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Las Garantias


Enviado por   •  24 de Enero de 2012  •  2.047 Palabras (9 Páginas)  •  324 Visitas

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REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

MINISTERIO DEL PODER POPULAR PARA LA EDUCACION SUPERIOR

UNIVERIDAD BICENTENARIA DE ARAGUA

NUCLEO PUERTO ORDAZ

CATEDRA CONTRATOS Y GARANTIAS

LAS GARANTIAS

PROFESOR: DANIEL RUIZ

ALUMNO:

DAVID COELLO CI. 19419694

PUERTO ORDAZ ENEREO DE 2012

INTRODUCCION

El patrimonio es la prenda común de los acreedores, esta garantía colectiva por sí misma es insuficiente para asegurar el cobro de sus créditos.

El deudor tanto puede contraer nuevas obligaciones como enajenar o gravar los bienes, convirtiendo con ello ilusorio los derechos del acreedor.

En virtud del principio de pars conditio creditorum, todos concurren en un pie de igualdad para hacer efectivos sus créditos, salvo que la ley, excepcionalmente, los haya munido de privilegio. Para evitar tales riesgos el legislador ha ideado seguridades o garantías, las que pueden ser de dos clases: personales o reales. En las personales el deudor se suma a otro deudor, a la par del originario o en subsidio. Ejemplo: fianza y el aval.

Dicha seguridad no es absoluta, porque el peligro de caer en insolvencia se extiende al otro deudor.

En las garantías reales, una o varias cosas de propiedad del deudor quedan afectadas en forma especial para asegurar el cumplimiento de la obligación así garantizada. Esas cosas son gravadas con derechos reales a favor del acreedor. Ejemplo: hipoteca, la prenda, la anticresis.

Con esto se disminuye notoriamente el riesgo que el que dejan subsistente las garantías personales.

Las Garantias

En términos generales, por garantía se refiere a la acción que una persona, una empresa o comercio despliegan con el objeto de afianzar aquello que se haya estipulado, es decir, a través de la concreción o presentación de una garantía, lo que se pretenderá hacer es dotar de una mayor seguridad al cumplimiento de una obligación o al pago de una deuda, según corresponda.

Dicho de otro modo Una garantía es un negocio jurídico mediante el cual se pretende dotar de una mayor seguridad al cumplimiento de una obligación o pago de una deuda.

Porque por ejemplo, para los consumidores, resultará de gran importancia saber que si compra tal o cual producto en un determinado comercio, este le ofrezca la garantía de que en caso de que al poco tiempo de adquirido un producto o servicio, generalmente el plazo suele oscilar entre los seis meses y el año, si el mismo presentare algún tipo de inconveniente en lo que respecta a su correcto funcionamiento, inmediatamente, la empresa se hará cargo de su arreglo para que vuelva a funcionar tal como se lo compró, o en su defecto del reemplazo del mismo producto o servicio, si es que no hubiere en stock, por ejemplo.

Esta garantía se hace efectiva y manifiesta a través de un papel de la empresa fabricante o comercializadora, en el cual se dejará constancia del lapso de tiempo que cubre la garantía y la fecha en la cual fue adquirido el producto. Por supuesto, una vez pasado ese lapso, si hubiere algún inconveniente con la compra ya no corresponderá a quien vendió el producto reemplazarlo o arreglarlo, sino al consumidor.

En tanto, la mayoría de las legislaciones de Defensa del consumidor contemplan un doble régimen de garantías, uno denominado contractual o voluntario, que es justamente el que describíamos más arriba y el otro tipo llamado legal, que, a grandes rasgos, dispone que todos los compradores de cosas que no se consumen en su primer uso, por ejemplo, relojes, computadoras, electrodomésticos, automóviles, entre otros, gozarán de una garantía legal, generalmente de tres meses mínimo, en caso que surjan desperfectos técnicos o vicios que afecten el correcto funcionamiento del bien adquirido.

En el caso que por ejemplo una empresa no quisiese responder ante una situación como la descripta, el consumidor deberá recurrir a la asesoría de la Oficina nacional de Defensa del Consumidor, la cual le brindará las herramientas para que pueda reclamar más firmemente.

También, cuando una persona necesita alquilar un inmueble, entre las condiciones que se le exigen se cuenta la presentación de una garantía, la cual estará representada por ejemplo por el título de propiedad que le facilita un conocido, amigo o familiar.

Características:

Seguridad para el acreedor.

Reipersecutoriedad (perseguir el objeto). El acreedor puede ejecutar sobre el bien allí donde se encuentre (sea quien sea el titular del bien)

Accesoriedad. Siempre es accesoria de la obligación que es la que se garantiza.

Individualidad. El derecho real se mantiene idéntico hasta que se pague el total.

Realización del valor. Hay un pacto que esta prohibido es el llamado "pacto comisorio" dice: Si el deudor deja de pagar, el acreedor no se puede quedar con el bien, tiene que pagar la deuda con el valor de la venta, pero nunca podrá quedarse con el bien.

Derecho preferente. El crédito garantizado tiene preferencia, o sea es el primero que va a cobrar.

La especialidad. Recae sobre bienes concretos. No puede haber una garantía sobre todos los bienes, hay que especificarlo.

Clasificacion de las garantias:

Garantias reales: son aquellas que se basan en bienes tangibles, y en las que bienes determinados quedan afectos expresamente al buen fin de la operación. En las mismas el sujeto del crédito otorga en garantía determinados bienes para responder por la obligación contraída.

Efectos de las garantías reales

El efecto fundamental de las garantías reales es el de transformar a los acreedores garantizados en acreedores preferenciales. En tal sentido, satisfacen su crédito

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