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Libro Diario

eduardito26413 de Mayo de 2013

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Libro Diario

1.1. Concepto

“Es un libro obligatorio y principal de foliación simple en el que se anotan todas las operaciones mercantiles que efectúa la empresa día por día y en forma cronológica.

Se puede considerar al libro diario como la columna vertebral de todo sistema contable, alrededor de él giran los diversos registros auxiliares, teniendo luego como punto final su centralización en el libro mismo”

2.1 Régimen legal

De acuerdo al artículo 65 del D.S.054-99-EF del Impuesto a la Renta, y Art. 13 de la R.S. 234-2006/SUNAT se considera como un libro principal y obligatorio para todas las empresas sean estas jurídicas o naturales bajo los siguientes requisitos:

Ingresos brutos Obligados a

Anuales superiores llevar el

A a 150 UIT Libro Diario

Personas

Jurídicas

Obligados a

Ingresos brutos llevar Libro

Anuales menores Diario o

O iguales a 150 UIT Formato

Simplificado

Ingresos brutos Obligados a

Anuales superiores llevar el

a 150 UIT Libro Diario

A

Personas

Naturales

No están

Ingresos brutos obligados a

Anuales menores llevar Libro

a 150 UIT Diario

2.1.3. Partes

Según la R.S. 234-2006/SUNAT se instauro un nuevo formato 5.1 Libro Diario, registrándose una mayor información con relación al anterior formato, estableciéndose su llevanza en forma manual, computarizada o electrónica.

a. Datos de cabecera

 Denominación del libro.

 Periodo o ejercicio al que corresponde la información registrada.

 Numero de RUC del Deudor tributario, apellidos y nombres.

Si el libro es llevado en forma manual, los datos de cabecera bastara con incluir en el primer folio de cada periodo. Así es llevado en forma computarizada los datos de cabecera se consignaran en todos los folios.

b. Información mínima

Para efectos tributarios según R.S. Nro. 234-2006/SUNAT se ha establecido ciertas formalidades que deben ser tomadas en cuenta tal como lo indica el artículo 13 de la mencionada norma. El formato 5.1 del Libro Diario deberá contener la siguiente información mínima.

 Numero correlativo del asiento contable o Código Único de la operación.

 Fecha de la operación.

 Glosa o descripción de la naturaleza de la operación registrada de ser el caso.

 Referencia de la operación en caso el deudor tributario lleve su libro en forma manual, indicando:

 El código del libro o registro donde se registró.

 El numero correlativo del registro o Código Único de la operación según corresponda.

 Número del documento sustentatorio de ser el caso.

 Cuenta contable indicando:

• Código de la cuenta contable desagregado de sub cuentas al nivel máximo de dígitos utilizados, siendo el mínimo el dispuesto en el literal B del Art. 6. El cual establece: “Si las empresas optan por utilizar el Plan Contable General Empresarial, el número mínimo de dígitos a utilizarse es de

GLOSA O

DESCRIPCIÓN

DE

LA OPERACIÓN

REFERENCIA DE LA

OPERACION

CUENTA CONTABLE

ASOCIADA A LA OPERACION

MOVIMIENTO

CÓD.

FOLIO

MAYOR

NÚMERO DEL DOCUMENTO SUSTENTATORIO

CÓD.

DENOMINACIÓN

DEBE

HABER

01 5-nov Por la compra 8 F/001-469 60 Compras

de mercaderías 601 Mercaderías 2,400

40 Tributos y Aportes al

Sistema de pensiones

Y de salud por pagar

4011 I.G.V 432

42 Cuentas por pagar

Comerciales-Terc.

421 Facturas por pagar 2,832

02 5-nov Por el destino de las 20 Mercaderías

compras 201 Mercaderías manufac. 2,400

61 Variación de existencias

611 Mercaderías 2400

5,232 5,232

2.1.4 Asiento Contable

2.1.4.1 Concepto:

En la práctica toda empresa registra las operaciones que ella realiza con el fin de tener una adecuada información y control de sus actividades, para ello hace uso de comprobantes mercantiles que emite y recibe, tales como facturas, letras de cambio, cheque, etc. Estos documentos registran en si hechos económicos que tiene una empresa, por tal motivo deberán ser interpretados tal como lo indica el Plan Contable. Dichos datos que encierra cada documento mercantil deberán ser vaciados al Libro Diario mediante un registro contable llamado:

Asiento que viene a ser un medio que traduce el hecho económico señalado en el documento mercantil a un lenguaje contable.

Según Fernando Boter en su libro Fundamentos de Contabilidad dice que “Asiento viene a ser la anotación hecha en un libro de contabilidad referente a una operación determinada”. En nuestro medio generalmente se le llama asiento al registro operacional que se realiza en el Libro Diario.

2.1.4.2. Principios Básicos del Asiento

Cada asiento debe ser registrado en el Libro Diario como su nombre lo indica, diariamente, según la característica de la actividad mercantil realizada. Todo asiento se debe basar en el principio de la partida doble, es decir que las cuentas deudoras (cargo) deben tener el mismo valor que las cuentas acreedoras (abono).

Las cuentas Deudoras deben ser registradas en la columna del Debe por lo tanto se dirá que están cargadas. Y las cuentas acreedoras deben ser registradas en la columna del Haber por lo tanto se dirá que están abonadas.

Según el método de la partida doble, este permite que en cada operación mercantil exista valores iguales cuyos importes serán registrados en el Debe y en el Haber sea cual fuere la cantidad de cuentas que la integran. Es decir en cada asiento debe existir una igualdad matemática:

“La suma de los cargos debe ser igual a la suma de los abonos”

Esta regla se confirma al totalizar las sumas de las columnas del Debe y el Haber del Libro Diario.

2.1.4.3 Requisitos a Tomar en Cuenta en el Asiento

a) Entre las columnas del Debe y el haber debe existir una perfecta igualdad de sus importes cualquiera sea la cantidad de cuentas que la integran.

b) El registro contable debe ser con letra manuscrita y legible, si este es llevado manualmente.

c) Las cuentas deudoras de registran en la columna de la izquierda llamada DEBE y las acreedoras en la columna de la derecha llamada HABER.

d) No debe existir ninguna línea de separación entre un asiento y otro.

2.1.5 Clases de Asientos

Los asientos se clasifican teniendo en cuenta varios aspectos:

2.1.5.1 Por el número de cuentas que intervienen:

• Asientos simples.

• Asientos Compuestos.

• Asientos mixtos.

2.1.5.2Por la naturaleza y destino de sus resultados:

• Asientos

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