LAS AFPS Y EPSS
YUCZUBRE13 de Septiembre de 2014
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INDICE
INTRODUCCIÓN…………………………………………………………………..3
SISTEMA PRIVADO DE PENSIONES EN EL PERÚ. ADMINISTRADORAS DE FONDOS DE PENSIONES (AFP"S) …………………………………….. 4
CONCEPTO……………………………………………………………………..…4
FINALIDAD………………………………………………………………………...4
SERVICIOS QUE BRINDAN………………………………………………….…4
AFP"S QUE FUNCIONAN ACTUALMENTE…………………………………..8
EMPRESAS PRESTADORAS DE SALUD EN EL PERÚ (EPS"S)…… ..13
CONCEPTO…………………………………………………………..……………13
FINALIDAD………………………………………………………………………..13
SERVICIOS QUE BRINDAN……………………………………………………13
EPS"S QUE FUNCIONAN ACTUALMENTE………………………………….15
CONCLUSIONES………………………………………………………………...21
WEBGRAFÍA……………………………………………………………………..22
I
NTRODUCCIÓN
El tema que se presenta continuación es el estudio sobre las Administradoras de Fondos de Pensiones (AFP"s) y las Entidades Prestadoras de Salud (EPS"s), el objetivo de este estudio es hacer que se tenga un mejor conocimiento sobre estas organizaciones, su finalidad,sus servicios que brindan,las y AFP"s y EPS"s que existen actualmente en el Perú; puesto que todavía hay muchos que desconocen la mecánica de las AFP"s y EPS"s.
SISTEMA PRIVADO DE PENSIONES EN EL PERÚ: Administradoras de Fondos de Pensiones (AFP"s)
1.-CONCEPTO: Las Administradoras privadas de Fondo de Pensiones (AFP); son instituciones que se encargan de la administración de los fondos de pensiones y se sustentan en cuentas individuales, las que se encuentran conformadas por los aportes que realiza el trabajador activo, estos se registran en una cuenta personal denominada cuenta individual de capitalización (CIC), tanto para aportes obligatorios como voluntarios, así como otorgar las prestaciones a los trabajadores que aporten a su cuenta individual de capitalización.
La Cuenta Individual de Capitalización (CIC) se incrementa mes a mes con cualquiera de los siguientes rubros:
• Aportes Obligatorios.
• Aportes Voluntarios.
Intereses moratorios (pago efectuado por el empleador por pagar fuera de fecha).
• Rentabilidad (generada por las inversiones que realiza con el Fondo de Pensiones)
2.-FINALIDAD
La finalidad de los sistemas de pensiones es asegurar una renta o ingreso de reemplazo para los trabajadores que dejan la vida laboral.
Estas pensiones se aseguran mediante la administración de fondos denominado "Fondo de Pensiones", bajo la modalidad de Cuentas Individuales de Capitalización y otorgar a sus afilados las prestaciones de Jubilación, Invalidez, Sobrevivencia y Gastos de Sepelio además de una adecuada rentabilidad del producto de las inversiones de dicho fondo de pensiones.
3.- SERVICIOS QUE BRINDAN
Las Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones (AFP), las que administran los Fondos de Pensiones otorgan obligatoriamente a sus afiliados, las prestaciones de jubilación, invalidez, sobrevivencia y gastos de sepelio.
3.1. Afiliación al sistema privado de pensiones (SPP) - (AFP)
Aquel trabajador que decide incorporarse al SPP tiene derecho a las prestaciones de jubilación, invalidez, sobrevivencia y gastos de sepelio. Para ello, el trabajador debe realizar los aportes.
Pueden afiliarse al SPP todos los trabajadores, cualquiera sea la modalidad de trabajo que realicen, es decir, sean trabajadores dependientes o independientes.
Procedimientos para la afiliación
Cuando una persona ingresa a trabajar por primera vez, debe indicar a su empleador si desea inscribirse en el Sistema Nacional de Pensiones (SNP) o en el SPP. De escoger el SPP, deberá indicar la Administradora Privada de Fondos de Pensiones (AFP) a la cual desea afiliarse. Cuando el trabajador ya se encuentre afiliado al SPP, deberá indicar a su nuevo empleador la AFP en la cual se encuentra afiliado.
El plazo para elegir ingresar al SNP es de diez (10) días, contados a partir de su ingreso al nuevo centro de trabajo. Pasado dicho plazo, el trabajador sólo podrá ingresar al SPP, teniendo la posibilidad de elegir la AFP a la cual desea afiliarse.
El trabajador, sea dependiente o independiente, deberá contactarse con un promotor de la AFP a la que desea afiliarse, o acercarse personalmente a una agencia de la AFP correspondiente, para realizar proceso de afiliación.
Para que el trabajador se encuentre afiliado al SPP, debe suscribir el Contrato de Afiliación, que es único documento que prueba su inscripción en el Sistema. El promotor deberá llenar el contrato de afiliación de acuerdo a la información que le proporcione el trabajador.
Documentos para la inscripción
El futuro afiliado debe presentar copia de su Documento Nacional de Identidad, o los siguientes documentos, según el caso:
§ Menor de 18 años: Libreta del Adolescente Trabajador
§ Extranjero : Carné de Extranjería
§ Militares : Carné Militar
3.2. LOS APORTES AL SPP
Pagos
a) Aportes al Fondo: El trabajador dependiente que se afilie al SPP está obligado a realizar aportes mensuales a la AFP, a través de su empleador, los cuales equivalen al 8% de la remuneración asegurable. Este monto mensual va directamente a su Cuenta Individual de Capitalización (CIC).
El trabajador independiente también aporta obligatoriamente el 8% de su remuneración asegurable, pero en la periodicidad acordada con la AFP.
Asimismo, el afiliado puede realizar aportes voluntarios con fin previsional o sin fin previsional. Los primeros pueden servirle para incrementar el valor de su pensión al final de su vida laboral. Los aportes voluntarios sin fin previsional pueden ser convertidos en aportes con fin previsional, para incrementar el valor de la pensión.
b) Prima de Seguros: El afiliado también debe pagar un porcentaje de su remuneración asegurable por concepto de Prima de Seguro. Este pago le da derecho a recibir las prestaciones de invalidez, sobrevivencia y gastos de sepelio, bajo la cobertura del seguro.
La remuneración asegurable que sirve de base para el pago de este concepto tiene un tope, el cual es fijado periódicamente por la Superintendencia.
Para que el afiliado tenga derecho a los beneficios de invalidez, sobrevivencia y gastos de sepelio bajo la cobertura del seguro, debe haber realizado el pago de cuatro meses, dentro de los últimos ocho meses anteriores al siniestro. Si se tratara de un trabajador nuevo, el periodo de afiliación no deberá ser mayor de dos meses contados a partir del mes de vencimiento del pago de su primer aporte.
c) Comisiones: El afiliado debe pagar a la AFP que administra su CIC una comisión, establecida libremente por cada AFP, la cual se calcula como un porcentaje de su remuneración asegurable.
Registro de aportes
La Cuenta Individual de Capitalización (CIC) es la cuenta en la cual se registran los aportes realizados por el trabajador, sean éstos de tipo obligatorio o voluntarios con y sin fin previsional. Esta cuenta es personal y permite saber cuál es el saldo de los aportes realizados y el rendimiento obtenido por la inversión de los aportes.
Trabajadores dependientes
En este caso, el empleador es el encargado de retener y pagar mensualmente a la AFP los aportes del trabajador.
Trabajadores independientes
En este caso, es el afiliado quien se responsabiliza directamente por el pago de los aportes, de acuerdo con la periodicidad que haya acordado con la AFP. En dicho acuerdo, establecerá la remuneración de referencia, el monto de sus aportes y la periodicidad de pago.
Aportes voluntarios
El sistema ofrece aportes voluntarios con y sin fin previsional:
Los aportes voluntarios con fin previsional son inembargables, y están sujetos a retiro, al final de la etapa laboral activa del trabajador.
Los aportes sin fin previsional son embargables, y pueden llegar a convertirse en aportes con fin previsional. Para ello, el afiliado deberá registrar cinco años de incorporación al SPP, o tener 50 años de edad.
Realización del pago de los aportes voluntarios
Al igual que en el caso de los aportes obligatorios, depende del tipo de trabajador de que se trate:
a) Trabajador Dependiente:
Puede hacerlo a través de su empleador, llenando el formulario denominado Declaración para la Retención de los Aportes Voluntarios.
Pagar directamente a la AFP, llenando el formulario denominado Planilla de Aportes Voluntarios
b) Trabajador Independiente:
- Pagar directamente en la AFP, llenando la parte que corresponda en el formulario denominado Planilla de Pago de Aportes Previsionales, que es de uso exclusivo para trabajadores independientes.
3.3. LAS INVERSIONES EN EL SPP
La AFP realiza inversiones con los aportes de los
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