La Nueva Ley Organica
yessikabalbuena1 de Abril de 2013
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La nueva Ley Orgánica del Trabajo a sido uno de los actos sociales mas importante para los trabajadores del país, ya que beneficia en su mayoría al trabajador como son la reducción progresiva de la jornada laboral; la no prescripción de las causas laborales en tribunales e inspectoria; estabilidad plena y absoluta del trabajo y el aumento de la fortaleza de los instrumentos de administración del trabajo.
Igualmente, la salud y seguridad social; la protección a trabajadores con familiares con alguna discapacidad; la igualdad de género y otros aspectos reivindicativos que harán realidad la justicia social en el ámbito del trabajo.
En otro punto en la antigua ley se hablaba de una terminación de la relación laboral y se terminaba por despido, retiro, voluntad común de las partes o causas ajenas a estos, pues en la nueva LOTT se entenderá por despido la manifestación de voluntad unilateral del patrono donde este dará fin a la relación de trabajo y que dicho despido será justificado cuando el trabajador(a) incurra en una causa prevista por la ley.
También se entenderá por retiro justificado cuando se funde una causa prevista por esta ley y sus efectos patrimoniales, esto lo decía la ley orgánica antigua; ahora se entenderá por retiro la manifestación de voluntad unilateral del trabajador(a) de poner fin a la relación de trabajo, siempre y cuando la misma se realice en forma espontanea y libre.
En cuanto a la estabilidad, antes no estaba definido es decir, el trabajador no tenía derechos, en la actualidad la estabilidad es el derecho que tienen todos los trabajadores(as) a permanecer en sus puestos de trabajo. Esta nueva ley garantiza la estabilidad en el trabajo y dispone lo conducente para limitar toda forma de despido no justificado.
¿Ah quiénes amparan esta estabilidad?; Pues según la antigua ley solo protegía a aquellos que bajo dirección hayan tenido mas de tres (3) meses de servicios de un patrono, por otra parte en la ley nueva están amparados los trabajadores(as) desde el primer mes de prestación de servicio, los trabajadores(as) contratados por tiempo determinado o por obra determinada.
En cuanto a lo que es el salario se entendía por salario la remuneración que corresponde al trabajador por la prestación de su servicio, sea provecho, ventaja o cualquiera fuese su denominación o método de cálculo. Ahora la única discrepancia seria que puede evaluarse en moneda de curso legal. Algo muy importante que mencionar es también el pago del día feriado que para el cálculo de lo que corresponda al trabajador por causa del descanso semanal y días feriados se tomara como base, el salario normal devengado por él durante la semana, respectiva. En la actualidad este pago se haya convenido un salario mensual el pago de los días feriados y de descanso obligatorio estarán comprometidos en la remuneración se tomará como base el promedio del salario normal devengado durante los días laborales en la respectiva semana.
En cuanto a la jornada de trabajo se entendía que era el tiempo durante el cual el trabajador estaría a disposición del patrono y no podía disponer libremente de su actividad y de sus movimientos, en los hechos actuales la jornada de trabajo estará a la disposición para cumplir con las responsabilidades y tareas a su cargo, en el proceso social de trabajo.
En el caso de las prestaciones sociales antiguamente, se depositaba y liquidaba mensualmente en forma definitiva en un fideicomiso individual o en un fondo de prestaciones de antigüedad.
Ahora los depósitos trimestrales y anuales a los que se hace referencia anteriormente se efectuaran en un fideicomiso individual o un fondo nacional de prestaciones sociales a nombre del trabajador o trabajadora.
En otro orden de ideas en cuanto al descanso pre y posnatal en la LOT eran seis (6) semanas antes del parto y doce (12) semanas
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