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Legislacion Laboral


Enviado por   •  5 de Octubre de 2013  •  1.513 Palabras (7 Páginas)  •  217 Visitas

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LEGISLACIÓN LABORAL

TRABAJO COLABORATIVO 1

ALEXANDRA PÉREZ CASTILLO

102031_59

UNIVERSIDAD NACIONAL ABIERTA Y A DISTANCIA

CIENCIAS ADMINISTRATIVAS (ECACEN)

MARIQUITA, TOLIMA

2010

LEGISLACIÓN LABORAL

TRABAJO COLABORATIVO 1

ALEXANDRA PÉREZ CASTILLO

102031_59

Tutor: NUBIA PRICILA CARDENAS RODRIGUEZ

UNIVERSIDAD NACIONAL ABIERTA Y A DISTANCIA

CIENCIAS ADMINISTRATIVAS (ECACEN)

MARIQUITA, TOLIMA

2010

INTRODUCCIÓN

El siguiente trabajo nos permitirá profundizar nuestros conocimientos en cuanto a legislación laboral se refiere, tratando temas como los diferentes tipos de contratación, la indemnización por despido sin justa causa, entre otros, que son de gran importancia para nuestro desempeño futuro.

LEGISLACIÓN LABORAL

TRABAJO COLABORATIVO

1. Definición y utilidad de:

 Contrato Laboral: El contrato laboral es un acuerdo entre el empresario y el trabajador en el que se detallan las condiciones en las que el trabajador se compromete a realizar un determinado trabajo, que será remunerado por el empresario y se realizara bajo su dirección. Este contrato puede ser oral o escrito.

El contrato laboral es una protección legal para el empleado, por su condición desmedrada frente al empleador.

 Contrato Bilateral: Es un contrato que genera obligaciones reciprocas para ambas partes contratantes, las cuales deben cumplir los términos estipulados.

Permite establecer las condiciones bajo las cuales las dos partes se comprometen a cumplir lo pactado.

 Contrato Oneroso: Es un contrato en el que existen beneficios y gravámenes recíprocos, en este hay un sacrificio equivalente que realizan las partes.

 Contrato Sinalagmático: Es el mismo contrato bilateral, en el que se genera obligaciones reciprocas para ambas partes contratantes.

 Contrato de tracto sucesivo: Son aquellos que se cumplen en el mismo momento en el que se celebran, es decir su cumplimiento se lleva a cabo en u solo acto.

 Contrato Nominado: Es un contrato que se encuentra previsto y regulado por la ley. Por ello en ausencia de acuerdo entre las partes, existen normas dispositivas a que las que acudir.

 Contrato de Prestación de Servicios: En este contrato la obligación es de hacer algo, más no cumplir un horario ni de tener una subordinación permanente, sin embargo genera remuneración. Este contrato puede ser comercial o civil.

 Contrato de Labor u Obra Contratada: Este contrato se firma por el tiempo que dure una obra o labor determinada e implica que la relación laboral termina una vez finalice la obra para la cual se hizo el contrato.

Sin importar la duración de la obra la empresa debe pagar todos los conceptos propios de un contrato de trabajo.

 Contrato de Mano Alzada: Es aquel en el que un contratista se obliga frente al cliente o contratante a cambio de un precio a concebir, construir y poner en funcionamiento una obra o proyecto determinado.

 Contrato de Administración Delegada: Son aquellos en el que el contratista en el que el contratista, por cuenta y riesgo del contratante, se encarga de la ejecución del objeto del convenio. El contratista es el único responsable de los subcontratos que realice.

Lo anterior conlleva que el contratista preste un servicio al contratante, que consiste en encargarse de la ejecución del objeto del convenio, el cual se encuentra gravado con el impuesto sobre venta al no hallarse comprendido dentro de los servicios exceptuados del gravamen.

 Salario: El salario es todo lo que recibe el trabajador en dinero, de mano de su empleador, como contraprestación directa de su servicio. El salario es el elemento principal en la negociación de un contrato de trabajo.

Estos pagos no solo incluyen los ingresos por hora, día o semana trabajada de los trabajadores manuales, sino también los ingresos semanales, mensuales o anuales de los profesionales y los gestores de las empresas.

2. ¿Que tipo de contratos requieren de una indemnización por despido sin justa causa?

• Contrato a termino fijo

• Contrato por duración de obra o labor

• Contrato a termino indefinido

3. Como se liquida la indemnización por despido sin justa causa en los siguientes contratos.

 Contrato a termino fijo

La indemnización es igual a los salarios correspondientes al tiempo que falte para que se cumpla el término del contrato.

 Por duración de obra o labor

Igual al valor de lo salarios correspondientes al tiempo que falte para la terminación de la labor contratada pero este no puede ser inferior a quince días.

 Indemnización de contratos a termino indefinido

A término indefinido con menos de 10 SMMLV como salario. El valor de la indemnización es de 30 días de salario.

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