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La función de la jurisdicción chilenos de la judicatura


Enviado por   •  17 de Mayo de 2014  •  Trabajos  •  1.125 Palabras (5 Páginas)  •  167 Visitas

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Iniciaré este ensayo intentado responder si la función jurisdiccional compete únicamente al Poder Judicial Chileno, para luego comparar esta organización con la imperante en España para así avalar la tesis aquí expuesta.

Quiero partir este ensayo citando el artículo 76, inciso primero de la constitución política de la república:’’La facultad de conocer de las causas civiles y criminales, de resolverlas y de hacer ejecutar lo juzgado, pertenece exclusivamente a los tribunales establecidos por la ley. Ni el Presidente de la República ni el Congreso pueden, en caso alguno, ejercer funciones judiciales, avocarse causas pendientes, revisar los fundamentos o contenidos de sus resoluciones o hacer revivir procesos fenecidos’’

¿Es entonces una atribución exclusiva de los tribunales de justicia aplicar la jurisdicción? Guiándonos con el artículo citado podemos entrar a un plano de la interpretación muy amplio, al darnos cuenta que nuestra constitución considera tribunales a aquellos establecidos por Ley y que no necesariamente se encuentran dentro del Poder Judicial, y poseen igual legitimidad al ejercer jurisdicción , es también necesario mencionar que son más numerosos los tribunales que se encuentran fuera del Poder Judicial , como es el caso de : los Juzgados de Policía Local, los tribunales electorales regionales, el Tribunal Calificador de Elecciones, los tribunales tributarios, entre otros ; que los que se encuentran dentro, entendidos tribunales que se encuentran dentro del Poder Judicial a aquellos que están ordenados por los preceptos del VI Capitulo de la Constitución Política de la República y el Código Orgánico de Tribunales. Y los Tribunales que no pertenecen al Poder Judicial, tienen el estatuto orgánico que la Ley haya otorgado.

Una importante diferencia entre estos dos tipos de Tribunales, está en la aplicación de los preceptos del Código Orgánico de Tribunales, donde se especifica de manera detallada las causales de imparcialidad de los jueces, sus prohibiciones, las obligaciones, su garantía de permanencia ilimitada, la legitima remoción, etcétera; Para así certificar la independencia externa que estos (los Jueces) poseen, y aseguran el imparcial ejercicio de su función.

Otra diferencia, es el modo de nombramiento de jueces en cada tribunal; En el caso de los jueces que están dentro del Poder Judicial , nos damos cuenta que son nombrados por el Presidente de la Republica junto a un Tribunal de Justicia Superior, como la Corte Suprema, o la Corte de Apelaciones , hay casos donde también se requiere la aprobación del Senado, esto es en el nombramiento de Ministros de la Corte Suprema ( Art. 78 CPR). En el caso de los ministros de la Corte Suprema además requieren de la aprobación del Senado (art. 78 CPR).

Esta situación se contrapone con el nombramiento de los jueces situados fuera del Poder Judicial, mencionaré aquí a modo de ejemplo, la designación de los Jueces de Policía Local, efectuada por la Municipalidad correspondiente de una trío presentado por la Corte de Apelaciones a través de un concurso público de antecedentes;

Los miembros que pertenecen a los Tribunales Tributarios y Aduaneros son designados por el Presidente de La República, de una terna realizada por la Corte de Apelaciones, de un grupo de integrantes enumerados en una lista efectuada por el Consejo de Alta Dirección Pública órgano que el Tribunal Constitucional lo ha definido como servicio público descentralizado que integra la Administración del Estado. Podemos entonces a través de estos ejemplos, realizar

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