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La Propiedad Intelectual


Enviado por   •  22 de Marzo de 2015  •  1.776 Palabras (8 Páginas)  •  141 Visitas

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DERECHOS REALES II

1- LA PROPIEDAD INTELECTUAL

¿Qué es la propiedad intelectual?

La propiedad intelectual es la forma bajo la cual el Estado protege el resultado del esfuerzo creador del hombre y algunas de las actividades que tienen por objeto la divulgación de esas creaciones.

La propiedad intelectual es el medio por el cual se resguarda el acceso a la cultura y al avance científico a favor de la sociedad y la colectividad, sin que ello violente los derechos patrimoniales y morales de los autores e inventores; estos, a su vez, tienen el derecho humano reconocido de recibir una remuneración por su trabajo.

Esta herramienta constituye también un derecho humano por medio del cual se tutelan el desarrollo y el avance cultural, artístico y científico, el acceso a la libertad de expresión (incluida la libertad de investigar y recibir información e ideas de toda clase y de difundirlas), el derecho al pleno desarrollo de la personalidad humana y el derecho a participar en las actividades culturales, respetando siempre el derecho de los autores e inventores de proteger sus creaciones por los mecanismos legales establecidos.

Según los convenios internacionales sobre la propiedad intelectual se consideran como tal lo siguiente:

- Las obras literarias, artísticas y científicas.

- Las interpretaciones y ejecuciones de los artistas.

- Los fonogramas.

- Las emisiones de radiodifusión.

- Las invenciones en todos los campos de la actividad humana.

- Los descubrimientos científicos.

- Los dibujos y modelos industriales.

- Las marcas de fábrica, de comercio y de servicio.

- Los nombres y denominaciones comerciales.

- La protección de la competencia desleal..

Por tal razón, cuando hablamos de la propiedad intelectual, en un sentido estricto, nos referimos a aquella parte del ordenamiento jurídico que define las creaciones humanas protegidas en el campo literario y artístico, así como en el campo de la industria y el comercio; el nivel de protección que se reconoce a cada una de ellas; los requisitos que en cada caso permiten acceder a esa protección; y las condiciones a que queda sujeto su ejercicio y su tutela legal.

Marco jurídico de la Propiedad Intelectual

En el plano internacional, Costa Rica pertenece a la Organización Mundial de la Propiedad Intelectual (OMPI), a la Unión de París y a la Unión de Berna.

Así, el marco jurídico internacional lo conforman los siguientes convenios internacionales:

- El Convenio de Berna para la proteccion de obras literarias y artisticas (Ley No. 6083 de 29 de agosto de 1977)

- La Convención de París, 1971, convencion universal sobre derecho de autor, (Ley No. 5682 de 5 de mayo de 1975);

- La Convención de Roma, 1961, convencion internacional sobre la proteccion de los artistas, interpretes 0 ejecutantes, los productores de fonogramas y los organismos de radiodifusion, (Ley No. 4727 de 5 de marzo de 197l);

- El Convenio que establece la organizacion mundial de la propiedad intelectual (Ley No. 6468 de 18 de setiembre de 1980). Convenio de París, para la proteccion de la propiedad industrial (Ley No. 7484 de 28 de marzo de 1995).

En Costa Rica, a partir de octubre de 1989, los derechos de autor y derechos conexos, deben ser inscritos en el Registro Nacional de Derechos de Autor y Derechos Conexos, ubicado en el Registro Nacional, dependencia del Ministerio de Justicia y Gracia.

El Registro Nacional de Derechos de Autor y Derechos Conexos lleva, separadamente, un diario general de entradas y un índice general; asimismo, lleva los siguientes registros:

- Las obras literarias; de películas cinematográficas; de obras musicales; de coreografías y pantomimas; de pinturas; de dibujos; de fotografías; de diseños; de editores; de impresos y periódicos; de traducciones; de presentación de autores; de seudónimos, de fonogramas; de programas radiales y tele visionados; de otras obras; de contratos de edición; de contratos de representación; y de otros contratos vinculados con la propiedad intelectual.

Cada registro tiene su índice correspondiente (Art. 97) de la ley 6683.

Es amplio el marco jurídico que los regula. A nivel nacional, el artículo 47 de la Constitución Política de 1949 dispone:

“Todo autor inventor productor o comerciante gozará temporalmente de la propiedad exclusiva de su obra, invención, marca, nombre comercial, con arreglo a la ley”.

Por otra parte y específicamente la ley No. 6683, ley de derechos de autor y derechos conexos, regula específicamente todo lo relacionado con la propiedad intelectual y aplica su funcionamiento por medio del registro nacional.

Los derechos de propiedad intelectual se suelen dividir en dos áreas principales: derechos de autor y conexos y derechos de propiedad industrial.

a- LOS DERECHOS DE AUTOR

¿Qué es el Derecho de Autor?

Es el nivel de protección que tiene el autor sobre la obra literaria o artística que ha creado. El Derecho de Autor nace en el momento mismo de la creación de la obra y permanece junto a ella para siempre. El Derecho de Autor se divide en: Derecho Moral, Derecho Parimonial y Derechos Conexos.

Derecho de Autor

Este derecho forma parte de los Derechos de Propiedad Intelectual y protege a los compositores y autores de obras y sus creaciones musicales. Del Derecho de Autor se derivan el Derecho Moral y el Derecho Patrimonial.

Derecho Moral

El Derecho Moral es personalísimo, irrenunciable, intransferible y perpetuo. Permite al autor, además, arrogarse las siguientes facultades:

a- Mantener la obra inédita

b-Exigir la mención de su nombre o seudónimo, como autor de la obra, en todas las reproducciones y utilizaciones de ella

c-Impedir,

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