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LEY ORGANICA DEL TRIBUNAL DE CUANTAS


Enviado por   •  2 de Febrero de 2015  •  6.410 Palabras (26 Páginas)  •  199 Visitas

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DECRETO NUMERO-1126

EL CONGRESO DE LA REPUBLICA DE GUATEMALA

CONSIDERANDO:

Que el Organismo Ejecutivo, en resolución tomada en Consejo de Ministros con fecha 21 de septiembre

del presente ano, acordó devolver al Congreso de la República el Decreto numero 1113, que contiene la

Ley Orgánica del Tribunal y Contraloría de Cuentas, para su reconsideración.

CONSIDERANDO:

Que la resolución tomada por el Organismo Ejecutivo se ajusta a lo preceptuado en el artículo 153 de

la Constitución de la República y que son atendibles las observaciones hechas por el citado Organismo,

por lo cual esta alta Cámara acordó, en punto resolutivo, reconsiderar en su actual periodo de sesiones

extraordinarias el Decreto numero 1113, al tenor del artículo 153 de la Carta Fundamental de la

República,

POR TANTO

DECRETA:

La siguiente

LEY ORGANICA DEL TRIBUNAL Y CONTRALORIA DE CUENTAS

TITULO I

CAPITULO I

Contraloría de Cuentas

Artículo 1. La función fiscalizadora de la Hacienda Pública y de la ejecución del Presupuesto General

de Ingresos y Egresos de la Nación, corresponde con exclusividad a la Contraloría de Cuentas.

Artículo 2. La Contraloría de cuentas es una Institución Técnica con absoluta independencia de

funciones. Su función fiscalizadora se extiende a todas las personas que tengan a su cargo la custodia

y manejo de fondos públicos u otros bienes del Estado, del Municipio, de la Universidad, de las

instituciones estatales, autónomas, semiautónomas o descentralizadas, así como sobre las demás

entidades o personas que reciban fondos del Estado y las que hagan colectas públicas Quedan

igualmente sometidos a la fiscalización de la Contraloría de Cuentas los liquidadores, fiscalizadores c

interventores cuando se trate de los bienes y fondos a que se refiere este artículo. No tendrá

competencia para fiscalizar, controlar ni vigilar a los bancos privados, empresas de seguros, empresas

afianzadoras, sociedades cooperativas y demás entidades privadas cuya fiscalización, control y

vigilancia estén atribuidos, según sus leyes específicas, a otras dependencias gubernamentales.

 





    

  

CAPITULO II

Organización

Artículo 3. (Decreto-Ley 247). La Contraloría de Cuentas se integrará por un jefe y un subjefe

nombrados por el Jefe del Organismo Ejecutivo, y por los funcionarios y empleados necesarios a los

fines de su institución. 1

Artículo 4. Para ser Jefe de la Contraloría de Cuentas se requiere

a) Ser guatemalteco, mayor de edad.

b) Poseer el título de Contador Publico, el de Perito Contador o poseer Certificado de aptitud que

haya sido expedido con arreglo a la ley y haber ejercido sus respectivas profesiones por un término

mayor de 10 años.

c) No tener juicio pendiente en materia de cuentas; y

d) No estar comprendido en las prohibiciones que establece la Ley de Probidad. 2

Artículo 5. El subjefe de la Contraloría de Cuentas deberá reunir los requisitos a que se refiere el

artículo anterior, desempeñará la Jefatura del Departamento de Fiscalización y sustituirá

interinamente al Jefe de la Contraloría en caso de falta de éste. (Decreto-Ley 237.)

Artículo 6. La contraloría de Cuentas comprende los siguientes departamentos:

a) Departamento Administrativo; y

b) Departamento de Fiscalización.

Artículo 7. Los departamentos se dividirán en secciones, según las necesidades y especialización del

trabajo que cada dependencia requiera. El funcionamiento y atribuciones de las secciones se regirán

por el reglamento respectivo, como también los departamentos en lo que no esté previsto en esta ley.

Articulo 8. Corresponden al Departamento Administrativo:

1) Las funciones propias de la Secretaria;

2) El registro y control del personal de la Contraloría:

3) La formación de estadísticas y el manejo del Archivo;

4) El suministro de talonarios y su control;

5) El registro y control de funcionarios y empleados públicos, para los efectos de la Ley de Probidad.

6) El servicio de Información y Asesoría Legal en materia hacendaría;

7) El registro de los funcionarios y empleados que cesen en sus cargos por los delitos a que se refiere

el inciso c) del Articulo 10.

Artículo 9. Corresponden al Departamento de Fiscalización:

a) Las funciones de Auditoria;

b) Las de Inspección y Glosa;

c) Las de investigación: y

d) Las de Intervención y

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