La creación de medida de la suficiencia del modelo de Venezuela en las ejecuciones de las penas
arveisenoelTesina24 de Mayo de 2012
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LA PENA Y LA EJECUCIÓN PENAL EN EL ORDENAMIENTO
JURÍDICO VENEZOLANO*
PUNISHMENT AND PENAL EXECUTION IN THE VENEZUELAN JUDICIAL
ORDINANCE
Luisa Leal**
Adela García***
**Sociólogo. Profesor Titular. Magister en Ciencias Penales y Criminológicas.
Investigadora del Instituto de Criminología de la Facultad de Ciencias Jurídicas y
Políticas de la Universidad del Zulia. Maracaibo, Venezuela. E-mail:
lealluisa@msn.com
*** Abogado. Magister en Ciencias Penales y Criminológicas. Profesora de
Derecho Penal. Instituto de Criminología de la Facultad de Ciencias Jurídicas y
Políticas de la Universidad del Zulia. Maracaibo, Venezuela.
RESUMEN
El presente artículo tiene como objetivo principal establecer el grado de
adecuación del Modelo de Ejecución Penal Venezolano, instaurado a partir de las
reformas adjetivas de 2001, al Modelo de Derecho Penal Garantista. El
subsistema de ejecución penal constituye una referencia concreta para examinar
la incidencia de la reforma procesal penal en la construcción y establecimiento de
un Modelo de Justicia basado en el garantismo, tomando en cuenta que en el
sistema penal venezolano, la pena privativa de libertad ha constituido la sanción
por excelencia, es evidente que en el ámbito en el cual se manifiestan con mayor
intensidad las contradicciones de dicho sistema es en el nivel de la ejecución
penal, por ser éste el último eslabón de la administración de justicia penal, donde
se materializa tanto el castigo como los problemas vinculados a la violación de los
derechos humanos, las garantías procesales y los criterios de derecho penal de
acto. La metodología comprende el análisis teórico de fuentes primarias y
secundarias, mediante la observación documental y el método de interpretación
sistemático. En el análisis se han evidenciado ciertas incongruencias que implican
la falta de coherencia formal entre los preceptos constitucionales y/o garantías
procesales en relación a las normas que regulan la ejecución penal en el ámbito
nacional, presentándose amplios márgenes de invalidez sustancial que erosionan
los parámetros de racionalidad, justicia y legitimidad en la intervención punitiva.
Palabras clave: Reforma, Ejecución Penal, Garantismo.
ABSTRACT
The principle objective of this paper is to establish the degree of adecuacy of the
Venezuelan guaranteeist model of penal justice. The sub-system of penal
execution constitutes a concrete reference for the examination the incidence of
penal process reform in the construction and establishment of a model of justice
based on guarantees, taking into account that in the Venezuelan penal system,
that privation of liberty has become the most common sanction. It is evident that in
the area in which this is more commonly manifested, intense contraditions in this
system are manifested at the level of penal execution, because this is the last step
in the administration of penal justice, where punishment is materialized, and in
problems related to human rights, legal process guarantees, anjd criteria as to
penal rights action. The methodology includes theoretical analysis of primary and
secondary sources, documentary review, and the systematic interpretation method.
In the analysis it became evident that certain incongruence imply the lack of formal
coherence between constitutional precepts and/or process guarantees in relation
to the norms that regulate penal execution at the national level, where wide
margins of substancial invalidity eroded the parameters of rationality, justice, and
legitimacy in punitive intervention.
Key words: Reform, penal execution, guaranteeism.
Recibido: 19-03-2004 • Aceptado: 18-05-2004
INTRODUCCIÓN
La reforma de la normativa procesal penal en Venezuela (1998) significó el
cambio de un sistema mixto (escrito y oral) de corte inquisitivo por un sistema
acusatorio (oral y público) que en un primer momento permitió la profundización de
las garantías procesales, una cierta restauración de la seguridad jurídica de los
reclusos, el mejoramiento del problema del retardo procesal y principalmente, el
otorgamiento de medidas alternativas y fórmulas de cumplimiento de pena.
No obstante, la implementación del nuevo proceso acusatorio se vio afectada
por las reacciones negativas tanto de la opinión pública como de las agencias
involucradas en la administración de justicia penal, induciendo a la reformulación
de las instituciones procesales que en lo sustancial erosionó el sentido garantista
del recién implementado modelo de justicia penal.
En efecto, la reforma al Código Orgánico Procesal Penal (2001), posterior a su
puesta en vigencia en julio de 1999, tuvo su mayor énfasis en las instituciones
sobre la ejecución de la pena. El objetivo principal de la reforma consistió en el
endurecimiento de los criterios para optar a los beneficios, tanto en la medida
sustitutiva de Suspensión Condicional de la Ejecución de la Pena como en las
medidas de cumplimiento de pena. Se redujeron los delitos sobre los que puede
decretarse la medida de suspensión condicional, se aumentaron los requisitos
para su procedencia en función de condiciones personales del posible beneficiario
y se ampliaron las atribuciones de los funcionarios administrativos del régimen de
prueba. Asimismo, se aumentó el tiempo de privación de libertad de los reclusos
para la solicitud de formas de cumplimiento de pena y se implementó un régimen
desigual para los beneficiarios de acuerdo al tipo de delito por el que fueron
condenados.
Por tales razones este artículo analiza diversos aspectos: el primero referido al
marco teórico donde se exponen los lineamientos del garantismo penal, en
particular, los criterios específicos que delimitan la ejecución de la pena en el
marco de esta corriente jurídica.
El marco epistemológico del garantismo atiende a los niveles del deber ser y del
ser, mediante una serie de lineamientos políticos y axiológicos que puedan
sustentar un modelo normativo idóneo que garantice la minimización de la
violencia penal y permitan someter a cualquier modelo de derecho penal a su
deslegitimación. Entendiendo por modelo de derecho de penal al conjunto de
normas y agencias involucradas en la definición, individualización, juzgamiento y
castigo de las conductas delictivas.
Bajo estas consideraciones, el problema de la legitimidad y la validez del
derecho penal, se identifica con los fundamentos que sustentan la racionalidad del
Estado como ente regulador de los conflictos sociales sobre la premisa del pacto
constitucional. Por lo tanto, su discusión se presenta mas allá del análisis de las
reformas legislativas, en el exámen de las concepciones (políticas y jurídicas) que
se asumen como fines generales del derecho penal y los medios que se
institucionalizan para lograrlos.
En un segundo momento, se hace énfasis en las reformas procesales relativas
a la ejecución penal, específicamente a los beneficios previstos como alternativas
a la pena privativa de libertad y como formas de cumplimiento de pena dentro del
régimen progresivo.
En tal sentido se desarrolla el marco normativo previsto para la ejecución penal,
destacando los principios rectores sobre los que se sustenta la validez jurídica de
la normativa relativa a la ejecución penal. Al respecto, se identifican los criterios
formales que constituyen el punto de referencia para determinar la legitimidad
interna del Modelo de Ejecución venezolano en cuanto a la correspondencia de las
normas inferiores contenidas en las leyes o reglamentos de la materia con los
principios de legalidad, judicialidad, igualdad, humanidad, proporcionalidad y
necesidad consagrados en la Constitución Nacional y los instrumentos
internacionales.
La metodología comprende el análisis teórico de fuentes primarias y
secundarias. La observación documental se circunscribe a los grandes Programas
de Política Criminal, es decir, al marco legislativo (Constitución Nacional, Código
Orgánico Procesal Penal, Ley de Régimen Penitenciario y otras leyes especiales),
recurriendo al método sistemático o técnica de interpretación doctrinaria según la
cual la norma jurídica es analizada en función de una totalidad conformada por el
ordenamiento jurídico general que tiene como eje principal la norma constitucional.
Las conclusiones a las que se ha llegado en este estudio muestran que, a pesar
del abundante discurso sobre derechos humanos del que se dispone actualmente,
de los trabajos de investigación empírica sobre la cárcel y del conocimiento sobre
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