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La Actividad Pesquera En Venezuela


Enviado por   •  1 de Diciembre de 2013  •  2.449 Palabras (10 Páginas)  •  2.445 Visitas

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La actividad pesquera en Venezuela.

El hombre, desde su aparición se ha servido de los recursos naturales para asegurar su sustento; pudiendo ser considerado entre estos recursos como el más antiguo, los extraídos de las fuentes acuáticas donde tenían sus asentamientos; en su evolución los seres humanos no sólo han seguido dependiendo de la pesca como base de la seguridad alimentaria; sino que la ha adaptado y adoptado como fuente primaria de trabajo constituyéndose como elemento propio de economía general.

La mayoría de las naciones que poseen dentro de su geografía espacios acuáticos, bien sea marítimos o fluviales; dependen en gran parte del pescado como su fuente de alimentación y generadora de ingresos y como fuente de trabajo; lo cual con el desarrollo de las técnicas modernas de la acuicultura los beneficios de la actividad pesquera se ha incrementado grandemente.

Los países en vías de desarrollo, en las últimas décadas se han preocupado por el incremento y aplicación de nuevas técnicas aplicables a la pesca; produciendo el equipamiento e implementos necesarios para la explotación de dicha actividad; desde la pesca artesanal hasta la práctica de la pesca industrializada como es la pesca de arrastre; siendo ésta última considerada como nociva para el ecosistema, lo cual se denomina sobrepesca, es decir que extraen de las fuentes pesqueras cantidades excesivas de productos (pescados, mariscos, etc) sobreexplotándola, impidiendo la repoblación de las especies, constituyéndose ello en una problemática a nivel mundial, en el ambiente marítimo, en aguas internas o sistema fluvial el deterioro del ambiente pesquero es más agudo y notable; evidenciado por la degradación de las aguas por efectos propios de la acción industrializadora de grandes empresas, el empleo de químicos en la agricultura no controlada, la tala, la quema y la vertida de desechos sólidos y líquidos provenientes de las poblaciones aledañas a las fuentes de agua.

En este mismo orden de ideas, todos estos daños causados al ecosistema que se relaciona directamente con la actividad pesquera se traduce en reducción significativa de la cantidad de especies propias para la pesca, en una baja calidad que afecta no sólo al sustento de los pobladores de las ciudades que se sirven de éstos productos y del empleo que de ellos se deriva; sino que afecta la comercialización internacional, colocando en desventaja la pesca venezolana frente a la de otras latitudes donde posiblemente las medidas coercitivas para el cuido y preservación de las fuentes pesqueras sean aplicadas con rigurosidad.

La región sudamericana no escapa a esta problemática, en virtud que el daño al ecosistema es generalizado por las razones antes expuestas, en el caso Venezuela; ésta posee aproximadamente más de seiscientos mil kilómetros de costa marítima, en las cuales tienen su asentamiento decenas de pueblos cuyo sustento y fuente de ingresos económicos o de empleo proviene de la pesca artesanal y en algunos casos de la labor prestada en empresas del ramo, tales como atuneras o de especialidades en sardinas; cuya producción disminuye rápidamente; motivo por el cual es pertinente motivar el desarrollo de la pesca sostenible programada a largo plazo y la producción de productos derivados de la acuicultura presenta un progreso demasiado lento, teniendo como causa la falta de equipamiento, entrenamiento o capacitación de personal para el ejercicio de la actividad pesquera tanto marítima como la acuicultura.

La pesca marítima en Venezuela.

El ámbito de acción marítima de la actividad pesquera venezolana se desarrolla en el mar Caribe, afectada también por la sobreexplotación y la degradación del ecosistema lo cual repercute notoriamente en la escases de productos del mar tanto en cantidad como en calidad nutricional, afectando también el aspecto socio económico de la región, en especial la población dependiente de la pesca artesanal, por cuanto los grupos de pescadores constitución elementos de producción carentes de formación profesional adecuada para la preservación del ecosistema y manejo adecuado de tecnologías aplicables al incremento de las especies del mar, también la disminución de la productividad se refleja en la poca o ninguna generada por las empresas enlatadoras de sardinas, que trae consigo desempleo.

La pesca de arrastre en Venezuela.

La pesca de arrastre constituye uno de los generadores de daño a la producción piscícola y al ecosistema marino en general; es el elemento principal de sobre explotación pesquera, se tiene conocimiento que uno de los daños causados por la pesca de arrastre es la extracción indiscriminada de especies marinas, por el empleo de redes; sin considerar especie, tamaño y condiciones aprovechables.

Las redes empleadas para este tipo o modalidad de pesca, están conformadas por ojales pequeños que son lanzadas a grandes profundidades formando un embudo y son haladas por embarcaciones, recogiendo grandes cantidades de especies marinas, lo cual hace imposible determinar la especie y el tamaño de lo recogido, la pesca de arrastre en Venezuela se practica desde el Golfo de Venezuela hasta el Delta del Orinoco, afectando la pesca artesanal en toda la región costera; produciendo además deterioro tanto en su reproducción normal como al hábitat donde se desarrollan especies provistas de protección internacional por ser consideradas en vías de extinción como son por ejemplo tortugas marinas, tiburones, etc.

El estado venezolano, se encuentra constreñido constitucionalmente a la preservación del ecosistema y a garantizar la seguridad alimentaria, con fundamento entre otros preceptos del establecido en el artículo 304 C.R.B.V que textualmente expresa:

Todas las aguas son bienes de dominio público de la Nación, insustituibles para la vida y el desarrollo. La ley establecerá las disposiciones necesarias a fin de garantizar su protección y aprovechamiento, respetando las fases del ciclo hidrológico y los criterios de ordenación del territorio.

Interpretando el contenido del citado artículo, significa que el estado debe ser celoso en el otorgamiento de concesiones y patentes para explotación y/o aprovechamiento del ecosistema acuático, sea este marino o fluvial, lo que prohíbe el uso o vertido de elementos tóxicos en aguas territoriales o que pudieran afectar a su ecosistema. El artículo 305 de la Carta Fundamental venezolana, se encuentra referido a la protección de la actividad pesquera como sigue:

… El Estado protegerá los asentamientos y comunidades de pescadores artesanales, así como sus caladeros

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