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Las 12 Tablas Y El Digesto


Enviado por   •  18 de Octubre de 2012  •  1.785 Palabras (8 Páginas)  •  814 Visitas

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EL DIGESTO

Nombre tomado en tributo al anterior Digesto, que etimológicamente significa enciclopedia, compuesto por Juliano y está formada por una reunión de fragmentos procedentes de las obras de los grandes juristas, armonizando una edición oficial de los más selectos de la jurisprudencia romana.

Digesto:

Es una obra entra en vigor quince días después de su publicación. Su nombre viene dado en honor de Juliano, cuya obra más importante tomaba el mismo nombre (así mismo "Digesta" significa "fragmentos", "material fragmentado").

Después de haber publicado el Codex o Código, que luego formaría parte de la compilación de constituciones y jurisprudencia del derecho romano desde el emperador Adriano hasta su época, conocida como Corpus Iuris Civilis; Justiniano decidió reunir en una sola obra las sentencias de los jurisconsultos clásicos (iura), es decir que el Digesto es una recopilación de la jurisprudencia romana que servía en forma de "citas" a los juristas de la época.

El Digesto, es una de las cuatro colecciones en las que se contiene el Derecho Romano justinianeo, es una compilación de la jurisprudencia contenida en las obras de los principales jurisconsultos romanos, con predominio de textos procedentes de Paulo y Ulpiano. Consta de 50 libros divididos en títulos que se inician con una rúbrica. Cada fragmento que se inserta en los mismos viene identificado por el nombre del autor y la obra de donde se tomó. Su redacción se ordenó el 15 de diciembre del 530 y el 16 de diciembre del 533 se publicó bajo el gobierno del emperador del Imperio romano de Oriente Justiniano I (482-565).. El 15 de diciembre de 530 Justiniano encargó a Triboniano que seleccionara unos colaboradores que juzgara con la capacidad necesaria para acometer la abrumadora tarea de compilar con carácter oficial los precedentes jurisprudenciales que integraban el ius, pero que no estaban recogidos en leges. Para darle un carácter unitario se procedió también a ordenar y eliminar las repeticiones, y resolver los aspectos contradictorios de la ley existente e incluso variar el tenor literal de todos los documentos, si hacía

falta para lograrlo.

El Derecho de juristas recogido en el Digesto es el fruto de la aplicación profesional, y por su propia naturaleza es fragmentaria, por lo que resulta indudable el enorme esfuerzo que conllevó esta empresa, que además se caracterizó por la tremenda riqueza por su contenido, que todavía resulta actual. Los 50 libros de que consta se encuentran divididos en títulos, dentro de los cuales se incluyen los fragmentos, cada uno con la inscripción que indica el nombre del jurisconsulto, el número del libro y el título de la obra originaria de la que proceden, no contándose con una sistemática práctica en la ordenación interna de cada título.

Cabe señalar que el digesto esta dividido por Justiniano para servir a fines didácticos en 7 partes, siguiendo el esquema de los comentarios del edicto. Estas partes son:

Del libro 1 al 4: Principios generales sobre el derecho y la jurisdicción.

- Del libro 5 al 11: Doctrina general sobre las acciones de protección judicial de la propiedad y de los demás derechos reales.

- Del libro 12 al 19: De rebus, obligaciones y contratos.

- Del libro 20 al 27: Umbilicus, obligaciones y familia.

- Del libro 28 al 36: De testamentis et codicilis, herencia, legados y fideicomisos.

- Del libro 37 al 44: Herencia pretoriana y materias referentes a derechos reales, posesión y obligaciones.

- Del libro 45 al 50: Stipulatio, derecho penal, apellation, derecho municipal.

Ley de las 12 tablas

La Ley de las XII Tablas (lex duodecim tabularum o duodecim tabularum leges)

o Ley de igualdad romana fue un texto legal que contenía normas para regular la convivencia del pueblo romano. También recibió el nombre de ley decenviral. Por su contenido se dice que pertenece más al derecho privado que al derecho público. Fue el primer código de la Antigüedad que contuvo reglamentación sobre censura (pena de muerte por poemas satíricos). La ley se publicó al principio en doce tablas de madera y, posteriormente, en doce planchas de bronce que se expusieron en el foro. Debido a que no queda indicio alguno de su existencia, algún autor ha llegado a sugerir que no existieron.

Su desaparición puede explicarse por el saqueo que sufrió Roma hacia el año 390 a. C. por parte de los galos. Se cree que se destruyeron y, por algún motivo, no se reprodujeron con posterioridad. Esta última teoría parece estar apoyada por las abundantes referencias que de ellas hacen los autores antiguos.

El historiador Tito Livio dijo de ellas que eran la fuente de todo el derecho romano, tanto público como privado. Por su parte, el orador y abogado Cicerón afirmó que los niños aprendían su contenido de memoria.

Al estar las Leyes expuestas públicamente, estaban libres de malas interpretaciones de sus custodios. Pues parece que anteriormente los pocos que conocían las Leyes las interpretaban manipulándolas a su favor. Estas Leyes para todos (los ciudadanos) fueron las bases del Imperio Romano pues todos estaban bajo las mismas en cualquier rincón del Imperio.

Duodecim Tabularum, es el más antiguo código de Derecho romano. Fue redactado entre los años 451 y 450 a.C., y tomó como fuente el Derecho oral existente en aquel momento. Sus autores fueron 10 magistrados denominados decenviros, y se inscribió sobre tablas de bronce o madera que fueron colocadas en el principal foro romano.

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