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Los 3 Poderes


Enviado por   •  19 de Agosto de 2014  •  4.411 Palabras (18 Páginas)  •  157 Visitas

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PODER LEGISLATIVO

1- Art 44.-El Poder Legislativo está ejercido en la República Argentina por el Congreso Nacional, compuesto por dos Cámaras: la de Diputados y la de Senadores.

La representatividad que da sustento a la democracia en nuestro país, se halla asegurada por la Constitución Nacional en lo atinente a la conformación de ambas Cámaras del Congreso.

Art.-45 La Cámara de Diputados esta compuesta por diputados elegidos por el pueblo de las provincias, de la ciudad de BsAs y de la Capital en caso de traslado. Son 24 distritos electorales en los que se divide el país. El número de diputados debe ser proporcional a la cantidad de habitantes, (actualmente 257) y es determinada por la ley del Congreso, cada 10 años, tras la realización de censos de población. Los diputados son elegidos directamente por el pueblo de cada distrito.

Existen requisitos para ser elegido diputado: Art 48.- tener 25 años, 4 años de ejercicio de la ciudadanía y haber nacido en la provincia que lo elija o estar viviendo en ella desde, por lo menos 2 años.

A los efectos de realizar comicios para los diputados nacionales, rige el código nacional electoral. Hasta los 50días antes de las elecciones, los partidos presentan ante el juez electoral, las listas de candidatos para que sean oficializadas. Concluido el acto electoral, se hace el escrutinio, para lo cual se abren las urnas y sobres, se cuentan los votos y con su resultado se labra un acta que se remite con la urna y los sobres a la junta electoral, donde se hace el escrutinio definitivo y se proclama a los electos.

El conjunto de principios y normas que rigen la distribución de los cargos entre los partidos se llama “sistema electoral”. Para los diputados, el artículo 45 dice que los cargos serán asignados a los candidatos con más votos en el distrito. De acuerdo con el sistema republicano, los diputados tienen un plazo establecido para ejercer su cargo. Para nuestra constitución, Art 50.-La duración del mandato d los diputados nacionales (igual que el mandato del presidente y vicepresidente de la Nación) es de 4 años. Sin embargo en nuestro país, la Cámara de diputados no se renueva en su totalidad, sino que lo hace parcialmente. Cada dos años la mitad de los diputados de cada distrito es renovada. Todos duraran 4 años. Los diputados son reelegidos en forma inmediata y a diferencia del presidente y vicepresidente de la Nación sin límites de mandatos.

Art 54.- La Cámara de Senadores representa a las provincias. Cada provincia y Capital están representadas por tres senadores. Transitoriamente, hasta el año 2001, los senadores eran elegidos tal como se hacía antes de la reforma de 1994, por los órganos legislativos de las provincias y actualmente de la Ciudad de BsAs, elecciones indirectas, ya que el pueblo elegía primero a los integrantes de la legislatura, quienes, a su vez, elegían después a los senadores nacionales. Dos senadores corresponden al partido de mayor representación de la legislatura local, y el senador restante, al partido que le sigue. De esta manera, un tercio del senado estará compuesto por representantes de las minorías. Los senadores duran 6 años en su cargo y son reelegidos indefinidamente. Antes de la última reforma constitucional duraban 9 años. La Cámara se renueva por tercio cada dos años.

Los requisitos para ser senador son: Art 55.-tener 30 años, 6 años mínimo de ejercicio de la ciudadanía, y haber nacido en la provincia que lo elija o estar viviendo en ella desde, por lo menos, dos años antes de la elección. En total son 72 senadores.

El nuevo sistema comenzó a ser utilizado para los senadores que se incorporaron a la Cámara el 10 de diciembre del 2001. Éste es el de elección directa, como se aplica para elegir a los diputados nacionales y al presidente y vicepresidente de la Nación. En la elección directa los ciudadanos votan a los candidatos, con la sola intervención de los partidos políticos que son los que, con exclusividad, proponen a los candidatos para los cargos electivos.

A partir del 2001, Art 56.- la Cámara comenzó a renovarse por tercios cada 2 años. La primera renovación se hizo este año, lo que significa que un tercio de senadores, previamente sorteados, tiene un mandato de 2 años. Otro tercio, también sorteados, será renovado en el 2005. Desde entonces todos los senadores tendrán mandatos de seis años.

Artículo 57.- El vicepresidente de la Nación será presidente del Senado; pero no tendrá voto sino en el caso que haya empate en la votación.

Artículo 58.- El Senado nombrará un presidente provisorio que lo presida en caso de ausencia del vicepresidente, o cuando éste ejerce las funciones de presidente de la Nación.

. La incompatibilidad consiste en la imposibilidad de que la misma persona represente simultáneamente la función de legislador y otras ocupaciones públicas.

Poder Legislativo de la Provincia de Buenos Aires

Art 68.- El Poder Legislativo de la Provincia será ejercido por dos Cámaras, una de diputados y otra de senadores, elegidos directamente por los electores, con arreglo a las prescripciones de esta Constitución y a la ley de la materia.

Art 75.- La Honorable Cámara de Senadores de la Provincia de Buenos Aires está compuesta por 42 senadores, cuyos cargos (Art 78.-) tienen una duración de 4 años. La cámara se renueva por mitades cada dos años. Es presidida por el Vicegobernador de la provincia, quien tiene derecho a voto sólo en caso de empate. Puede acordar el nombramiento de jueces o altos funcionarios, así como también interpelarlos o juzgarlos políticamente si son acusados por la cámara de diputados.

Artículo 76.- Son requisitos para ser senador:

1- Ciudadanía natural en ejercicio, o legal después de cinco años de obtenida y residencia inmediata de un año para los que no sean hijos de la Provincia.

2- Tener treinta años de edad.

Artículo 77.- Son también aplicables al cargo de senador las incompatibilidades establecidas en el artículo 72 para los diputados, en los términos allí prescriptos

Art 69.- La Honorable Cámara de Diputados de la Provincia de Buenos Aires está compuesta por 92 diputados, cuyos cargos (Art 70.-) tienen una duración de 4 años, al igual que la Cámara de Senadores se renueva por mitades cada dos años .

Artículo 71.- Para ser diputado se requieren las cualidades siguientes:

1- Ciudadanía natural en ejercicio, o legal después de cinco años de obtenida, y residencia inmediata de un año para los que no sean hijos de la Provincia.

2- Veintidós años de edad.

Artículo 83.- Las elecciones para diputados y senadores tendrán lugar cada dos años, en la fecha que la ley establezca.

2- Atribuciones

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