La estructura social de la polis griega
estudiosjuridicoMonografía16 de Noviembre de 2011
3.778 Palabras (16 Páginas)1.001 Visitas
LA ESTRUCTURA SOCIAL DE LA POLIS GRIEGA
La sociedad de la polis griega fue evolucionando a medida que se iba introduciendo las modificaciones políticas necesarias para intentar resolver el problema de la estasis o enfrentamiento continuo entre sus diferentes grupos. En general, se trataba de una sociedad abierta a otras polis, con gran tendencia al comercio y a la actividad marítima.
Durante las crisis profunda sobrevenidas en torno al siglo VIII A.c., la polis ateniense optó por la solución de establecer colonias en diversas zonas de Asia Menor y del Egeo. El modelo de organización social se basaba en la condición de ciudadano o no ciudadano del individuo. También se tenía en cuenta si éste era libre o esclavo y, evidentemente, su grado de riqueza, lo que determinaba su posición social.
Clases Sociales Libres
Ciudadanos o poli tai: Estaban divididos en diez tribus territoriales distribuidas en tres distritos: la llanura, la montaña y la costa. Tenían plenos derechos civiles. La condición de ciudadano se conseguía mediante el nacimiento. Como ciudadanos de pleno derecho, tenían responsabilidades con el Estado de diversa índole:
No ciudadanos
Clases Sociales No Libres
Esclavos: Su origen se remonta a los efectos de la guerra (eran descendientes de los vencidos), de la piratería, de la exposición de niños no deseados o, incluso, provocados por el impago de las deudas contraídas. Como oficios podían desempeñar cualquiera. Había esclavos trabajando en la industria, las minas, el comercio, dentro de la casa o en el campo y los servicios públicos.
Había esclavos privados y públicos. Los públicos pertenecían al Estado, para el cual desempeñaban diversas funciones. Vivían en su casa con su propia familia. En época de guerra eran reclutados para la flota o para el ejército.
No tenían derechos civiles, pero participan en el culto público. Podían comprar su libertad u obtenerla de su amo, por múltiples circunstancias.
ESTRUCTURA SOCAL DE LA CIVITAS ROMANA
Las Civitas romanas fue la gran perdedora de la nueva reorganización. Tras la instauración del estado burgués moderno, lo romano se convirtió en lo jurídico, lo jurídico, se convirtió en lo civil y lo civil inevitablemente en lo privado. Roma dejó de ser una tradición política que se leía en Plutarco. Tito Livio o Tácito, y pasó a ser una tradición jurídica que debía leerse, fundamentalmente, en el Digesto. La democracia y la política parecieron una cosa demasiado filosófica, demasiado selecta y demasiado griega para tener algo que ver con una capital tan inmensa y en el fondo tan plebeya como la romana. Y siguiendo esa línea se vio normal que la magistratura doble y anual cediera su sitio al comodato en tanto que muestra genuina del genio latino, o que la libertad romana se identificará con la de comprar, usar y abusar de lo comprado.
Fue a principios del siglo XIX, cuando se pasa a distinguir entre la libertad de los antiguos y la de los modernos, se renuncia definitivamente a la fraternidad revolucionaria y el clasicismo de David deja rápidamente de estar en boga para convertirse en algo entre pompi er y robespierrista, cuando los romanos dejaron de interesar como modelo cívico al nuevo mundo burgués y pasaron definitivamente a convertirse en un pueblo muy práctico (con ello se quería decir poco político) cuyo legado principal consistía en el derecho privado. Una asignatura de la carrera de Derecho- Derecho romano-se reconstruyó bajo moldes savignianos con el fin de garantizar la nueva organización del territorio asociada a este triunfo de lo civil. El derecho público romano es bastante pobre, se enseñará desde entonces en los manuales de esa carrera. Esto se ha hecho así desde los romanos, dirán los leguleyos con la satisfacción de aquel que comprueba la naturalidad de las instituciones que le favorecen. Y nadie negará que los proletarios han de ver en la historia de Roma la forja de las cadenas que soportan y nada que tenga que ver con su propia libertad.
Contra esta tergiversación que separa a los ciudadanos romanos de su estrecha vinculación con la libertad está escrito este libro d José María Royo, que no por casualidad comienza arremetiendo contra Hegel y contra su muy decimonónico espíritu de la historia universal. Pues para este profesor de la Universidad de Barcelona, Roma seguiría siendo siempre la norma heterónoma pronunciada por el déspota ni tampoco el verbo cincelado con cuidado por el escriba, sino la palabra de un ciudadano dicha en voz alta y no contradicha por sus iguales.
Es la historia de ese ius lo que se quiere contar en este libro y es una historia de ese ius vinculado a la lógica republicana que le dio origen a lo que se cuenta efectivamente en él. Por eso en el libro este ius aparece asociado estrechamente a los conceptos de comunidad, fraternidad, conjunto de ciudadanos, a la Civitas, a la ciudad y a la libertad colectiva en definitiva.
LA REPUBLICA DE PLATON
Platón A través de su interlocutor Sócrates trata de encontrar lo que es la justicia, sin saber que es pero si descartando lo que no es; nos dice que no es el darle a cada cual lo que le corresponde, ni tampoco el hacer injusticia para los enemigos y justicia para los amigos, no es lo que es más ventajoso para el más fuerte, no es obedecer a los que gobiernan.
Ya que la virtud sólo ofrece penas y trabajos, el hombre tiende con mayor facilidad a la injusticia, mientras que se asegura la ventura mejor si se acepta aliar a la injusticia, ya que con la fama del hombre honrado; no se logra nada si no se es.
Maestros hay que enseñen el arte de seducir al pueblo y a los jueces con artificiosos discursos. Hacer uso de la elocuencia, y cuando ésta llegue a faltar, se empleará la fuerza para escapar al castigo de los crímenes.
Así como quiera que la necesidad de una cosa moviese a otro hombre a unirse a otro, y otra necesidad a otro hombre, la multiplicidad de esas necesidades ha reunido en un mismo lugar a diversos hombres con la mira de ayudarse unos a otros, y hemos dado a esa sociedad el nombre de estado. La primera y más grande de ella es la nutrición de que depende nuestro ser y nuestra vida, la segunda es la casa y la tercera es el vestido. Es preciso que uno ejerza para todos los demás el oficio que le es propio, pues no nacemos todos con idénticas aptitudes que unos tienen más.
Debe de haber disposición para hacer una cosa, y otros para hacer otra, imposible resulta para el estado, hallar un lugar de donde pueda sacar todo lo necesario para su subsistencia, necesitará por tanto, que más vayan a buscar a los estados vecinos aquello que a él le hace falta, pero tendrán que llevar a cambio a esos estados lo que posean, a esas gentes se les llamará comerciantes se necesitará además un mercado y una moneda para darle valor a los objetos cambiados. No sólo se busca el origen de un estado, sino de uno que rebose de delicias, se necesitará arrebatar a los vecinos tierras y él a su vez hará lo mismo y de ahí el origen de las guerras entre propios y particulares. Hasta éste punto se encuentra claramente organizado el estado, hay oficios y clases trabajadoras y cada cual hace su propia labor.
Además de ello se debe organizar un cuerpo defensor del estado con derecho a educación que serán llamados “guardianes” que poseerán coraje, fuera, ligereza y filosofía. Se educará al cuerpo con la gimnasia y el alma con la música. En su educación deberá censurar los mitos y fábulas porque Sócrates considera éstas como mentiras corruptoras ya que nos presentan a los dioses y a los héroes de manera que no son. Ya que los primeros discursos que el niño oiga tiene que ser adecuados para encaminarle hacia la virtud.
DERECHO ROMANO
Al usar la expresión Derecho Romano se pueden indicar diversas acepciones. En un primer sentido esta expresión denota un hecho histórico pasado, es decir, el conjunto de normas jurídicas que regían al pueblo romano desde su fundación hasta la caída del Imperio. Un segundo sentido identifica el Derecho Romano con los libros en dond se contenía dicho orden jurídico, es decir, el Corpus Iuris Cívilis o Cuerpo de Derecho Civil, recopilación de los libros jurídicos romanos hecha en Constantinopla por orden del emperador bizantino Justiniano en el siglo VI D.c. Por último, con esta expresión se puede designar también la tradición jurídica que ha sobrevivido después de la caída del Imperio romano de occidente hasta nuestros días.
DICOTOMIA ENTRE DERECHO PÚBLICO Y DERECHO PRIVADO ROMANO
En la dicotomía público/privado, se entiende al primero como la utilidad del estado romano y lo privado a la utilidad del individuo; estas se sirven para delimitar y ordenar su campo de investigación, estas palabras ingresaron a la historia de occidente.
La dicotomía sirve para dividir el universo en dos esferas o establecer una división total.
En la dicotomía público/privado se define a lo privado como aquel que no ocupa un cargo público, en el lenguaje jurídico el léxico público recurre al léxico privado y viceversa. En el lenguaje común los intereses públicos se rigen, de cierta forma, por los intereses privados.
DEMOCRACIA Y REPRESENTACION EN LA HISTORIA DEL PENSAMIENTO POLITICO HASTA LA VACUIDAD ACTUAL
Durante siglos los conceptos y categorías relacionados con la esfera política han sido objeto de profundas discusiones teórico-doctrinales,
...