LA EXPROPIACION
stecar241223 de Agosto de 2011
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La Expropiacion y La Confiscacion
CONFISCACIÓN Y EXPROPIACIÓN
DE BIENES
Introducción
Confiscación
La confiscación, comiso o decomiso, en Derecho, es el acto de incautar o privar de las posesiones o bienes sin compensación, pasando ellas al erario público. En sentido estricto, por lo general se entiende que la confiscación es una pena principal consistente en la privación de bienes, mientras que el comiso o decomiso es la pena accesoria que supone la pérdida o privación de los efectos o productos del delito y de los instrumentos con que este se cometió. El término decomiso también se utiliza para designar las cosas que han sido objeto de comiso
La confiscación, comiso o decomiso, en Derecho, es el acto de incautar o privar de las posesiones o bienes sin compensación, pasando ellas al erario público.
En sentido estricto, por lo general se entiende que la confiscación es una pena principal consistente en la privación de bienes, mientras que el comiso o decomiso es la pena accesoria que supone la pérdida o privación de los efectos o productos del delito y de los instrumentos con que este se cometió. El término decomiso también se utiliza para designar las cosas que han sido objeto de comiso.
Habitualmente, los artículos ilegales, como los narcóticos o armas de fuego y las ganancias de la venta de este tipo de mercancías, pueden ser confiscadas por la autoridad competente (como la policía).
En algunos países, las acciones del Estado (por ejemplo la zonificación) que reducen el valor de las propiedades para el dueño de manera que las deja casi sin valor, han sido consideradas como una forma de confiscación.
Expropiación
La expropiación consiste en la transferencia coactiva de la propiedad privada desde su titular al Estado, concretamente, a un ente de la Administración Pública dotado de patrimonio propio. Puede expropiarse un bien para que éste sea explotado por el Estado o por un tercero. Pero adicionalmente el artículo 115 de la Constitución Nacional de Venezuela requiere que "Sólo por...
Expropiacion Venezuela
LA EXPROPIACION
El día 1 de julio de 2002 fue publicada en la gaceta oficial de la republica bolivariana de Venezuela N° 37.475 la ley de expropiación, que es un derecho público, mediante el cual el Estado actúa en beneficio de una causa de utilidad pública, con la finalidad de obtener la transferencia forzosa del derecho de propiedad médiate sentencia firme y pago oportuno de una justa indemnización.
Esta ley expresa que la expropiación forzosa sólo podrá llevarse a cabo con el arreglo a la ley, y que solo podrá llevarse a efecto mediante el cumplimiento de los siguientes requisitos:
* Disposición formal que declare la utilidad pública.
* Declaración de que su ejecución exige indispensablemente la transferencia total o parcial de la propiedad o derecho.
* Justiprecio del bien objeto de la expropiación.
* Pago oportuno y en dinero efectivo de justa indemnización.
Cuando el propietario de un bien es privado del goce de su propiedad sin formalizar esta ley, puede ejercer todas las acciones posesorias correspondientes, con el fin de que se le mantenga el uso de la propiedad, según el art 115 de la constitución nacional, se garantiza el derecho de propiedad, y así mismo el goce y disfrute de las mismas, aunque la propiedad está sometida a la obligaciones y restricciones que establezca la ley con fines de interés público. Solo por causa de un interés social, mediante sentencia y pago de una justa indemnización se podrá declarar la expropiación de cualquier bien, debiendo ser indemnizados los daños que ocasione el acto ilegal.
Los inmuebles que sean con algún motivo público como la construcción de obras públicas (calles, avenidas, parques sistemas de transporte, aeropuertos, edificaciones educativas, etc.) adquirirán un valor mayor que exceda un 10% al del valor de la propiedad, el cual lo imponen 3 peritos, uno designado por el expropiante, otro por el propietario del inmueble y otro como común acuerdo de las 2 partes, y cuando uno de ellos no...
Tesis De Expropiacion En Venezuela
INTRODUCCION
Más allá de tratarse de un tema que se encuentra en el tapete de la discusión
Política en la sociedad venezolana, la expropiación, como toda Institución de Derecho Público, reviste un profundo interés para la ciudadanía en general.
Solo un conocimiento cabal y una comprensión integral, por parte de los Ciudadanos en general y de los órganos de la administración en particular, de los fundamentos y objetivos perseguidos con esta Institución garantizará que la misma alcance los fines establecidos en la Constitución y la Ley, alzándose como instrumento de armonización entre los intereses particulares y generales y apartándose de los derroteros del atropello y el abuso contra la propiedad privada.
La expropiación es una Institución de Derecho Público en virtud de la cual la administración, con fines de utilidad pública o social, adquiere coactivamente bienes pertenecientes a los administrados, conforme al procedimiento determinado en las leyes y mediante el pago de una justa indemnización.
Es una Institución que tiene por objeto conciliar los requerimientos del interés general de la comunidad con el respeto debido al derecho de propiedad de los administrados.
Es una Institución más de las previstas por el ordenamiento jurídico, tanto constitucional como legalmente, que produce la transferencia de la propiedad del particular al Estado y desapropia a aquel de su derecho. Su característica más resaltante es que no hay en ella acuerdo de voluntades, sino que su mismo fundamento jurídico la potestad expropiatoria le otorga la suficiente eficacia jurídica para que, cumplido el procedimiento legalmente previsto y el pago de una justa indemnización, produzca el efecto ablatorio en el patrimonio de los particulares.
EXPROPIACION DE BIENES PRIVADOS
ANALISIS DEL ARTÍCULO 115 DE LA CONSTITUCION DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
El artículo 115 trata sobre el derecho a la propiedad privada, a su uso y disfrute. Se establece en el caso de...
Introducción
El Estado venezolano en los últimos años se ha venido enfocando constantemente en adquirir o tomar forzosamente bienes de propiedad privada, en todas sus características, pero especialmente sobre medios de producción.
A este tránsito de lo privado a lo público, llevado abiertamente por el ejecutivo nacional con la finalidad de consolidar un proyecto político y económico denominado “socialismo del siglo XXI”, no solo pone en duda la correcta utilización de la expropiación, que ha perdido su condición esencial de garantía del derecho fundamental a la propiedad si no que inquieta enormemente, saber que sin propiedad privada no hay libertad (individual, política, de pensamiento, de expresión, económica, etc.), ni frente a los demás ciudadanos, y mucho menos frente al estado.
Esto es inquietante, ya que la historia ha demostrado que los gobiernos con claras intensiones de tener un control total, dominan la economía y la sociedad a su antojo bajo el ya ingenuo ideal de un sistema económico de planificación centralizada.
Han sido grandes los esfuerzos hechos por cantidad de personas, con el fin de describir y explicar lo que pareciera ser el trasfondo de las ideas e intensiones de los dirigentes políticos que actualmente gobiernan nuestro país, por lo que de ningún modo se puede descuidar, el ataque feroz que el estado está haciendo a nuestra propiedad privada, en especifico a las industrias, empresas y medios de producción de capital privado nacional y extranjero, que se ha producido estos últimos años.
Con esta vista amplia del problema, nos proponemos, a hacer un análisis global abarcando la parte jurídica y de impacto social que esto acarrea al país, basándonos en esta ocasión en el desempleo, debido a estas expropiaciones que se han venido dando con este gobierno.
Publicado por Jesús Debia en 21:38 2 comentarios
Capítulo I. El Problema
1.1 Planteamiento del problema
El crecimiento orgánico e inorgánico es un término de economía, que de manera general se refiere, a cómo una empresa puede crecer en el mercado, ya sea con el crecimiento del negocio a través de sus propios empleados y contratando nuevos empleados (conocido como crecimiento orgánico), o a través de las adquisiciones de otras empresas (conocido como crecimiento inorgánico). La teoría del crecimiento se utiliza fundamentalmente en entornos empresariales; no es muy común aplicarlo a la economía de un país. En el caso de Venezuela definitivamente es una economía en transformación, es posible utilizar esta teoría para explicar lo que está pasando y lo que podría pasar, respecto al acabose del crecimiento orgánico en nuestro país.
En épocas anteriores del gobierno actual podemos encontrar, que la economía era neoliberal, en donde las cuentas del sector privado eran bastante independientes del sector público, y que con esa idea de libertad de mercado, podía haber crecimiento y decrecimiento en cada sector de forma independiente.
Para los años 1998 al 2003 con la llegada del presidente Hugo Chávez, el modelo económico del país (más o menos), se basó en un modelo típico donde los lineamientos se establecieron en un estado más fuerte para el funcionamiento del país así elevando el índice de calidad de vida de los venezolanos. Este modelo de capitalismo
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