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Legislacion


Enviado por   •  12 de Agosto de 2014  •  2.029 Palabras (9 Páginas)  •  148 Visitas

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Legislación internacional

1. Convención sobre la plataforma continental, Ginebra, 1958:

La Convención del Mar es, en esencia, una importante compilación de normas sobre las diferentes cuestiones relacionadas con el uso y aprovechamiento del Mar y sus valiosos recursos, tanto vivos como no vivos. Contiene previsiones sobre navegación de superficie y submarina, tendido de tuberías submarinas, exploración y explotación de toda clase de recursos, pesca, conservación racional y utilización de especies, investigación científica, preservación del medio marino, etc. Uno de los aspectos tal vez de mayor importancia de esta Convención, lo constituye el hecho de definir y reglamentar los siete espacios marinos.

2. Convenio internacional sobre responsabilidad por daños causados por la contaminación de aguas del mar con hidrocarburos (1969) y protocolo "CLC 69/76 (1976):

Este Convenio fue adoptado por la OMI a raíz del desastre del "Torrey Canyon"( fue el primero de los grandes superpetroleros, capaz de transportar una carga de 120.000 toneladas de petróleo, y que se hundió en el sur de la costa de Inglaterra en 1967, provocando un desastre ecológico). Este convenio otorga a las partes a tomar en altamar medidas para prevenir, mitigar o eliminar peligros graves o inminentes contra su litoral o interés conexos, debido a la contaminación por hidrocarburo o amenazas en tal sentido, a consecuencia de un accidente marítimo al que sean atribuibles consecuencias desastrosas de gran magnitud. Permitiendo después reclamar el resarcimiento de los daños mediante la constitución de una “comisión de conciliación” y en segunda instancia, arbitraje. Entró en vigor en 1975 y, mediante un Protocolo adoptado en 1983, fue ampliado para que abarcara otras sustancias potencialmente peligrosas, como los productos químicos.

3. Convenio para la protección del patrimonio mundial, cultural y natural. París, 1972.

El patrimonio cultural y el patrimonio natural están cada vez más amenazados de destrucción, no solo por las causas tradicionales de deterioro sino también por la evolución de la vida social y económica que las agrava con fenómenos de alteración o de destrucción aun más terrible. Por lo cual fue indispensable adoptar para ello, una disposición de convenciones que establezcan un sistema eficaz de protección colectiva del patrimonio cultural y natural de valor excepcional organizado de manera permanente y según métodos científicos y modernos.

4. Protocolo relativo a la contaminación del mar (MARPOL) por buques 1978.

El Convenio Internacional para prevenir la contaminación por los Buques o MARPOL 73/78 es un conjunto de normativas internacionales con el objetivo de prevenir la contaminación por los buques. Fue desarrollado por la Organización Marítima Internacional (OMI), organismo especializado de la ONU. El convenio MARPOL 73/78 (abreviación de polución marina y años 1973 y 1978) se aprobó inicialmente en 1973, pero nunca entró en vigor. La matriz principal de la versión actual es la modificación mediante el Protocolo de 1978 y ha sido modificada desde entonces por numeras correcciones. Entró en vigor el 2 de octubre de 1983. Actualmente 119 países lo han ratificado.Su objetivo es preservar el ambiente marino mediante la completa eliminación de la polución por hidrocarburos y otras sustancias dañinas, así como la minimización de las posibles descargas accidentales.

5. Convenio sobre el comercio internacional de especies amenazadas: fauna y flora silvestre. Washington, 1973:

El objetivo de este convenio es proteger todas las especies, que si bien en la actualidad algunas no se encuentran en peligro de extinción, podrían en algún momento a llegar a estar en ese estado, la única forma de tratar de minimizar este impacto es que el comercio de estas especies este sujeto a reglamentaciones estrictas con el fin de no afectar su supervivencia.

6. Convenio Internacional para prevenir la contaminación por buques, 1973.

El gran desarrollo del transporte marítimo de hidrocarburos y el considerable aumento en las dimensiones de los buques tanque que se produjo en la década del 60, así como el incremento del transporte de productos químicos por vía marítima y la creciente preocupación por el medio ambiente en general, hicieron ver a muchos países que, pese a las varias enmiendas adoptadas, el Convenio de 1954 de neto corte prohibitivo, había quedado desactualizado. Los motivos mencionados y el recuerdo del naufragio del Torrey Canyon ocurrido dos años antes, hizo que la Asamblea de la OMI de 1969 decidiera convocar una conferencia internacional que se celebró en Londres en 1973, con el objeto de adoptar un convenio totalmente nuevo. El Convenio que adoptó dicha Conferencia es el más ambicioso de los tratados internacionales jamás concebidos en materia de contaminación del mar. A diferencia del OILPOL 54, no se ocupa sólo de los hidrocarburos sino que incluye normas sobre otras sustancias contaminantes transportadas o producidas por los buques.

7. Protocolo relativo a la contaminación del mar (MARPOL) por buques 1978.

Su objetivo es preservar el ambiente marino mediante la completa eliminación de la polución por hidrocarburos y otras sustancias dañinas, así como la minimización de las posibles descargas accidentales.

8. Convenio sobre la constitución de un fondo internacional de indemnización de daños causados por la contaminación del mar con hidrocarburos (1971) y su protocolo "El Fondo 71/76" (1976).

El objetivo es crear una especie de compañía de seguros mutual para accidentes de contaminación por hidrocarburos establecida por los Gobiernos pero financiada por sus intereses petroleros. Contiene disposiciones acerca del pago de contribuciones, el ámbito geográfico, los hidrocarburos comprendidos y las excepciones para el pago de indemnizaciones. Indemnizar a las víctimas por derrames de hidrocarburos pesados procedentes de buques tanque cuando la indemnización otorgada por el propietario del buque es insuficiente. El Convenio original fue expedido en el año de 1971, tuvo un Protocolo en 1976 relativo a la unificación de la unidad de cuenta, cambiando los valores en Derechos Especiales de Giro – DEG y posteriormente, el Convenio tuvo una modificación sustancial en el año de 1992, relativa a la extensión del ámbito geográfico hasta las 200 millas marinas, el monto de la indemnización, y la amplitud de cubrimiento a buques tanque sin carga. El Convenio de 1971 con el Protocolo de 1976 entró en vigor para el Estado colombiano el 11 de junio

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