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Legislacion Actualidad


Enviado por   •  30 de Abril de 2015  •  690 Palabras (3 Páginas)  •  126 Visitas

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Naturaleza jurídica de la historia clínica

Sea entonces lo primero mencionar que, de conformidad

con el artículo 34 de la ley 23 de 19811,por medio

de la cual se dictan normas en materia de ética médica,

la historia clínica es el registro obligatorio de las condiciones

de salud del paciente, estableciéndose con absoluta

claridad en este artículo que la historia clínica es un documento

privado y que está sometido a reserva. En esta

definición encontramos el punto de partida de nuestro

análisis, que será precisamente el relativo a la definición

de la naturaleza del documento que es la historia clínica.

Así las cosas, encontramos que para algunas personas

la historia clínica puede comportar una dualidad jurídica

en su naturaleza, ser considerada en algunas ocasiones

un documento privado y en otras uno público, contradicción

que radicalmente rechazamos por resultar sin lugar a

dudas ilógica, además, de las consecuencias jurídicas que

se derivan de tal dicotomía.

Resulta entonces inverosímil que se pueda concebir

que un mismo documento como la historia clínica pueda

llegar a tener doble naturaleza jurídica. Para desvirtuar

esta posición, es importante plantear a continuación

un caso sobre el particular: en un momento dado, al ser

atendido un paciente por un profesional de la salud en

una Clínica particular, donde la historia clínica que se le

realice es sin lugar a dudas un documento privado, y no

obstante, posteriormente, el paciente deba ser remitido a

una institución hospitalaria de mayor nivel por requerirse

un tratamiento especializado, para este caso en una entidad

pública, donde quien atiende ahora al paciente tiene

la calidad de servidor público. Esto nos obligaría a preguntarnos

si con dicho traslado del paciente la historia clínica

puede sufrir misteriosamente un cambio en su naturaleza

y, para el caso que nos ocupa, en adelante considerarse

como documento público, ante lo que debemos responder

en voz alta que dicha trasformación de la naturaleza jurídica

del documento es desde todo punto de vista inaceptable,

pues independientemente de donde sea atendido el

paciente siempre será un documento privado, en atención

a lo dispuesto en la legislación vigente sobre la materia.

De esta manera, consideramos que en forma errada

interpretan quienes consideran que la historia clínica

puede ser considerada como un documento público, en

los eventos en que ésta es diligenciada por profesionales

de la salud en ejercicio de sus funciones como servidores

públicos, al encontrarse vinculados a instituciones

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