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LEGISLACIÓN ATMOSFÉRICA CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE COLOMBIA


Enviado por   •  30 de Abril de 2015  •  2.984 Palabras (12 Páginas)  •  169 Visitas

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LEGISLACIÓN ATMOSFÉRICA

CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE COLOMBIA

La Constitución Política de Colombia de 1991, introdujo a la normatividad nacional una serie de principios, derechos, garantías y obligaciones relacionadas con el tema ambiental, incorporando el desarrollo sostenible como una de las metas fundamentales de la sociedad.

CÓDIGO Y LEYES:

Antes de la ley 99 de 1993, regían normas para prevenir y controlar la contaminación del medio ambiente, como son la ley 23 de 1973 que concede facultades al Presidente de la República para expedir el Código de Recursos Naturales y de Protección al Medio Ambiente, el Decreto 2811 de 1974 por el cual se dicta el Código Nacional de Recursos Naturales Renovables y de Protección al Medio Ambiente, y la ley 9 de 1979 o Código Sanitario.

Con la expedición de la Ley 99 de 1993 se crea el Ministerio del Medio Ambiente, se reordena el sector público encargado de la gestión y conservación del medio ambiente y los recursos naturales renovables, se organiza el Sistema Nacional Ambiental -SINA- y se dictan otras disposiciones.

DECRETOS Y RESOLUCIONES:

Teniendo en cuenta las normas consagradas en la ley 99 de 1993 y demás normas concordantes, se expide el Decreto 948 de junio 5 de 1995: Por el cual se reglamentan, parcialmente, la Ley 23 de 1973, los artículos 33, 73, 74, 75 y 76 del Decreto- Ley 2811 de 1974, los artículos 41, 42, 43, 44, 45, 48 y 49 de la Ley 9 de 1979, y la Ley 99 de 1993, en relación con la prevención y control de la contaminación atmosférica y la protección de la calidad del aire.

DECRETO 948 DE 1995: Este Decreto contiene el Reglamento de Protección y Control de la Calidad del Aire, donde se consagraron las normas y principios generales para la protección atmosférica, como los mecanismos de prevención y control, competencias para la fijación de normas y los instrumentos y medios de control y vigilancia.

Actualmente este Decreto se encuentra en proceso de desarrollo, mediante resoluciones, que permitan su aplicabilidad.

En desarrollo del Decreto 948 de 1995 se han expedido los siguientes actos administrativos, que contienen normas específicas para emisiones de fuentes móviles, fijas, calidad de combustibles, incentivos económicos y otras disposiciones:

RESOLUCIÓN No. 898 DE AGOSTO 23 DE 1995: Por la cual se regulan los criterios ambientales de calidad de los combustibles líquidos y sólidos utilizados en hornos y calderas de uso comercial e industrial y en motores de combustión interna de vehículos automotores, adicionada por la Resolución No. 125 de 1996, modificada por la Resolución No. 623 de 1998 y por la Resolución No. 0068 de enero 18 de 2001

RESOLUCIÓN No. 1351 DE NOVIEMBRE 14 DE 1995: Por medio de la cual se adopta la declaración denominada Informe de Estado de Emisiones ( IE-1)

DECRETO 2107 DE NOVIEMBRE 30 DE 1995: Por medio del cual se modifica parcialmente el Decreto 948 de 1995 que contiene el Reglamento de Protección y Control de la Calidad del Aire.

RESOLUCIÓN No. 1619 DE DICIEMBRE 21 DE 1995: Por la cual se desarrollan parcialmente los artículos 97 y 98 del decreto 948 de 1995- Modificado por el Decreto 2107 de noviembre 30 de 1995.

En esta Resolución se establece que las Cementeras, Siderúrgicas, Refinerías y Termoeléctricas, deberán presentar el informe de Estado de Emisiones (IE-1), a más tardar el 5 de marzo de 1996, y las demás obras, industrias, actividades o servicios en los plazos que para el efecto fije el Ministerio del Medio Ambiente. Lo anterior para que con base en la información contenida en estos informes las autoridades ambientales puedan crear y organizar, una base de datos que será utilizada como fuente oficial de información para todas las actividades y acciones que se emprendan y las medidas administrativas que se tomen, en relación con los fenómenos de contaminación del aire.

RESOLUCIÓN No. 005 DE ENERO 9 DE 1996: Por la cual se reglamentan los niveles permisibles de emisión de contaminantes producidos por fuentes móviles terrestres a gasolina o diesel, y se definen los equipos y procedimientos de medición de dichas emisiones y se adoptan otras disposiciones.

RESOLUCIÓN No. 909 DE AGOSTO 20 DE 1996: Por la cual se modifica parcialmente la Resolución No. 005 de 1996 que reglamenta los niveles permisibles de emisión de contaminantes producidos por fuentes móviles terrestres a gasolina o diesel, y se definen los equipos y procedimientos de medición de dichas emisiones y se adoptan otras disposiciones.

RESOLUCIÓN No. 125 DE FEBRERO 7 DE 1996: Por la cual se adiciona la Resolución 898 de agosto de 1995 en la que se regulan los criterios ambientales de calidad de los combustibles líquidos y sólidos utilizados en hornos y calderas de uso comercial e industrial y en motores de combustión interna de vehículos automotores.

Con el fin de poder hacer un control ambiental para la importación de vehículos automotores, se modificó mediante decreto el inciso primero del artículo 91 del Decreto 948 de 1995 y se fijaron las condiciones de expedición del Certificado de Emisiones por Prueba Dinámica; es así como se expidieron:

DECRETO 1228 DE MAYO 6 DE 1997: Por medio del cual se modifica parcialmente el Decreto 948 de 1995 que contiene el Reglamento de Protección y Control de la Calidad del Aire.

Esta resolución modificó el inciso primero del artículo 91 del Decreto 948 de 1995, en cuanto a la certificación del cumplimiento de normas de emisión para vehículos automotores, según el cual para la importación de vehículos automotores CBU (Completed Built Up) y de material CKD (Completed Knock Down) para el ensamble de vehículos, el Instituto Colombiano de Comercio Exterior -INCOMEX-, exigirá a los importadores la presentación del formulario de registro de importación, acompañado del Certificado de Emisiones por Prueba Dinámica el cual deberá contar con el visto bueno del Ministerio del Medio Ambiente. Para obtener el visto bueno respectivo, los importadores allegarán al Ministerio del Medio Ambiente dicho Certificado, que deberá acreditar entre otros aspectos, que los vehículos automotores que se importen o ensamblen, cumplen con las normas de emisión por peso vehicular establecidas por este Ministerio. Los requisitos y condiciones del mismo, serán determinados por el Ministerio del Medio Ambiente.”

RESOLUCIÓN No. 236 de marzo de 1999: Por medio de la cual se fijan

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