ofensa .Así la gravedad de la lesión jurídica infligida se compadece exactamente con la pena aplicar y deja de ser la víctima o su familia quien determina la extensión de la lesión  ,con esto se desliga así a la víctima y a los suyos de lod manejos  y ejecución del castigo ,traspasando dicha facultad a un juez imparcial, exento de prejuicios ,quien resolverá sometiendo los hechos a prueba.1

Libro : La víctima en el sistema penal  mexicano  autor jose Zamora grant  pag 67,68,69

Con el transcurso del tiempo apareció otra limitación a la venganza, la composición, mediante la cual el ofensor y su familia rescataban del ofendido y de los suyos, mediante el pago de una cantidad, el derecho a la venganza. Así debido a que se advierte que la reacción de la víctima no conducía a ningún beneficio para las partes .Ahora la elección de la cantidad le corresponde a la víctima

Para analizar con claridad el desarrollo de la victima retomare su surgimiento desde tiempos muy remotos.

-En el Derecho Griego. Se señala que el procedimiento penal se remota en las costumbres y formas observadas en Atenas, en donde el rey, el consejo de ancianos y la asamblea de pueblo son quienes llevaban a cabo juicios orales de carácter público para sancionar actos que atentaban en contra de ciertos usos o costumbres .La importancia  se centra en la figura del Arconte quien era el fiscal y representaba a la víctima en el juicio.

-En el Derecho Romano. En este caso la pena tenía carácter religioso, la venganza privada no solo es admitida sino obligatoria para quienes pertenecen a una familia, siendo el poder el pater familia ilimitado. Cuando se funda la ciudad de Roma se mantiene el carácter sagrado de las penas, pues el jefe de gobierno civil y militar era también el jefe culto religioso .Posteriormente se va afirmando el principio de la venganza publica ejerciendo por el poder político, el rey a su vez sacerdote que tiene jurisdicción criminal. En la monarquía se hace la distinción entre delitos públicos Crimina pública: son los que vulneran el orden público y delitos privados estos eran castigados por el pater familia. En la pena pública se aplicaba el suplicium ejecución de culpables y la pena, paga de dinero.

Durante la República se produce una lucha por el monopolio del poder púbico en la represión de los delitos y por prohibir la venganza privada, sobresaliendo la Ley de las XII  Tablas que contiene disposiciones excepcionales sobre el derecho penal ,el cual tiene sus principios: terminar de delitos privados respecto de los cuales únicamente era admitida la venganza privada ,se afirma el principio del tailon .En la ley mencionaba el ofensor está obligado en todos los casos de delito al  pago de daños y perjuicios.

-En el Derecho Canónico: El procedimiento canónico tenía como bases la realización de aprehensiones y la confesión como prueba contundente para lo cual se aplica el tormento ,no existía la defensa, hacían comparecer a los testigos ,los juicios eran secretos, se utilizaba la escritura y el juez gozaba de amplias facultades para formar su convicción .El delito fue concebido como un pecado que ofendía a Dios por lo que tuvo gran relieve la venganza divina .Sin embargo ,el procedimiento paso de acusatorio a inquisitivo y el poder de la iglesia como brazo ejecutador de la voluntad divina en lo temporal y lo trascendental alcanzo niveles brutales en las penas.

-Derecho Germánico. Este se funda en 1532, teniendo como características que en el procedimiento sumario se observaban formas tomas del sistema inquisitivo, el cual era secreto y escrito, se distinguió el formalismo del proceso, el ofendido por el delito reclamaba su derecho por medio de la venganza de sangre.

-Derecho Español. En el derecho penal el procedimiento no alcanzo carácter institucional lo cual se podía demandar enmienda del daño debidamente formulada ante el juez la petición del daño correspondiente.

-Derecho francés .En este la reparación del daño dependía de la gravedad la culpa del responsable .La doctrina de esta época precisaba la categoría de la culpa por lo cual tiene la responsabilidad penal del agente ante el Estado y la responsabilidad civil, ante la víctima, de esta última se distinguió dos formas de culpa :La culpa contractual que se refiere al incumplimiento de las personas con sus obligaciones y la culpa que no se vinculaba ni con el crimen ni con delito, sino que se originaba por negligencia o improcedencia .

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