La diferencia entre el delito y el crimen, y la violación
evo06Trabajo2 de Octubre de 2014
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Son términos equivalentes. Su diferencia radica en que "delito" es genérico, y por "crimen" se entiende un delito más grave. Tanto el delito como el crimen son categorías presentadas habitualmente como universales; sin embargo los delitos y los crímenes son definidos por los distintos ordenamientos jurídicos vigentes en un territorio o en un intervalo de tiempo.
Las diferencia entre crímen, delito y contravención, radica en los delitos son actos que se producen genéricamente, mientras que el crimen es un delito más grave.
La diferencia radica en la gravedad del hecho y en la norma que se infringe: la contravención de policía (como puede ser pasar un semáforo en rojo) no es tan grave como puede ser un delito (homicidio). Los delitos se encuentran tipificados en códigos; las contravenciones, no. Se basa en la gravedad de la pena y la jurisdicción. Las diferencias entre delito y contravención serían: en el delito el daño es efectivo, en la contravención es un simple peligro; en el delito hay intención manifiesta, en la contravención no hay mala intensión
La infracción que las leyes castigan con penas de policía es una contravención. La infracción que las leyes castigan con penas correccionales, es un delito. La infracción que las leyes castigan con una pena aflictiva o infamante, es un crimen.
Las contravenciones, los delitos y los crímenes que se comentan, no podrán penarse, sino en virtud de una disposición de ley promulgada con anterioridad a su omisión.
Se basa en la gravedad de la pena y la jurisdicción. Las diferencias entre delito y contravención serían: en el delito el daño es efectivo, en la contravención es un simple peligro; en el delito hay intención manifiesta, en la contravención no hay mala intensión.
Los crímenes tiene una pena de 6 a 20 años de prisión, los delitos de 6 días a 2 años de prisión correccional y las contravencionales tienen una pena de 1 a 5 día de arresto policial.
En la empresa donde trabajo se dio un caso de amenazas, por parte de un compañero de trabajo, quien fue despedido a raíz de que hizo varias llamadas telefónicas de 40 minutos, lo cual está prohibido hacer ese tipo de llamadas personales.
Más adelante esta persona llamaba frecuentemente a la empresa para amenazar a nuestra jefa inmediata, esta persona se prestaba a amenazarla por su teléfono privado y llamaba a la empresa para seguir amenazándola, por otra parte esta persona también le enviaba varios mensaje de texto con amenazas muy fuertes; estos mensajes se enviaban de distintos teléfono incluyendo de su teléfono personal de amenazante.
Las llamada que esta persona hacia la efectuaba desde su teléfono y de teléfonos públicos lo cual pudimos comprobar a través de que rastreamos las llamadas y pudimos comprar que era de la misma persona que trabajaba con nosotros.
Las amenazas que esta persona hace es que el nos esta vigilándonos siempre y que nos cuidemos que en cualquier momento nos puede pasar algo en especial a nuestra jefa que según él es la culpable de que él no esté trabajando en la empresa a nuestra jefa le ha hecho amenazas hasta de muerte en varias ocasiones dichas amenazas tenemos constancia de ellas tanto verbal como por escrito.
Por otra parte esta persona no tan solo amenaza a nuestra inmediata, sino que también lo hace con todos sus ex compañeros de trabajo, porque él alega que nosotros tuvimos que ver con su salida de la empresa.
Además a nuestra jefa ha tenido que visitar el medico a raíz de que esta situación la ha afectado mucho por ella sufre de la presión alta y toda esta situación, que incluso la ha cohibido de ejercer su trabajo eficientemente por que la mayor parte de su trabajo tiene que hacerlo
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