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LAS PERSONAS Y LA PERSONALIDAD JURíDICA


Enviado por   •  14 de Marzo de 2014  •  1.252 Palabras (6 Páginas)  •  161 Visitas

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LAS PERSONAS Y LA PERSONALIDAD JURíDICA

• Los sujetos de Derechos: Las personas

El ser humano, la persona, es un prius respecto del Derecho, o sea, que la persona existe con independencia del Derecho y tiene esa consideración desde el momento en que nace con vida. Según VALDÉZ DÍAZ persona natural es el ser humano, el hombre jurídicamente considerado, al que se reconoce capacidad para ser sujeto de derechos y obligaciones y, especialmente, poseedor de atributos y cualidades que han de ser reconocidos por el Derecho.

Cuando la persona natural, con personalidad jurídica reconocida por el Estado, actúa en el marco de una relación jurídica determinada, se convierte entonces en sujeto de derecho.

• Concepto de persona.

La etimología se relaciona con la máscara que usaban los actores y se llamó persona al mismo actor que llevaba la máscara (y aún hoy hablamos de personajes en las obras de teatro, cine, etc.); de aquí pasó al personaje representado por ella y luego a los actores de la vida social y jurídica; es decir, a los hombres, considerados como sujetos de Derecho.

Desde el punto de vista filológico persona es igual a hombre, a ser humano. En la actualidad nadie pone en duda que todos los seres humanos somos personas y por ende sujetos portadores de valores que ha de reconocer y respetar la organización social. La idea de que todo ser humano es persona, por encima e incluso antes que lacolectividad organizada constituye el eje cardinal del Derecho.

• Clasificacion de las personas

El Derecho reconoce personalidad jurídica a las siguientes personas:

1) Personas físicas: Son los seres humanos, llamados también personas naturales. es un individuo con capacidad para contraer obligaciones y ejercer derechos; pueden prestar servicios, realizar actividades comerciales, arrendar bienes inmuebles y trabajar por salarios.

2) Personas morales: Son organizaciones humanas formadas para la realización de determinados fines colectivos a las que el Derecho reconoce personalidad jurídica propia, independiente a la de los sujetos que las conforman (asociaciones, sociedades,…)

• Proteccion constitucional y convencional

Constitucional: En nuestro pais los derechos a la persona estan consgradado en nuestra constitucion en la cual se establecen los mecanismos de proteccion constitucional por el cual, se puede incoar una accion por medio de :

1. Habbeas corpus

2. Habbeas Data

3. Recurso de Amparo

4. Revision en el TC

Convencional: La proteccion convencional se da por medio de los órganos o comités creados en virtud de los propios tratados, que vigilan la adhesión de los Estados Partes a las normas internacionales establecidas en dichos documentos

En el plano institucional funcionan actualmente seis comités establecidos en virtud de los principales tratados internacionales de derechos humanos. La función más importante de los comités, denominados también "órganos creados en virtud de tratados", es supervisar la aplicación de los respectivos tratados examinando los informes que presentan los Estados en cumplimiento de lo dispuesto en los tratados.

Los órganos procuran establecer un diálogo constructivo con los Estados Partes para ayudarles a cumplir con las obligaciones que les imponen los tratados, y mediante sugerencias y recomendaciones les orientan respeto de las actividades futuras.

Tres de los órganos creados en virtud de tratados (el Comité de Derechos Humanos, el Comité contra la Tortura y el Comité para la Eliminación de la Discriminación Racial) aceptan también denuncias de particulares sobre la violación de los derechos humanos por los Estados Partes y emiten dictámenes al respecto.

• Derechos Fundamentales

Los Derechos Fundamentales constituyen en esencia el conjunto de los derechos inalienables de la persona humana, o sea aquellos derechos de los cuales el ser humano es titular por el solo hecho de ser persona, y que por tanto, no le pueden ser negados, ni arrebatados, ni perturbados

El concepto Derechos Fundamentales tiene su origen en Francia, y de forma específica en el proceso previo a la Revolución que condujo a la Declaración de los Derechos

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