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Legislación Laboral


Enviado por   •  18 de Septiembre de 2013  •  886 Palabras (4 Páginas)  •  211 Visitas

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TALLER

1. Un trabajador que devenga un salario mínimo, laboró seis (6) horas extras nocturnas. ¿A que tiene derecho?

RTA/ el trabajador tiene derecho a que se le paguen las horas extras con recargo nocturno que es el valor de la hora x 1.75 o el valor de la hora más el 75% entonces el valor seria:

589.500(Salario) ÷30(días) ÷8(horas ordinarias)= 2.456 (valor hora ordinaria)

2.456 (valor hora ordinaria) X 1.75% = 4.298 (valor hora extra nocturna)

Como son 6 horas son 4.298 X 6 = 25.788 (valor extra que se le debe pagar al trabajador)

2. ¿Cuáles son los requisitos que se deben cumplir para acceder al subsidio al desempleo y ante quien lo puedo solicitar?

RTA/ los requisitos que se deben cumplir varían de acuerdo si está vinculado a la caja de compensación o no:

Desempleados con vinculación anterior a cualquier Caja de Compensación Desempleados sin vinculación anterior a Caja de Compensación:

Ser Jefe Cabeza de Hogar desempleado y con personas a cargo (hijos, padres o cónyuge).

• Ser Jefe Cabeza de Hogar desempleado y con personas a cargo (hijos, padres o cónyuge).

• No estar afiliado a ninguna EPS ni Caja de Compensación ni como cotizante ni como beneficiario.

• Haber estado afiliado a alguna Caja de Compensación, mínimo 12 meses continuos o discontinuos, dentro de los 3 años anteriores a la postulación.

• No tener contrato de trabajo vigente.

• Carecer de ingreso económico (ni el postulante ni las personas a cargo).

• No haber sido beneficiario de este subsidio anteriormente (ni el postulante ni las personas a cargo.)

• No estar afiliado a ninguna EPS ni Caja de Compensación ni como cotizante ni como beneficiario.

• No tener contrato de trabajo vigente.

• Carecer de ingreso económico (ni el postulante ni las personas a cargo).

• No haber sido beneficiario de este subsidio anteriormente (ni el postulante ni las personas a cargo.)

3. ¿Cuáles son las conductas que constituyen acoso laboral?

RTA/ según el artículo 7 de la ley 1010 las conductas que constituyen acoso laboral son:

• Los actos de agresión física, independientemente de sus consecuencias;

• Las expresiones injuriosas o ultrajantes sobre la persona, con utilización de palabras soeces o con alusión a la raza, el género, el origen familiar o nacional, la preferencia política o el estatus social

• Los comentarios hostiles y humillantes de descalificación profesional expresados en presencia de los compañeros de trabajo

• Las injustificadas amenazas de despido expresadas en presencia de los compañeros de trabajo

• Las múltiples denuncias disciplinarias de cualquiera de los sujetos activos del acoso, cuya temeridad quede demostrada por el resultado de los respectivos procesos disciplinarios

• La descalificación humillante y en presencia de los compañeros de trabajo de las propuestas u opiniones de trabajo

• las burlas sobre la apariencia física o la forma de vestir, formuladas en público

• La alusión pública a hechos pertenecientes a la intimidad de la persona;

• La imposición de deberes ostensiblemente extraños a las obligaciones laborales, las exigencias abiertamente desproporcionadas sobre el cumplimiento de la labor

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