LEY DE COORDINACION FISCAL
cocodb25 de Mayo de 2013
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1.1 El Federalismo Mexicano.
El sistema federal mexicano fue adoptado por primera vez en México en el año 1824, donde la CPEUM establecía la adopción de la república representativa popular federal ; lo que se busca con esto es un sistema político en el cual las funciones del gobierno están repartidas entre un poder central y un grupo de estados asociados
De acuerdo a la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos la soberanía nacional reside esencial y originariamente en el pueblo. Todo poder público proviene del pueblo y se instituye para beneficio de éste y éste, tiene en todo tiempo el inalienable derecho de alterar o modificar la forma de su gobierno, así mismo tienen el derecho de constituirse en una República representativa, democrática, federal, compuesta de Estados libres y soberanos en todo lo concerniente a su régimen interior; pero unidos en una federación establecida según los principios de esta ley fundamental. El pueblo ejerce su soberanía por medio de los Poderes de la Unión, en los casos de la competencia de éstos, y por los de los Estados, en lo que toca a sus regímenes interiores, en los términos respectivamente establecidos por la presente Constitución Federal y las particulares de los Estados, las que en ningún caso podrán contravenir las estipulaciones del Pacto Federal.
La constitución general establece tres órdenes de gobierno:
a) Federal
b) De las entidades federativas
c) El municipal.
Por lo que coexisten tres ámbitos de acción, organización y competencia administrativa y política y asigna facultades y atribuciones y los mecanismos de coordinación para alcanzar la unidad política en cuanto a estado-nación y el control judicial de las leyes, los estados de la federación gozan de soberanía, siempre y cuando no contravengan lo dispuesto por la norma fundamental.
Las entidades federativas tienen la obligación de cumplir y hacer cumplir las leyes federales para la distribución de la potestad tributaria conforme lo determina la jurisprudencia de la SCJN.
La SHCP organiza en México la Ley de Coordinación Fiscal la cual es la espina dorsal del federalismo mexicano pues busca coordinar el sistema fiscal de la federación con los de los Estados, municipios y Distritito Federal, así como establecer la participación que corresponda a sus haciendas públicas en los ingresos federales; distribuir entre ellos dichas participaciones; fijar reglas de colaboración administrativa entre las diversas autoridades fiscales; construir los organismos en materia de coordinación fiscal y dar las bases de su organización y funcionamiento.
Su agenda abarca:
• El ingreso (política y administración)
• El gasto (transferencias, presupuesto y contabilidad)
• Deuda (deuda y pensiones) y
• Transparencia
El camino del federalismo fiscal implica acuerdos sostenidos, respetados y ejecutados por las partes, con un avance sustantivo que implica mayor autonomía y responsabilidad fiscal a nivel estatal y municipal, así como mayor participación política la cual involucra la necesidad de mayor transparencia en el acceso a la información y la rendición de cuentas a nivel nacional y tiene efectos importantes en temas vitales para el desarrollo del país como son:
• La estabilidad macroeconómica,
• La disminución de los niveles de pobreza,
• La prestación de servicios sociales y,
• La calidad de la gestión gubernamental
1.2 El Sistema Nacional de Coordinación Fiscal
La esencia del mismo consiste en que la Federación y los estados puedan firmar convenios de coordinación fiscal por medio de los cuales se comprometen a limitar sus potestades tributarias a favor de la federación a cambio de obtener una participación en los ingresos fiscales federales. En la actualidad todos los estados han asignado este tipo de convenios por lo cual ha hecho que los dos impuestos más importantes (Impuesto sobre la renta y el Impuesto al valor agregado) sean establecidos y administrados por la federación. Por lo que esto ha provocado que el control de los ingresos sea del 80% de los totales generados fiscalmente en el país por lo que esto nos indica la dependencia financiera de los estados y de los municipios en relación con la Federación.
1.2.1 Antecedentes del Sistema Nacional de Coordinación Fiscal
En lo que respecta a la formación y unificaciones del mismo, se realizaron diferentes convenciones con los propósitos en especifico de poder generalizar, unificar y delimitar la información de la misma para poder llegar a algo en concreto, la primer fue en el año de 1925 casi 10 años después se llevo la segunda en el año de 1933 y la tercera ya casi 15 años después pero las tres con el mismo propósito.
Con la tercera convención se inicia la primera etapa de la coordinación fiscal en donde se presenta un cambio de orientación en los principios rectores de la coordinación fiscal, pues se pasa de la distribución de fuentes impositivas entre federación, estados y municipios a su armonización desde esa época las participaciones se consolidan como el principal mecanismo de transferencia de recursos de la federación a estados y municipios por lo que se genera un amplio marco jurídico que será el sustento de la primera etapa de la coordinación fiscal, cuya base es el ISIM.
El principal elemento de la coordinación fiscal en la historia moderna es que la federación por un lado ofrece vía participaciones mayores ingresos a estados y municipios, a cambio de derogar o suspender sus propias fuentes de tributación.
Para el 22 de septiembre de 1953, se aprobó la Ley de Coordinación Fiscal la cual tiene por objeto coordinar el sistema fiscal de la federación con los de los estados, municipios y Distrito Federal al establecer la participación que corresponda a sus haciendas públicas en los ingresos federales.
El proceso se fortalece con la llamada “coordinación general” la cual fue creada en 1976 misma que se consolida con la publicación de la Ley de Coordinación Fiscal del 27 de diciembre de 1978, con vigencia a partir de 1980, para el cual podemos mencionar algunos de los objetivos más importantes del mismo.
1. Eliminar gravámenes de los 3 órdenes de gobierno (Federación, Estados y Municipios) y hacer más sencillo el esquema tributario.
2. Eliminar cargas administrativas.
3. Hacer equitativo el Sistema Tributario Nacional para los contribuyentes.
4. Distribuir mejor los ingresos tributarios entre los 3 órdenes de gobierno.
5. Mejorar el equilibrio financiero de los Estados a través de las participaciones (eliminar asimetrías).
6. Evitar los efectos perniciosos de la competencia fiscal entre los Estados.
7. Facilitar la compatibilidad del Sistema Tributario Nacional con el de otros países.
8. Posibilitar la Colaboración Administrativa de Estados y Municipios para fortalecer sus propias estructuras.
Ya para fechas más recientes se volvió a realizar una convención Nacional Hacendaria (2002-2004), la cual se enfoco en fformular un diagnóstico de la situación actual de las haciendas públicas para generar un programa de reformas con visión de mediano y largo plazo con el fin de lograr un nuevo federalismo hacendario integral. De igual forma se reviso la forma de definir las responsabilidades de gasto, revisar las facultades tributarias y proponer quién legisla, quién administra y recauda, y quién recibe los frutos de las contribuciones.
También se trato de enfocarse en la simplificación de la legislación y efectividad de la administración para la programación de las reformas necesarias en las instituciones que operarán el nuevo sistema hacendario federal, es ahí cuando se empezó a acordar y revisar nuevamente la transparencia y amortización de la información hacendaria para la rendición de cuentas, supervisión y control social ciudadano acordando y/o estableciendo un marco jurídico para generar un capítulo hacendario en la Constitución y una nueva Ley de Federalismo Hacendario.
Y por ultimo podemos decir que se acordó realizar cambios en la legislación secundaria, programar y simplificar administrativamente los procesos programáticos, presupuestales y fiscales, así como promover el desarrollo y la modernización institucionales.
Derivado de las Convenciones Nacionales Hacendaria se ha avanzado en distintos ámbitos, que implican concertación entre órdenes de gobierno para el mejor manejo, uso y aplicación de los recursos.
Sería importante relacionar algunas de las leyes que se utilizan o bien se encuentran relacionados para trabajar en coordinación con el sistema de coordinación fiscal y/ hacendario (CNH) ya que de una sola no podemos extraer todos los requisitos, puntos e información a manejar, solicitar, organizar y trabajar para el cumplimiento de los objetivos, por lo que a continuación en listamos el marco normativo con el que se vincula:
1. CONSTITUCION POLITICA DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS
2. CODIGO FISCAL DE LA FEDERACION
3. LEY DE INGRESOS DE LA FEDERACION
4. LEY DEL IMPUESTO SOBRE LA RENTA
5. LEY DEL IMPUESTO AL VALOR AGREGADO
6. LEY DEL IMPUESTO ESPECIAL SOBRE PRODUCCION Y SERVICIOS
7. LEY DEL IMPUESTO SOBRE TENENCIA
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