ClubEnsayos.com - Ensayos de Calidad, Tareas y Monografias
Buscar

La Herencia


Enviado por   •  1 de Mayo de 2013  •  2.133 Palabras (9 Páginas)  •  334 Visitas

Página 1 de 9

LA HERENCIA

Concepto:

En sentido jurídico, se llama herencia, al conjunto de bienes y deudas que transmite una persona muerta a otra que le sobrevive, de carácter universal, o sea comprendiendo todo el patrimoniodel fallecido (causante). Los derechos personalísimos, como el nombre, lanacionalidad, los cargos, la posiciónfamiliar, etcétera no se transmiten por vía hereditaria.

Del latín haerentia, la herencia es el conjunto de los bienes, derechos y obligaciones que, cuando una persona muere, transmite a sus herederos o legatarios. Herencia es, por lo tanto, el derecho de heredar (recibir algo de una situación anterior). Por ejemplo: “Mi padre me dejó una casa en la playa como herencia”, “Juan Martín se gastó toda la herencia en fiestas y mujeres”, “Me duele saber que no podré dejar una herencia importante a mis hijos”.

Formas de Herencia:

Hay dos formas de deferir (admitir) la herencia:

Por Testamento: Una por testamento, donde antes de morir, una persona, dispone de lo que quiere que suceda con su patrimonio para luego de su muerte. Allí puede disponer de ellos por herencia (todo el patrimonio como universalidad jurídica) o de parte de ellos, individualizando dichos bienes (legado).

Los legados son sucesiones particulares por causa de muerte, pero no herencia.

Por Ley: Si una persona fallece sin haber testado, o el testamento no es válido, se procede a entregar su herencia por vía de la ley, que la otorga a sus parientes más cercanos (sucesión ab intestato).

Si alguien no tiene familia, la herencia se considera vacante, y pasa a manos del Estado.

Figuras que intervienen en la sucesión:

Causante: El difunto se conoce como causante; cuando se dice causante, se habla de aquella persona de cuya sucesión se trata. También se lo menciona con la expresión latina de cujus, que es una elipsis de la frase is de cujus successione agitur (es la persona de cuya sucesión se trata). De cujus, causante, difunto, son expresiones equivalentes.

Causahabiente: Es la persona que ha de recibir los bienes; como beneficiario suele ser conocido, genéricamente, por asignatario. Pero atendida la extensión del llamamiento, cabe la siguiente distinción: si el asignatario es llamado a suceder a título universal, es decir a recibir una universalidad, se lo conoce con el nombre de heredero; y si es llamado a suceder a título singular, es decir a recibir un cuerpo cierto, o varios, se tratará de un legatario.

Quiénes heredan?

1. Los herederos forzosos: que no pueden ser privados de la herencia mediante un testamento porque la Ley no lo permite. Son: los hijos, cónyuge y padres de la persona que fallece.

2. Los herederos no forzosos: que heredan si no hay herederos forzosos ni testamento. Son los demás parientes hasta el cuarto grado, como: los hermanos, sobrinos, tíos y primos.

3. Los herederos testamentarios: son aquellos que la persona fallecida les dejó bienes mediante un testamento.

La legítima

Legítima es la porción de bienes de que el testador no puede disponer por haberla reservado la ley a determinados herederos, llamados por estos herederos forzosos.

El testador tiene la OBLIGACIÓN POR LEY de dejar una parte de SUS BIENES (llamada legitima) a los herederos legitimarios. El testador es libre de dejar sus otros bienes a quien quiera, parientes o no, siempre que respete la legítima de los heredero legitimarios (si los hay).

Son herederos forzosos:

1. Los hijos y descendientes respecto de sus padres y ascendientes.

2. A falta de los anteriores, los padres y ascendientes respecto de sus hijos y descendientes.

3. El viudo o la viuda en la forma y medida que establece el Código Civil.

No tiene derecho a la legítima:

• Los cónyuges separados legalmente de bienes

• La concubina o concubino

Beneficio de Inventario:

En la herencia pura y simple, el heredero responde del pago de las deudas del difunto con todos sus bienes (heredados y propios). El patrimonio del causante y del heredero se unen para formar uno solo. Pero si un heredero no está muy seguro de que los bienes que recibe por herencia son mayores a las deudas que dejó el difunto, le conviene señalar expresamente que acepta dicha herencia a Beneficio de inventario.

La herencia aceptada a beneficio de inventario cambia la situación pues el heredero pagará solamente hasta donde llegue el inventario de los bienes heredados. Aquí se puede diferenciar perfectamente los dos patrimonios: Uno heredado que debe responder a las deudas del causante y otro, el patrimonio propio del heredero, que nada tiene que ver con la herencia recibida y que no puede ser tocado por los acreedores del De Cujus.

Representación:

Tal como lo indica la palabra, la representación ocurre cuando una persona actúa en nombre de otra. Aquí de lo que trata es que el hijo actúa en nombre de su Padre, si éste falleció; es decir, recibe la herencia que le hubiera correspondido al Padre.

En los Descendientes: En línea recta descendiente, la representación tiene efecto indefinidamente (art. 815 CCV).

En los Ascendientes: No hay representación; el más próximo excluye a los demás. (art. 816 CCV)

En Línea Colateral: En la línea colateral, la representación se admite a favor de los hijos de los hermanos y de las hermanas del de cujus, concurran o no con sus tíos (art. 817 CCV)

Colación:

El código no define la colación. Puede definirse diciendo que es la traída a la masa hereditaria que debe hacer el hijo u otro descendiente que entre a la sucesión, de lo que recibió por donación u otra liberalidad en vida del causante. Es decir, la donación, o su valor, se revierte a la masa hereditaria

...

Descargar como (para miembros actualizados)  txt (13.6 Kb)  
Leer 8 páginas más »
Disponible sólo en Clubensayos.com