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LA ACUSACION

cris210312 de Junio de 2013

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DEFECTOS DE LA RELACIÓN DE HECHOS QUE NO AMERITAN SU RECHAZO

LA ADMISIÓN O RECHAZO DE LA ACUSACIÓN GIRA SOBRE LA BASE DE LOS 4 REQUISITOS ESENCIALES DE ADMISIBILIDAD

1. CLARIDAD 2. PRECISION

3. ESPECIFICACION 4. CIRCUNSTANCIACION

1. Estilo excesivamente técnico: Utilización de términos muy técnicos (gremiales, profesionales) en ocasiones desconocidos para quienes intervienen en el juicio –jueces o jurado-:

“(…) momento en que dicho acusado le Introduce una estocada con una arma blanca a la Víctima a nivel del onceavo espacio intercostal izquierdo con un trayecto oblicuo de arriba hacia abajo, en donde le provocó una herida de cuatro centímetros de longitud penetrante en la Cavidad Abdominal Lateral Izquierda y ocasionándole salida del Epiplón que cubre los intestinos”. “(…) y le da una estocada en la parte izquierda del estomago a la victima DEYLIN FELIPE VALDIVIA LÓPEZ, provocándole herida penetrante por arma blanca en abdomen mas lesión de colon transverso

mas lesión de yeyuno (…)”.

2. Mal uso de oraciones subordinadas y coordinadas: Se abusa de oraciones subordinadas ad infinitum, con lo que se pierde la claridad y se produce el riesgo de olvidar la imputación del hecho (obsérvense también las mayúsculas innecesarias):

“Una vez que el Acusado Santiago Rivas Campo alcanzó a la Víctima Pablo Vásquez Centeno, justamente cuando la Víctima iba pasando al frente de la entrada principal del Hotel El Camino que se ubica contiguo al de esta Ciudad y como una distancia de un metro del Hotel donde se detuvo la Víctima quedando frente a frente con el Acusado Santiago Rivas Campo, momento en que dicho acusado le Introduce una estocada con una arma blanca a la Víctima Pablo Vásquez Centeno, en donde le provocó una herida de cuatro centímetros de longitud y ocasionándole salida del Epiplón que cubre los intestinos”.

3. Mal uso del orden de los adjetivos en la oración

“(…) El día 11 de enero del 2001 el aquí acusado se presentó en el Aeropuerto Internacional Juan Santamaría con su pasaporte número…, con el propósito de viajar a los Estados Unidos, siendo que dicho documento contenía en la hoja

número cinco un sello de entrada al país falso de la Dirección General de Migración y Extranjería”.“…mantenía en un local comercial denominado “Tienda El Regalón”, pantalones fraudulentos de las marcas inscritas Levi´s y Silver Tab”.

4. Se mezclan los narradores

de la acción, produciendo una leve confusión sobre el sujeto pasivo de la acción.

“El acusado… procedió a sacar un puñal y con el mismo amenazó al ofendido… arrebatándole una cadena de oro que este llevaba en su cuello, revisándole luego las bolsas de su pantalón con el fin de robarle tres mil colones que portaba, luego procedió a quitarle el cuchillo del estómago no sin antes amenazarme de que no dijera nada de lo ocurrido porque él sabía donde vivía y de lo contrario me iba a matar”.

DEFECTOS DE LA RELACIÓN DE HECHOS QUE PODRÍAN AMERITAR SU MODIFICACION EN LA AUDIENCIA, VARIACION EN LA CALIFICACION JURIDICA O EL RECHAZO DE LA ACUSACION

1. Errónea descripción del orden en que sucedieron los hechos: el orden de las acciones no tiene sentido lógico o resulta incomprensible, lo que puede afectar hasta la calificación jurídica

“…al ir llegando a su vivienda observó a uno de los acusados salir de la misma, y lanzarse al río, luego de dispararle con un arma de fuego”. “el acusado le dio muerte al ofendido, a quien procedió a golpear con sus puños y pies”. “…situación que fue vista por un guarda de seguridad quien le dio aviso al ofendido, momento en que el acusado fue capturado por el vigilante dentro de la vivienda el que portaba un machete de cacha negra”.

2. Desenfoque del hecho principal: Se cuentan detalles fácticos innecesarios, que dificultan visualizar el hecho que sí es relevante

“El día 5 de enero del 2001 a eso de las 01:35 horas, oficiales de la Policía llevaban a cabo un recorrido de rutina. Al pasar frente al Bar La Ultima Copa, miraron que ahí se encontraba el acusado Bismarck Antonio David, quien al observar el vehículo policial inmediatamente se introdujo al citado Bar, propiedad de Antonio León, llevando consigo colgado a su espalda un bolso color rojo, razón por la cual los oficiales lo siguieron hasta el baño del restaurante, y al verlos dejó caer el bolso rojo que portaba, con el logotipo “The Big Red Boat”, el cual fue recogido por los oficiales, y al ser revisado se encontró en él una arma de fuego de fabricación casera…”.

III.

DEFECTOS DE LA RELACIÓN DE HECHOS QUE SÍ AMERITAN SU RECHAZO TOTAL O PARCIAL, O BIEN LA MODIFICACIÓN EN AUDIENCIA

5. Estilo coloquial en vez del estilo técnico: Utilización innecesaria de términos populares:“…al pasar por el área de rayos X se le encontró y ocupó un pucho de marihuana”. El acusado lo obligó a chuparle el pene. Lo tocó en sus partes y tuvo relaciones sexuales con la víctima, contra su voluntad.

1. Falta de individualización de autores: No se individualizan las acciones, a pesar de que se ofrecen pruebas que permiten hacerlo: “Los acusados, actuando de consuno, entraron gritando y encañonando a todos los clientes; luego se dirigieron a la bóveda donde comenzaron a echar el dinero en las bolsas, y al salir le dieron muerte al guarda de seguridad que les opuso resistencia”. “Dentro de la casa se encontraban los acusados quienes estaban vendiendo droga a un menor de edad que se encontraba dentro de la misma”. “Los acusados les mostraron fotos de otros menores de edad desnudos”.

2. Falta de atribuibilidad: En vez de realizar una nueva redacción, el fiscal selecciona partes del informe policial o de la denuncia “Se ha venido investigando que el día 3 de abril del 2005, al ser aproximadamente las dos de la madrugada, el acusado José Jirón Zelaya, en compañía de dos sujetos no identificados, se presentó al local comercial de…”. “Denunció la ofendida que para el 16 de setiembre del 2003, al ser aproximadamente las 16 horas, caminaba por Barrio Santa Fe, momento en que acusada Marta Torres Briones se le vino encima, indicando la ofendida en su denuncia que la acusada la golpeó con un palo”.

3. El hecho describe a la víctima, pero no al autor del ilícito (lo que atrae vicios como falta de imputación, de claridad, de tiempo). El acusador no usa la oración activa, no cuenta lo que hizo el acusado, que es la forma correcta de imputar, sino que narra lo que estaba haciendo la víctima. Ese giro podría dejar por fuera la circunstanciación, la claridad, la precisión u otro requisito de admisibilidad de la acusación.

“El día 25 de agosto del 2003, la víctima Juan Pablo Berríos fue avisada de que la bicicleta que había dejado en el andén había sido robada por el acusado Rosendo Martínez”.

“Al llegar a poner la denuncia a la Policía, el día 3 de agosto del año 2006, la víctima pudo observar auno de los acusados en la estación de policía, mientras era conducido preso, razón por la cual les indicó a los otros policías que la habían llevado a ella, que ese era el que se había metido a robar a su casa, identificándolo plenamente”.

“El día treinta de marzo del año dos mil seis, a las diez de la mañana se presentó el señor GUSTAVO AROSTEGUI NIÑO a su propiedad ubicada en Finca La Ponderosa, ubicada en el Departamento de León, Municipio de la Paz Centro, comarca La Fuente. Cuando le manifestó a su trabajador ERLING QUIROS que fuera a traer un caballo colorado, con las patas traseras de color blanco y mancha blanca en la frente con el fierro O-C, valorado en la cantidad de dos mil córdobas (C$2,000). Acto seguido, el trabajador ERLING QUIROS le dijo a Gustavo Aróstegui que el caballo antes descrito, no se encontraba, y que estaba localizado en casa del señor SANTOS PABLO VANEGAS, ya que se lo había llegado a vender al acusado LUIS ALFREDO GUIDO, en la cantidad de trescientos córdobas (C$300.00)”.

4. Imprecisión de la circunstancia tiempo: Se usan frases machoteras para ubicar el hecho en el tiempo, que afectan la prescripción de la acción penal

“Sin precisarse hora y fecha exacta, pero antes del 1° de junio del 2004” “Sin que se precise fecha pero después de enero del 2003…”

5. Descripción insuficiente del objeto: Se citan objetos que tienen incidencia en la calificación jurídica o en la comprensión

del hecho, pero no se describen o se describen insuficientemente:

“se llevó consigo un televisor que estaba en la sala de la casa”. “se apropió indebidamente de todos los

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