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Las Acciones De La Ley


Enviado por   •  8 de Septiembre de 2014  •  414 Palabras (2 Páginas)  •  252 Visitas

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LAS ACCIONES DE LA LEY

El procedimiento de las legis actiones o acciones de la ley constituye la forma más antigua de enjuiciar y son el procedimiento propio de la éopoca arcaica, encontrándose recogido en la ley de las XII Tablas. Su vigencia va desde los orígenes de la civitas hasta la mitad del siglo II a. de C., momento en el cual fue sustituido por el procedimiento formulario o per formulas, que constituye la segunda fase histórica del ordo iudiciorum privatorum. Finalmente fueron abolidas durante el reinado de Augusto.

Las acciones son declaraciones solemnes o gestos rituales que el ordenamiento jurídico prescribe a los particulares para la defensa de sus derechos. La característica más esencial de este tipo procedimiento civil es pues la firme y estricta sujeción de la legis actio o acción de la ley a la forma predeterminada; una forma que se presenta ante todo rígida, solemne en extremo y empapada de rito. Tanto es así que el más mínimo error en su observancia implicaba la pérdida del pleito.

Las partes, presentes in iure, es decir, ante el magistrado, habían de hacer sus peticiones o declaraciones según las fórmulas que establecieran la costumbre y le ley, de forma simpre muy rigurosa.

Las acciones de la ley eran cinco:

• Legis actiones per sacramentum o acciones de la ley por apuesta sacramental;

• Legis actiones per iudicis postulationem o acciones de la ley por petición de juez;

• Legis actiones per condictionem o acciones de la ley por emplazamiento;

• Legis actiones per manus iniectionem o acciones de la ley por imposición de la mano;

• Legis actiones per pignoris capionem o acciones de la ley por toma de prenda.

Las tres primeras acciones (per sacramentum, per iudicis postulationem y per condictionem) son declarativas, es decir, se dirigen al procedimiento de cognición: la declaración o transformación de derechos puestos en tela de juicio por medio de una sentencia del juez. Las acciones per manus iniectionem y per pignoris capionem son ejecutivas; van encaminadas a un procedimiento de ejecución, es decir, el empleado en caso de que el vencido o condenado no acepte libremente el cumplimiento de la sentencia.

Acciones declarativas o encaminadas a la cognición:

Acción per sacramentum o por apuesta sacramental:

Esta acción toma su nombre de la apuesta que celebraban las partes tras haber realizado sus alegaciones in iure y que tiene valor de un verdadero juramento de carácter sagrado -sacramentum-. Las apuestas se depositaba in sacro, recuperando la suya la parte victoriosa además del objeto causante del litigio, y pasando a propiedad

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