La reconciliación con los términos de la ley
Brujo1986Tutorial17 de Agosto de 2011
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ALGUNOS PARÁMETROS PARA TENER EN CUANTA DENTRO DE LOS ACTOS SOBRE
CONCILIACIÓN :
Las citaciones deberán contener lo dispuesto en la ley 1395 de 2010 en cuanto a pruebas aportadas.*
De igual manera, la conciliación deberá contener en su cuerpo, tal aspecto.*
Consecuencialmente para los efectos futuros, las constancias de no conciliación deberá contenerlos.*
EN LO QUE RESPECTA A RESTITUCIONES DE INMUEBLES, NECESARIAMENTE REQUERIREMOS LOS LINDEROS GENERALES DEL BIEN ASÍ COMO LOS LINDEROS PARTICULARES DE LA PARCIALIDAD ARRENDADA ; UNA RELACIÓN DESCRIPTIVA $$$$$ (cuantificando)SERVICIOS Y DESCRIPCIÓN DE LAS FACTURAS ADEUDADAS QUE CORREN A CARGO DE LA ARRENDATARIA, CON SUS PRECIOS OBJETO DE CONCILIACIÓN, APORTADAS EN COPIA INFORMAL.
*LOS CONTENIDOS DESCRIPTIVOS CONTEMPLADOS NO NECESARIAMENTE DEBERÁN CONSIGNARSE EXÉGETAMENTE, POR CUANTO PODRÁN SER MEJORADOS EN SU FORMA, CONSERVANDO LAS RITUALIDADES QUE LE SON PROPIAS.
Luis G. Valencia O.
Ases. Doc. A. Civil.
Citación para audiencia de conciliación 02 asuntos
CITACIÓN A CONCILIACIÓN
Manizales, Octubre 26 de 2007
Señor
JAIME MARTINEZ FERNANDEZ
Calle 12 numero 17-30
Barrio Tesalia
Manizales.
Referencia: AUDIENCIA DE CONCILIACION
Solicitante: CARMEN JACINTA OROZCO TAMAYO, en representación de su hijo SEBASTIAN MARTINEZ OROZCO.
Convocado: JAIME MARTINEZ FERNANDEZ (padre del menor)
Fecha Señalada: Noviembre 10 de 2007; Hora 6 p.m.
De manera comedida me permito convocarle a audiencia de conciliación en las instalaciones del CONSULTORIO JURIDICO Y CENTRO DE CONCILIACION GUILLLERMO BURITICA RESTREPO DE LA UNIVERSIDAD DE MANIZALES, ubicado en Manizales, en la Carrera 9 Nro. 19-03, oficina 107, Teléfono 879680, extensión Nro. 247, para la oportunidad de las seis de la tarde (6 p.m.) del próximo diez (10) de Noviembre del año en curso (2007).
OBJETO : Tiene como objeto la audiencia de conciliación programada, llegar a un acuerdo conciliatorio sobre LA CUOTA ALIMENTARIA A SU CARGO, A FAVOR DE SU MENOR HIJO SEBASTIAN MARTINEZ OROZCO, representado por su progenitora; de igual manera, el acuerdo conciliatorio respecto de las visitas al menor.
Espero su asistencia oportuna para la fecha arriba indicada, aportando los documentos y pruebas anticipadas que sean importantes para tener en cuenta en el acto objeto de la convocatoria y se encuentren en su poder.
Cordialmente,
LUZ MIRYAM MARIN VALENCIA
Conciliadora.
CONCILIACION EXITOSA 02 asuntos
ACTA DE CONCILIACIÓN NRO __________
En Manizales caldas, a los diez (10) días del mes de noviembre del año dos mil siete (2007), siendo las Seis (6:00 pm) de la tarde, oportunidad señalada el pasado veintiséis de Octubre del año en curso, conforme a solicitud formulada por CARMEN JACINTA OROZCO TAMAYO el pasado veintidós de Octubre del calendario avante, persona mayor de edad y vecina de la ciudad de Manizales, identificada con la cédula de ciudadanía Nº 29.750.860de Manizales, actuando en nombre y representación de su menor hijo SEBASTIAN MARTINEZ OROZCO, con citación y audiencia del padre del menor, Señor JAIME MARTINEZ FERNANDEZ identificado con cédula de ciudadanía Nº 73.869.858de Manizales en calidad de citado, para los efectos de que trata el artículo 35 de la ley 640 de 2001, la suscrita LUZ MIRYAM MARIN VALENCIA , identificada con C.C 30.376.970 de La Dorada (Caldas) quien actúa en calidad de conciliadora del CONSULTORIO JURÍDICO Y CENTRO DE CONCILIACIÓN GUILLERMO BURITICA RESTREPO de la universidad de Manizales, da inicio al acto.
ASUNTO OBJETO DE CONCILIACION
FIJACIÓN DE CUOTA ALIMENTARIA A FAVOR DEL MENOR SEBASTIAN MARTINEZ OROZCO y REGULACION DE VISITAS al menor por parte de su progenitor, el Señor JAIME MARTINEZ FERNANDEZ
HECHOS
PRIMERO: La Señora CARMEN JACINTA OROZCO TAMAYO y el Señor JAIME MARTINEZ FERNANDEZ, procrearon al menor SEBASTIAN MARTINEZ OROZCO, quien se encuentra legalmente reconocido como lo prueba el Registro Civil de Nacimiento del menor.
SEGUNDO: El menor cuenta actualmente con cinco (05) años y diez (10) meses de edad, puesto que nació el ocho (08) de enero de dos mil dos (2002), hallándose matriculado en establecimiento educativo, generándose además de su manutención, gastos adicionales que la peticionaria no se encuentra plenamente en capacidad económica para sufragarlos.
TERCERO: El señor JAIME MARTINEZ FERNANDEZ ha colaborado parcialmente con el sostenimiento económico del menor siendo asumida en su mayoría tal responsabilidad por la señora CARMEN JACINTA OROZCO TAMAYO madre del menor, con la ayuda y apoyo de sus padres, pese a la incapacidad económica de éstos.
CUARTO: El día cuatro (04) de mayo de dos mil siete (2007), el señor JAIME MARTINEZ FERNANDEZ fue citado a la Comisaria Segunda de Familia con el fin de fijar cuota alimentaria a favor de su hijo el menor SEBASTIAN MARTINEZ OROZCO, pero este no compareció al acto y tampoco justifico su inasistencia, deseando no obstante ello la interesada, otra oportunidad para acordar con el padre del menor la cuota alimentaria a su cargo.
QUINTO: El día veintidós (22) de Octubre del año en curso (2007) la señora CARMEN JACINTA OROZCO TAMAYO acude al Consultorio Jurídico y Centro de Conciliación “GUILLERMO BURITICA RESTREPO” de la Universidad de Manizales con el fin de solicitar asesoría sobre la fijación de la cuota alimentaria para su hijo menor de edad, motivo por el cual se fijó la presente oportunidad.
SEXTO: La Señora CARMEN JACINTA OROZCO TAMAYO, es consciente de la necesidad que asiste al menor de una asistencia integral, incluyendo la parte afectiva, razón por la cual, reclama del padre del Señor, el Señor JAIME MARTINEZ FERNANDEZ, se establezcan oportunidades para que el mismo visite a su menor hijo, pero en oportunidades previamente acordadas, toda vez que dicho progenitor opta por tratar de visitarlo a avanzadas horas de la noche ó de la madrugada, asunto que la convocante no permite por ser impropias para su núcleo familiar, incluido su menor hijo.
PERSONAS COMPARECIENTES
Al acto se hicieron presentes la citante, Señora CARMEN JACINTA OROZCO TAMAYO, persona mayor de edad y vecina de la ciudad de Manizales identificada con la cedula de ciudadanía Nº 29.750.860de Manizales, como representante de su menor hijo, así como el progenitor del mismo, Señor JAIME MARTINEZ FERNANDEZ identificado con cédula de ciudadanía Nº 73.869.858de Manizales.
DESARROLLO DE LA AUDIENCIA y ACUERDO CONCILIATORIO
Previa presentación del suscrito conciliador y del Consultorio Jurídico y Centro de conciliación, se informa a los comparecientes la importancia de acudir a este centro de conciliación con el objeto de llegar a un acuerdo en sus diferencias y lo que se busca con ella en la solución de los conflictos sin necesidad de acudir a la justicia ordinaria si así lo desean las partes, instándoseles a que propongan fórmulas de acercamiento y concediéndoseles el uso de la palabra para tal efecto, previa confrontación de los documentos y pruebas extrajuicio aportadas por la parte peticionaria y anexas por la (s) citadas (s) al acto…………………Toma el uso de la palabra en primer orden la parte ……,
El señor JAIME MARTINEZ FERNANDEZ, expresa que tiene ánimo conciliatorio, y que propone para el sostenimiento de su hijo la suma de treinta mil pesos ($30.000) mensuales en especie (mercado), ya que en la actualidad se encuentra desempleado y no quiere incumplir el compromiso que realice en esta diligencia, además no puede comprometerse con lo que no tiene capacidad de entregar.
La señora CARMEN JACINTA OROZCO TAMAYO manifiesta que le parece poca dicha cantidad, proponiendo la suma de cien mil pesos ($100.000.00) mensuales porque los gastos que se generan por manutención son muchos, y la cantidad propuesta no alcanza para el mantenimiento del menor, por cuanto su edad escolar implica muchos gastos, aparte de la simple manutención. Puesta en conocimiento la petición de la interesada madre del menor, expresa el convocado, Señor Martínez Fernández, no estar de acuerdo con dicho monto por falta de capacidad económica, toda vez que aceptar ello, sería exponerse a incumplir, agregando que no siendo aceptada la suma por él propuesta, no llega a acuerdo conciliatorio ninguno. Expresa la citante igualmente que, tampoco se admitirá por parte del padre, visitas al menor.
Ante la falta de acuerdo, la suscrita conciliadora propone a los presentes como fórmula de arreglo que, el citado, Señor JAIME MARTINEZ FERNANDEZ, dada la situación económica por el mismo invocada, aporte como alimentos para su menor hija, a través de su progenitora, la suma de SETENTA MIL PESOS ($70.000.00) en dinero en efectivo, lo que permite optimizar la inversión dineraria en las verdaderas necesidades del menor, pagaderos en la residencia de la madre del menor, Calle 13 Nro. 15-39 de Manizales, anticipadamente dentro de los primeros cinco (05) días de cada mes, iniciando su pago en Diciembre del año en curso. En lo atinente a las visitas, convoca a los presentes a acordar oportunidades de acuerdo con su labor desempeñada y disponibilidades en tal sentido.
Puesta
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