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Los efectos materiales del registros (legitimación, e publica registra y oponibilidad) se obtienen a partir de la información que obra en las partidas registrales y no en los títulos archivados.


Enviado por   •  27 de Junio de 2016  •  Trabajos  •  1.273 Palabras (6 Páginas)  •  229 Visitas

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RESOLUCION N° 442-2012-SUNARP-TR-T

APELANTE                :        WILDER ANTONIO BORDA CANO

TITULO                :        11564-2012 del  09.02.2012

INGRESO                :        401-2012

PROCEDENCIA        :        Zona Registral N° II – Chiclayo

REGISTRO                :        Predios de Chiclayo

ACTO INCRIBIBLE        :        Inmatriculación

SUMILLA: Efectos del registro

Los efectos materiales del registros (legitimación, e publica registra y oponibilidad) se obtienen a partir de la información que obra en las partidas registrales y no en los títulos archivados.

[pic 1]

El señor Borda solicito la inmatriculación del predio agrícola denominado Las Palmeras,  para esto acompaño los siguientes documentos:[pic 2]

  • Escritura imperfecta de compraventa del predio de fecha 09.09.2002
  • Certificado Negativo de Zona Catastrada  N° 00211-2011-OZLAMB del predio expedida por el COFOPRI  el 31.08.2011
  • Plano perimétrico y de ubicación del predio.
  • Memoria descriptiva del predio visada por el ingeniero Rumiche.
  • Certificado de Habilidad N° 94445 del ingeniero Quesquén

[pic 3]

El título fue tachado, por  las siguientes consideraciones:

  • Informe Técnico N° 1059-2012-ZRIIIOC-CH (R) señala que el predio  se ubica sobre el Sector III Zona de Controversia  entre las Comunidades Campesinas de Olmos, San Martín  de Sechura, San Pedro de Mórrope y el Estado. [pic 4]
  • Por la Ley 24657 (Ley de deslinde y titulación del territorio de las comunidades campesinas), el juez  al resolver tal controversia sólo dirimirá la propiedad del área en controversia o a favor de la comunidad o a favor del colindante, y por lo tanto no es posible inscribir la propiedad de este predio a favor de un tercero que no figura como parte en el área de controversia y que la única posibilidad de que propiedad no pertenezca a un territorio comunal  se daría cuando los predios de propiedad de terceros consten en títulos otorgados con anterioridad al 18 de Enero de 1920 y que se encuentren conducidos directamente por sus títulos. Sin embargo, la escritura es del año 2002.
  • En el Acta se omitió dejar constancia del folio y libro, así como la fecha de inscripción en su registro.
  • No  se acreditado  la naturaleza del predio (rural o eriazo)
  • El plano de ubicación no muestra ningún detalle físico que permita corroborar la ubicación exacta del predio.[pic 5]

El señor Borda interpuso apelación y denuncio los siguientes agravios:

  • La información de Catastro que indica que el predio a inmatricular se superpone con una aérea en controversia no es vinculante para el Registrador pues no proviene de una partida registral sino de un título archivado.
  • En la escritura pública si se ha especificado que el predio es agrícola, ósea rural.
  • El titulo prioritario 4896-2012 no puede ser considerado  con antecedente para denegar la inscripción del presente pues todavía no está inscrito.
  • La insuficiencia normativa de los planos es responsabilidad es el verificador catastral.
  • La descripción del predio proviene de la escritura imperfecta se ha reproducido en los planos y la memoria descriptiva, por lo que se ve con claridad la ubicación exacta del predio.[pic 6]

Análisis

  • Sobre el primer asunto controvertido “área de controversia”, se ha analizado que la inmatriculaciones es el acto por el cual se incorpora por primera vez un bien al registro.

[pic 7]

Y como consecuencia de ellos se abre una sola partida registral. Por lo que para la inmatriculación se requiere el informe técnico del área de Catastro que determine que el predio a inmatricular no se superpone a otro ya inscrito. y según el caso se ha  determinado que el aérea no cuenta con partida registral ni se encuentra inscrita a nombre de terceros, pero cuya  referencia proviene del título archivado 2010-23589 sobre inmatriculación de territorios Comunales de la Comunidad Campesina de Olmos. Por lo que corresponde determinar si la información que nace de este título archivado puede ser utilizada para denegar la inmatriculación del predio.[pic 8][pic 9]

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