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Ley de coordinacion fiscal.


Enviado por   •  4 de Octubre de 2016  •  Tutoriales  •  898 Palabras (4 Páginas)  •  111 Visitas

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LEY DE COORDINACION FISCAL

El gobierno para llevar acabo sus funciones de bienestar social, necesita de financiamiento y la forma de obtenerlos es por medio de aportaciones obligatorias por parte de los miembros de la sociedad.

En el ámbito de la administración pública, la coordinación fiscal constituye uno de los elementos fundamentales en la distribución del ingreso, en los tres ámbitos de gobierno: federación, estados y municipios, lo que hace posible la justicia distributiva del ingreso publico.

Los recursos transferidos de la federación hacia Estados y Municipios han sido de vital importancia  en la conformación de las haciendas estatales y municipales.

Tradicionalmente  las transferencias federales han representado  la principal fuente de recursos con que  las entidades federativas y municipios cuentan para su desarrollo y financiamiento, asimismo se han convertido en el centro del debate actual sobre el fortalecimiento y la autonomía hacendaria de los municipios.

el sistema federal de participaciones lo conforma el ramo 28, es decir participaciones a estados y municipios son recursos que la federación transfiere a las haciendas publicas de los estados, municipios, por haberse adherido al sistema nacional de coordinación fiscal, su aplicación no esta condicionada, es libre y su destino no es especifico.

El monto de los recursos por participaciones proviene de la Recaudación Federal Participable que esta constituida por todos los impuestos que se recaudan a nivel federal, así como por los derechos sobre la extracción de petróleo y minería

Las participaciones federales a municipios están constituidas por dos fondos principales: Fondo General de Participaciones y  Fondo de Fomento Municipal. Del primer fondo, se le destinan a los municipios al menos el 20 por ciento de los recursos transferidos a los estados también por dicho fondo; el segundo fondo  se conforma con el 16.8 por ciento del 1 por ciento de la recaudación federal participable y se distribuye a los municipios a través de los estados garantizando que las cantidades no sean menores a lo recaudado localmente por impuesto predial y por derechos

Debido a que existen estos ámbitos de gobierno es necesario que surjan las relaciones entre los mismos estableciendo un sistema armónico e integrador dentro de las relaciones fiscales estableciendo un sistema de coordinación fiscal es decir cuyo propósito es el de fortalecer las haciendas publicas y unir a los estados mediante un convenio general en el que éstos se comprometen a suspender, diversos impuestos y derechos estatales y municipales a cambio de percibir parte de los ingresos federales.

Todos los estados serán parte de la riqueza del país para su propio desarrollo.

Las entidades deberán suscribir tal convenio de adhesión, ene l que se establece que las entidades suspenderán los gravámenes para tener derecho al goce de los fondos participables.

A su vez se necesitara de la creación de organismos que ayuden a la realización de los objetivos del sistema nacional de coordinación fiscal, que se integra con los representantes de las haciendas públicas del Gobierno Federal y de cada una de las 32 Entidades Federativas que vigilaran y perfeccionaran el buen cumplimiento del sistema, siendo organismos de apoyo: como lo son  reunión nacional de funcionarios fiscales, aprobar los reglamentos de funcionamiento, establecer las aportaciones ordinarias y extraordinarias, proponer medidas para actualizar o mejorar el sistema nacional de coordinación fiscal; comisión permanente de funcionarios fiscales,  preparar la reunión nacional y establecer los asuntos de que deba ocuparse, preparar los proyectos de distribución  de aportaciones ordinarias y extraordinarias, vigilar la creación e incremento de los fondos señalados en la ley de coordinación fiscal, su distribución entre las entidades; junta de coordinación fiscal, será quien dictamine sobre el recurso de inconformidad que presenten los particulares ante la shcp, para que, en su caso, emita resolución para la reparación patrimonial de las personas afectadas por violaciones al sistema nacional de coordinación fiscal.; instituto para el desarrollo técnico de las haciendas públicas (indetec), cuyas funciones son la realización de tareas como el apoyo en materia de capacitación, asesoría y consultoría técnica; en la realización de estudios e investigaciones fiscales; informar y difundir todo lo relacionado con la fiscalización.

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