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Las Cosas Q Pasan


Enviado por   •  12 de Octubre de 2014  •  1.105 Palabras (5 Páginas)  •  157 Visitas

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Constitución de la República Bolivariana de Venezuela De 1999 Art. 79 130 y 322.

Artículo 79. Los jóvenes y las jóvenes tienen el derecho y el deber de ser sujetos activos del proceso de desarrollo. El Estado, con la participación solidaria de las familias y la sociedad, creará oportunidades para estimular su tránsito productivo hacia la vida adulta y, en particular, para la capacitación y el acceso al primer empleo, de conformidad con la ley.

Articulo Nº 102: la educación es un derecho humano y un deber social fundamental, es democrática, gratuita y obligatoria. El estado la asumirá como función indeclinable y de máximo interés en todos sus niveles y modalidades, y como instrumento desconocimiento científico, humanístico y tecnológico al servicio de la sociedad.

Articulo Nº 103: toda persona tiene derecho a una educación integral, de calidad, permanente, en igualdad de condiciones y oportunidades, sin más limitaciones que las derivadas de sus aptitudes, vocación y aspiraciones.

Articulo Nº 130: “los venezolanos y venezolanas tienen el deber de honrar y defender a la patria, sus símbolos, valores culturales, resguardar y proteger la soberanía, la nacionalidad, la integridad territorial, l autodeterminación y los intereses de la Nación.

Artículo 322. La seguridad de la Nación es competencia esencial y responsabilidad del Estado, fundamentada en el desarrollo integral de ésta y su defensa es responsabilidad de los venezolanos y venezolanas; también de las personas naturales y jurídicas, tanto de derecho público como de derecho privado, que se encuentren en el espacio geográfico nacional.

Ley organica de educación

Articulo Nº 3: la educación tiene como finalidad fundamental el pleno desarrolló de la personalidad y el logro d un hombre son, culto, critico y apto para convivir en una sociedad democrática, justa y libre, basada en la familia como célula fundamental y en la valorización del trabajo; capaz de participara activa, consciente y solidariamente en los procesos de transformación social; consustanciados con los valores de la Identidad Nacional y con la comprensión, tolerancia, la convivencia y las actitudes q favorezcan el fortalecimiento de la paz entre las naciones y los vínculos de integración y solidaridad latinoamericana.

La educación fomentara el desarrollo de una conciencia ciudadana para la conservación, defensa y mejoramiento del ambiente, calidad de vida y del uso racional del los recursos naturales; y contribuirá a la formación y capacitación de los equipos humanos necesarios para el desarrollo y la promoción de los esfuerzos creadores del pueblo venezolano hacia el logro de su desarrollo integral, autónomo e independiente.

Articulo Nº 23: la educación media diversificada y profesional tendrá una duración no menor de dos años. Su objetivos es continuar el proceso formativo del alumno iniciado en los niveles precedentes, ampliar el desarrollo integral del educando y su formación cultural; ofrecerle oportunidades para que defina su campo de estudio y de trabajo, brindarle una capacitación científica, humanística y técnica que permita incorporarse al trabajo productivo y orientarlo para su prosecución de estudios en el nivel de educación superior.

Artículo 33. La educación especial estará orientada hacia el logro del máximo desarrollo del individuo con necesidades especiales, apoyándose más en sus posibilidades que en sus limitaciones y proporcionará la adquisición de habilidades y destrezas que le capaciten para alcanzar la realización de sí mismo y la independencia personal, facilitando su incorporación a la vida de la comunidad y su contribución al progreso general del país.

Ley

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