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La deontología le enseñará a aplicar estas mismas reglas de conducta, por las cuales se crea la dicha y se evita la desdicha


Enviado por   •  3 de Febrero de 2023  •  Documentos de Investigación  •  16.022 Palabras (65 Páginas)  •  34 Visitas

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Máster Universitario en Abogacía

Trabajo Fin de Máster

Convocatoria Ordinaria 2022/2023

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Control y ordenación del ejercicio de la abogacía: especial referencia al papel de los colegios de abogados.

Realizado por: José Rubia Gómez

Tutorizado por: Ángel Domínguez González

“La deontología le enseñará a aplicar estas mismas reglas de conducta, por las cuales se crea la dicha y se evita la desdicha”

Jeremy Bentham

INDICE

  1. Introducción……………………………………………….…………….….…5
  2. Objeto del informe……………………………………………….…………....6
  1. Antecedentes de hecho………………………………….………………….6
  2. Interrogantes planteados…………………………………………………..7
  1. La abogacía en la actualidad……………………………….………………….8
  1. Marco normativo…………………………………….……………………..8
  2. Estado actual de la abogacía. ……………………………….…….….…..10
  1. Funciones y competencias de los colegios de abogados……………………..15
  1. Doble naturaleza y normativa reguladora……………………...……….15
  2. Colegiación obligatoria……………………………………..…………….17
  3. Funciones de los colegios de abogados……………….………………….19
  4. Colegios de Abogados, ordenación de la profesión y deontología profesional. El Estatuto General de la Abogacía Española…..………..20
  5. Potestad disciplinaria, tipicidad y reserva de ley……………….……...28
  1. La responsabilidad penal del abogado……………………….……………..31
  1. Papel procesal de los Colegios de Abogados……………………………32
  2. Responsabilidad penal y responsabilidad disciplinaria. ¿Non bis in ídem?............................................................................................................33
  3. Delito de intrusismo profesional…………………………………………35
  4. Delitos de deslealtad profesional y contra la Administración de Justicia……………………………………………………….……………37
  1. Problemáticas de la abogacía por cuenta ajena: relación especial y convenios colectivos. ………………………………………………..………..40
  2. Conclusiones. …………………………………………..……………………..45
  3. Bibliografía, normativa y jurisprudencia………..………………………….48
  1. Bibliografía…………………………………..……………………………48
  2. Normativa……………………………….………………………………...49
  3. Jurisprudencia…………………………………………………………….50

  1. Introducción.

La profesión de la abogacía se ha enfrentado en las últimas décadas a un proceso de transformación sin precedentes. A las diferentes causas sociales se ha sumado la existencia de un desequilibrio entre la oferta y la demanda de profesionales que ha generado un clima de gran competitividad en el sector.

Asimismo, y en parte como consecuencia, se ha producido una transformación en la modalidad de prestación de los servicios profesionales, pasándose del ejercicio individual y generalista de la profesión, a un modelo de ejercicio colectivo donde se tiende a la especialización y a una configuración más “empresarial” de la profesión.

Sin embargo, dicha evolución debe armonizarse con las idiosincrasias y los principios propios de la profesión de abogado, que por su relevante papel constitucional está dotada de una serie de garantías y principios inexcusables que deben ser asegurados.

Para esta tarea crucial son los Colegios de Abogados las instituciones llamadas a conjugar y armonizar la innegable transformación de la profesión con sus principios y valores históricos y constitucionales, que han conformado una profesión que, por sus características y naturaleza, se diferencia de todas las demás y se revela como básica en una sociedad democrática.  

En el presente informe se somete a análisis el relevante papel que están llamados a desempeñar los colegios, pese a que en tiempos no tan remotos ha alcanzado cierta vigorosidad la idea de su supresión y la conveniencia de la no obligatoriedad de la colegiación, así como su intervención en los diferentes mecanismos de control de la profesión.

Constituye también el objeto de este informe el análisis de la especial naturaleza de que están dotados dichos colegios en atención a la diversidad de funciones que tienen encomendadas, pues son a la vez una institución encargada de velar por los intereses de los profesionales, de los ciudadanos que precisan sus servicios y de la profesión en relación con la administración de justicia.

Visto el relevante papel atribuido a los colegios, ha de analizarse su encaje jurídico, como titulares de la potestad disciplinaria, para garantizar la eficacia material de las previsiones deontológicas y las posibilidades jurídicas de que están dotados para ejercer la defensa y representación de la profesión.

También la evolución e interpretación jurisprudencial que ha surgido en relación con la actuación antijuridica del abogado constituye fuente de interés para este informe. Pues el doble reproche, disciplinario y penal, del que puede ser objeto el abogado, ha sido analizado por nuestros tribunales de tal modo que se ha entendido que no hay “bis in idem”, y que la penalización disciplinaria y penal vienen referidas a fundamentos y finalidades diferenciadas, esto es, responden al control de dos tipos de conductas distintas. Asimismo, las interpretaciones jurisprudenciales realizadas sobre determinados tipos penales como el intrusismo han incorporado “desde fuera” un interesante debate que afecta de lleno a la figura del abogado y a las competencias que tiene el colegio sobre los no colegiados que, sin embargo, constituyen un riesgo evidente para la profesión, cuestionando la propia razón de ser de los colegios.

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