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La Infidencia En Venezuela

feniz60020 de Abril de 2013

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LA INFIDENCIA

Instructor: Alumno:

Freddy Fernández

C.V-8.299.242

Barcelona, 21 Noviembre del 2012

ÍNDICE

Pág.

INTRODUCCIÓN 3

LA INFIDENCIA 4

EL DELITO DE INFIDENCIA EN VENEZUELA 5

ANTECEDENTES DE INFIDENCIA EN VENEZUELA

 Venezuela Independiente, Insurgente y Soberana 7

 Historia Memorias de la Insurgencia 8

 Caso de Gregorio Antúnez 9

 Caso Antonio Vega 10

 Caso dos Pardos Sublevados en Maracaibo 10

 Caso Francisco de Campos León 11

 Caso Felipe García de Sena 11

 Caso José Nicolás Guerra 12

WIKILEAKS Y LA MAYOR FILTRACIÓN DE DOCUMENTOS SECRETOS DE LA HISTORIA 14

CONCLUSIÓN 16

BIBLIOGRAFÍA 17

INTRODUCCIÓN

El presente trabajo recorre las causas u orígenes del concepto de infidencia como un delito a principios del siglo XIX, periodo donde se tenía un sistema monárquico de gobierno, pues la infidelidad tiene que ver con aspectos políticos así como morales y religiosos, el infidente era alguien que atacaba al rey y a la monarquía de España, pero también a la religión y al Papa, a las virtuosas costumbres y a la herencia cultural de los antiguos formadores del Reino Español.

Pero también se evidencia el uso de la infidencia durante la Primera República de Venezuela según los textos históricos a través de la prensa, impresos, cartas e intervenciones en el Congreso Constituyente de 1811, con el fin de exponer cómo se expresan las tensiones durante el proceso de la independización de Venezuela. Sin embrago en la actualidad existen algunos casos que procuran la infidencia como un delito. Por tal motivo para comprender las causas de la Infidencia estudiaremos algunos trabajos basados en una serie de documentos que reposan en el Archivo General de la Nación, si como también Libros y ediciones de prensa escrita.

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LA INFIDENCIA

La Infidencia significa FALTA A LA CONFIANZA Y FE EN OTRA PERSONA. Por ejemplo sí se les llamaba a los hijos de españoles nacidos en otras tierras y que luchaban o conspiraban en ese entonces contra la madre patria. Así, los que aun no se habían alzado en armas, eran llamados infidentes.

También se entiende por "Infidencia" cuando una persona revela algo que no debería revelar y viene siendo como un sinónimo de "imprudencia".

En el contexto político el concepto de infidencia se puede entender como un tipo específico de disidencia en contra de un gobierno; pero esta definición tan general adquiere otro matiz dado el contexto histórico en el que se ubique. En Venezuela la infidencia se encuentra a principios del siglo XIX, en un lugar donde se tenía un sistema monárquico de gobierno, la infidelidad tiene que ver con aspectos políticos así como morales y religiosos, dado que las casas reales aún se apoyaban en cierto predestinamiento divino para gobernar. Entonces la civilidad y la ciudadanía no entraban en juego todavía porque tales sociedades no se encontraban en un estado de igualdad jurídica ante la ley o constitución. Estas construcciones políticas eran aún emergentes como valores políticos de los gobernados. Por ello, la infidencia no es sólo un cargo de índole política, sino que lleva implícita rasgos religiosos y morales. El infidente era alguien que ataca al rey y a la monarquía de España, pero también a la religión y al Papa, a las virtuosas costumbres y a la herencia cultural de los antiguos formadores del Reino Español. Así es como el problema de la infidencia es más complejo y obliga a revisar varios aspectos de la política, la religión y la moral de una sociedad.

EL DELITO DE INFIDENCIA EN VENEZUELA

En el Código Penal, casi inadvertida, aparece la infidencia como un delito contra la inviolabilidad del secreto en el cual incurre toda persona que teniendo por razón de su estado, funciones, profesión, arte u oficio, conocimiento de algún secreto cuya divulgación pueda causar algún perjuicio, lo revela, no obstante, sin justo motivo. La pena es de prisión.

Se trata se proteger la confianza y fe debida a otro. Es un delito especial, pero muy especial, porque sólo puede ser cometido por ciertas personas que tengan conocimiento de algo, de un hecho relacionado sobre todo con una profesión, arte u oficio, que debe mantenerse en secreto porque su divulgación puede causar perjuicio. Es decir, comete infidencia la persona que divulga algún secreto que ha llegado a conocer por razón de su profesión, arte u oficio. Un abogado no puede revelar lo que le confía en secreto su cliente, un sacerdote no puede revelar la confesión que ha recibido del que profesa la fe católica, un médico no puede divulgar el diagnóstico o la enfermedad del paciente, así como un periodista no puede revelar ante nadie su fuente informativa.

No es un delito, como dirían los viejos penalistas, de simple actividad. O sea, no se comete por la sola divulgación, sino que esa revelación del hecho para ser delito debe causar perjuicio. Por esa razón, un periodista ante un tribunal penal puede perfectamente negarse a revelar el nombre de la persona que le comunicó el hecho noticioso, salvo que ese confidente lo haya relevado del secreto o que la fuente sea una fuente descubierta. En el caso de un sacerdote me imagino que tendrá el doble castigo de la ley y de Dios si divulga la confesión que le ha sido confiada. En fin, nadie puede divulgar el nombre de su confidente. Por supuesto, cuando una persona se niega a revelarlo, actúa amparado en una causa de justificación que no es otra cosa que actuar en ejercicio de un deber, deber de fidelidad que no puede ser violado en situaciones de secreto por razones de profesión, arte u oficio. Quiero decir, entonces, que esa inviolabilidad está protegida en los términos del artículo 189 del Código Penal, una norma casi desconocida y que, paradójicamente, pareciera estar en secreto.

Sin embargo cabe destacar el caso de una médica venezolana del palacio presidencial de Venezuela quien fue detenida el martes 03 de julio del presente año (2012) por haber revelado, presuntamente, “secretos políticos o militares concernientes a la seguridad del Estado”, según la Fiscalía, la médica fue sancionada por supuestamente haber violado el artículo 134 del Código Penal que establece penas de entre siete y diez años de prisión a quien “indebidamente y con perjuicio de la República, haya revelado los secretos políticos o militares concernientes a la seguridad de Venezuela”.

ANTECEDENTES DE INFIDENCIA EN VENEZUELA

“Venezuela Independiente, Insurgente y Soberana”.

En el marco del año Bicentenario y con el propósito de rescatar la memoria histórica de todos los venezolanos, el MPP para la Cultura presento en la Biblioteca Nacional, una exposición itinerante “Venezuela Independiente, Insurgente y Soberana”. La muestra recoge una serie de documentos que reposan en el Archivo General de la Nación, específicamente de una sección que se denomina “Causas de Infidencia”.

Estas causas de infidencia no son más que los juicios que se les abrieron a los patriotas por oponerse al rey de España a finales del siglo XVIII e inicios del siglo XIX. Son más de mil causas las que se están trabajando en el Archivo General de la Nación y en el Centro Nacional de Historia.

“Venezuela Independiente, Insurgente y Soberana” no sólo mostró documentos que marcaron la historia, sino que además exhibió un diccionario de “memorias de la insurgencia” que da a conocer las penurias de las mujeres, los indios, pardos, negros y esclavos que también lucharon por la independencia. Lo que no nos contaron.

La misma fue un recorrido por una historia que fue calculadamente olvidada, la historia

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