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LA ETAPA DE INVESTIGACION


Enviado por   •  22 de Agosto de 2019  •  Apuntes  •  1.355 Palabras (6 Páginas)  •  99 Visitas

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reporte de lectura

ABOG. WENDY ÁLVAREZ FLORES

16 DE AGOSTO DE 2019

LA ETAPA DE INVESTIGACIÓN

DEFINICIÓN:

El Ministerio Público realiza diligencias encaminadas a obtener datos de prueba que establezcan que probablemente se ha cometido un delito, establecer su carácter delictuoso,  identificar que alguien intervino o participó en su comisión y a la víctima u ofendido así como recolectar datos de prueba.

Es una fase de vital importancia para la defensa, quien podrá conocer los hechos y los cargos que se le atribuyen al detenido. Podrá conocer los datos de prueba y el contenido de la carpeta de investigación y del mismo modo podrá solicitar al ministerio público la realización de las diligencias de investigación y aportar los datos de prueba a la carpeta de investigación

Esta etapa consta de dos fases, la inicial comienza con la denuncia o querella de un delito y concluye cuando el imputado queda a disposición del Juez de Control para que se le formule la imputación, y la complementaria que inicia con la formulación de la imputación hasta el cierre de la investigación decretado por el Juez de Control.

CARACTERÍSTICAS

a) finalidad y objetivo:

b) presenta un director responsable de su realización

c) debe observar un plazo procesal

d) el agente del ministerio público debe contar con una estrategia

e) es reservada

f) la defensa debe contar con una estrategia durante la investigación

g) la defensa debe participar en las diligencias de la investigación

h) la etapa de investigación presenta dos momentos

i) el juez solo cumple con funciones de control o garante

CARPETA DE INVESTIGACIÓN Y DATOS DE PRUEBA

Todos lo desarrollado y solicitado en la etapa de investigación será registrado en la carpeta de investigación respectiva la cual estará custodiada por el ministerio público y la que los demás intervinientes tienen derecho a conocer su contenido.

Los datos de prueba son el conjunto de evidencias o indicios obtenidos durante la etapa de investigación y que no son desahogados ante el órgano jurisdiccional pero sirven para fundamentar las solicitudes y decisiones tanto del ministerio público como del juez antes de que se inicie la etapa de juzgamiento, están constituidos por las entrevistas, peritajes, documentos objetos y lo encontrado en las inspecciones, reconocimientos, cateos, etc, todo ello a raíz de los actos de investigación realizados por el ministerio público, los policías, la víctima y la defensa, deben ser pertinentes, idóneos y en su conjunto suficientes para establecer la existencia de un hecho delictuoso y la probable intervención del imputado, sirven para fundamentar las decisiones que tome el ministerio publico y del juez de control antes de la etapa de juzgamiento.

ETAPA DE INVESTIGACIÓN CON IMPUTADO DETENIDO

Efectuada la detención de una persona, sea por flagrancia o caso urgente  debe ser puesta a disposición del ministerio público de forma inmediata quien dentro de 48 horas deberá examinar la legalidad de la detención en términos de razonabilidad y proporcionalidad y resolver la situación jurídica del detenido. Cuando se investiga a un imputado detenido le corresponde la audiencia de control de la detención

ETAPA DE INVESTIGACIÓN CON IMPUTADO NO DETENIDO

En la investigación sin detenido la audiencia inicial tiene como principal función el posibilitar los siguientes planteamientos de la fiscalía: Formulación de la imputación, Solicitud de vinculación a proceso, De medida cautelar y Plazo judicial de cierre de investigación. Así como posibilitar a la defensa el poder contestar los cargos y pronunciarse en torno a lo requerido por la autoridad ministerial

FORMULACIÓN DE IMPUTACIÓN

Esta actuación unilateral del MP, consiste en la comunicación que hace a la persona en el sentido que su conducta es objeto de investigación en razón de que cuenta con los datos que la incriminan y que en ese momento le hace saber. Al comunicar al imputado los datos fácticos, los jurídicos y los probatorios, en que sustenta su pretensión, el MP los relacionará entre sí para dar una explicación coherente en la que se apoya ésta. La imputación lleva implícita una teoría del caso, donde además de la explicación coherente de los hechos y de los datos probatorios, se comprende su denotación jurídica, es decir, su tipificación. A continuación se abre la posibilidad de vincular al imputado a proceso.

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