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Legislacion


Enviado por   •  24 de Julio de 2014  •  1.799 Palabras (8 Páginas)  •  213 Visitas

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INTRODUCCION

El presente informe tiene como objetivo desarrollar un pequeño ensayo para conocer todo lo referente sobre la ley de INPREMA, afín de practicar los conocimientos adquiridos en la asignatura de Legislación Educativa. Considerando la importancia de los diferentes sectores laborales en un país y el desenvolver de los mismos como factores determinantes en el desarrollo de toda nación. Surgen los tratados, convenios, leyes, reglamentos, organizaciones gremiales y en algunos países hasta sindicatos a fin de proveer respeto a los derechos de los profesionales y abrir un abanico de oportunidades seguras a los diferentes ciudadanos, promoviendo así el trabajo.

Honduras no es la excepción, pues como sabemos internamente se integra por varios organismos que en su mayoría son regidos por sus propias leyes y reglamentos a fin de lograr la estabilidad de los mismos; uno de esos sectores organizados es el sector magisterial, el cual desde 1970 creo su ley y reglamento de previsión.

Dicha ley, con el transcurrir del tiempo ha ido requiriendo algunos cambios o reformas que la adapten a los evolutivos procesos de la sociedad tanto económica, social y laboral. Sin embargo en la actualidad la Ley del Instituto Nacional de Previsión del Magisterio (INPREMA) ha sido objeto de cambios bruscos, reformas que trastocan los puntos elementales del futuro previsorios de los afiliados, creando entre el gobierno y el magisterio un ambiente tenso de críticas, confrontaciones y hasta impugnaciones.

LEY DEL INSTITUTO NACIONAL DE PREVISION DEL MAGISTERIO (INPREMA)

Ley es una norma jurídica dictada por una autoridad pública competente, en general, es una función que recae sobre los legisladores de los congresos nacionales de los países, previo debate de los alcances y el texto que impulsa la misma y que deberá observar un incumplimiento obligatorio por parte de los ciudadanos, sin excepción de una nación porque de la observación de estas dependerá que un país no termine convertido en una anarquía o caos.

La Ley es la fuente primera y fundamental del derecho; su preponderancia es especialmente notable en el derecho civil.

Es tan impresionante ver el cambio que ha tenido la ley de INPREMA en consideración con la actual, ya que esta nueva actual ley no contempla apoyo para con los docentes, es más se ha convertido en una organización privada que da servicios pagados a los docentes, creemos que esto está muy mal y más con que lo que los administradores hacen es robarle a todos los maestros, a parte los beneficios que brinda la institución podrían encontrarlas fuera de ella pero aparte es obligatorio que cada docente se afilie a este y pague un porcentaje a un servicio que no será usado.

Desde un punto de vista material ley es toda regla social obligatoria, emanada de autoridad competente. Por lo cual no solo son leyes los que dicta el poder legislativo sino también la constitución, los decretos, las ordenanzas municipales. Desde el punto de vista formal se llama ley a toda disposición sancionada por el poder legislativo, de acuerdo con el mecanismo constitucional.

El Instituto Nacional de Previsión del magisterio (INPREMA) se crea bajo decreto 1026 el 15 de julio de 1980 con el objetivo de atender en debidas formas los beneficios que contempla la ley de su creación: jubilación y pensión de aquellos maestros y maestras que reúnan los requisitos legales.

El instituto surge como consecuencia de la primera ley del INPREMA, la cual fue creada mediante el decreto # 84, el 10 de diciembre de 1970, llamándose Ley de Jubilaciones y Pensiones del Magisterio Nacional; velando por asegurar el futuro provisorio de los maestros hondureños después de ejercida su trayectoria en la docencia nacional, orientando el fomento de la calidad de vida futura del docente que ha cumplido los requisitos que la misma ley instituye.

Esta ley es un motivo de análisis profundo, debido a que los objetivos básicos de la ley se disipan a través de la disminución de los derechos de quienes sostienen el proceso de previsión social.

En la nueva ley el sistema de previsión se vuelve más rígido, orientado a la pérdida de derechos adquiridos como ser: los beneficios de separación por muerte y el cálculo de jubilación que ahora se hace bajo nuevas fórmulas actuariales, lo cual conlleva a la disminución del otorgamiento de beneficios relativos a la participación en el sistema.

En dicha ley el INPREMA concede además a sus afiliados dos servicios importantes que son: Los préstamos personales y los préstamos hipotecarios, que aún no son obligatorios, se han constituido en una parte importante del accionar del instituto y además proveen parte de los fondos necesarios para atender las obligaciones institucionales y garantizar las reservas actuariales necesarias para cubrir los beneficios a futuro.

Por otro lado la reglamentación de esta ley, perfila al docente en la actualidad de manera excluyente donde solamente beneficia a sectores de la familia, excluyendo de derechos a otra gran parte de los beneficiarios directos, volviéndose inhumanos al limitar el derecho de beneficios a los declarados beneficiarios, demerita el accionar docente al ver al participante tras extractos físicos que tras la carga laboral, demanda mayores condiciones para el retiro voluntario de una vejez.

Esta Ley garantiza que se podrá continuar pagando las jubilaciones a los actuales y futuros cotizantes y establece una nueva Junta Directiva de Especialistas en finanzas y sistemas actuariales para el INPREMA, que sea capaz y seleccionada mediante concurso público transparente, sin sesgos políticos gremiales

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