ClubEnsayos.com - Ensayos de Calidad, Tareas y Monografias
Buscar

La solicitud de asignación de la compensación hijo personales y psicológicos que provocó la discapacidad


Enviado por   •  13 de Enero de 2016  •  Informes  •  473 Palabras (2 Páginas)  •  121 Visitas

Página 1 de 2

San José de Cúcuta, 09 de Octubre  de 2013

Señores

COMITÉ EJECUTIVO PARA LA ATENCION Y REPARACION A LAS VICTIMAS

UNIDAD DE ATENCION Y REPARACION INTEGRAL A VICTIMAS –UARIV-

Ciudad.

Cordial saludo

Ref.: Derecho de Petición

MONGUI FLOREZ DE URIBE,  mayor de edad, vecina de esta ciudad, identificada como aparece al pie de mi firma, en ejercicio del derecho Constitucional consagrado en el artículo 23 de la Constitución Política de Colombia  y en los Art. 13, 14,15 y 30 de Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo, me permito solicitar a esta entidad basada en los siguientes:

HECHOS

  1. En el marco del Conflicto armado, mi hijo, el Señor MANUEL RAMON URIBE FLOREZ, identificado con Cedula de Ciudadanía No. 13.502.483, fue objeto de Lesiones Personales y Psicológicas que causaron Incapacidad, propiciadas en hechos que tuvieron lugar el día 05/09/2002 en la ciudad de Cúcuta, Norte de Santander.
  1. En versión libre en el marco de la Ley 975 de 2005, fue mencionado por algunos de los postulados desmovilizados,  específicamente por JORGE IVAN LAVERDE ZAPATA alias El Iguano, EDINSON JOSE BALDOMIRO TORO alias PEREZ, JOSE MAURICIO MONCADA CONTRERAS alias ALEX, en  diligencia llevada a cabo el día 3 de Diciembre de 2.009 quienes confesaron su participación y responsabilidad como Ex Integrantes del Frente Fronteras del Bloque Catatumbo en las lesiones y heridas caudas a MANUEL RAMON URIBE.
  1. Mediante Derecho de petición, mi Hijo, el Señor MANUEL RAMON URIBE FLOREZ, solicito reparación Administrativa No. 204856 en calidad de victima directa, por el hecho victimizante de Lesiones Personales que si causaron incapacidad.
  1. En Respuesta al Derecho de petición, bajo el Radicado No. 20137203115371 de fecha 06/04/2013 se dio respuestas efectiva a la solicitud, informando que mediante Resolución No. 2013-49603 del 22/03/2013 la Unidad para la Atención y Reparación Integral a las Victimas resolvió Incluir al peticionario en su condición de  Victima, Reconocer el hecho victimizante para dar trámite a la correspondiente Indemnización.
  1. No obstante, pese a lo anterior, el día 23/07/2013 mi Hijo, el Señor MANUEL RAMON URIBE FLOREZ, falleció luego de complicaciones médicas producto de las lesiones sufridas en el hecho victimizante, conforme le evidencia el Registro Civil de Defunción No. 08527255 de la Registraduria Nacional del Estado Civil.

 Por lo anterior, muy respetuosamente solicito:

PETICION

  1. Se sirva realizar el trámite pertinente, a fin de destinar la indemnización reconocida a mi Hijo por causa de las Lesiones Personales y Psicológicas que causaron Incapacidad, a favor mío, en calidad de Madre.  

FUNDAMENTOS DE DERECHO

  • Art. 23 Constitución Política de Colombia
  • Art. 13, 14,15 y 30 CPACA
  • Sentencia T 508/07

ANEXOS

  • Fotocopia Cedula Ciudadanía Peticionaria
  • Fotocopia Cedula Ciudadanía Manuel Ramón Uribe Flórez
  • Registro Civil de Defunción
  • Repuesta Derecho de petición Radicado No. 20137203115371.
  • Certificación Fiscalía Confesión Hecho Victimizante

NOTIFICACIONES

  • Dirección: Calle 138-50 Barrio Toledo Plata
  • Teléfono: 3205885112 - 3214290240

Cordialmente,

MONGUI FLOREZ DE URIBE

CC 27.747.425 de Lourdes

...

Descargar como (para miembros actualizados)  txt (3.4 Kb)   pdf (91.4 Kb)   docx (12.3 Kb)  
Leer 1 página más »
Disponible sólo en Clubensayos.com