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La nueva Irretroactividad y Retroactividad Jurídica (video). ¿Cuál es tu posición frente a ello?


Enviado por   •  14 de Noviembre de 2021  •  Biografías  •  503 Palabras (3 Páginas)  •  40 Visitas

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La nueva Irretroactividad y Retroactividad Jurídica (video). ¿Cuál es tu posición frente a ello?

Tradicionalmente la prohibición de la retroactividad se ha ligado al principio de legalidad, dentro del apartado de exigencia de ley previa, como garantía individual frente al poder punitivo y como una derivación de los principios del Estado de Derecho, entonces puede decirse que una de las manifestaciones materiales del principio de legalidad en el ámbito del Derecho penal es tanto la prohibición de dictar leyes con efectos retroactivos desfavorables, como de aplicarlas a hechos cometidos con anterioridad a su entrada en vigor y, de igual forma, en sentido perjudicial para el afectado. En este mismo sentido el artículo 103° de nuestra Constitución Política establece que la ley penal siempre tiene una aplicación hacia el futuro; es decir, rige para hechos punibles cometidos con posterioridad a su entrada en vigencia, pues toda norma penal aplicada hacia atrás socava por completo las bases de un derecho penal de acto, inherente a un Estado social y democrático de derecho como en nuestro.

Por otra parte, esta importancia en tanto garantía política frente a la arbitrariedad estatal, guarda silencio sobre los presupuestos que originan la prohibición de retroactividad pues alude solamente a los efectos, sin pretender responder los alcances de su ámbito jurídico. Por tanto realizar una interpretación  únicamente desde la constitución es por sí solo insuficiente para comprender toda la trascendencia de la prohibición de la retroactividad en materia penal pues, en rigor el principio de irretroactividad se vincula casi exclusivamente con los delitos y penas, de manera que hoy, no  resulta nada pertinente limitar su alcance al ámbito penal, de manera que en caso de sucesión de leyes pueden presentarse dificultades interpretativas cuando por ejemplo, el hecho delictivo se manifiesta como un proceso, que en este caso en particular la opinión mayoritaria acepta que a efectos de aplicación de la ley penal en el tiempo se ha de tomar en consideración la que está en vigor en el momento de llevarse a cabo la acción, y no la que rige cuando tiene lugar el resultado, de manera que declaraciones de este tipo nada es lo que solucionan, pues el principio de irretroactividad, por un lado, y el de retroactividad de la más favorable, por otro, prima sobre aquella consideración. Y por ello en los delitos en que el tipo del injusto se prolonga en su realización durante un lapso de tiempo, como sucede en los delitos integrados por varios actos, en los permanentes y en los de estado, en el delito continuado, es preciso respetar las ideas expuestas.

¿Cuáles son las fuentes que puedes encontrar del Derecho Castellano?

Haz una lista y menciona una línea sobre esta.

Las fuentes que pude encontrar son:

  • Siete Partidas.
  • Ordenamiento de Montalvo.
  • La Nueva Recopilación.
  • Las 83 “Leyes de Toro”.
  • Ordenamiento de Alcalá.
  • La legislación real y de Cortes.
  • La legislación reglamentista borbónica.
  • Las recopilaciones oficiales de la legislación real.
  • Los fueros locales.
  • Las Partidas, la consulta al rey.
  • Las Ordenanzas de los Consulados mercantiles

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