ClubEnsayos.com - Ensayos de Calidad, Tareas y Monografias
Buscar

MACHOTE PRUEBAS Y OBJECIONES


Enviado por   •  7 de Septiembre de 2019  •  Ensayos  •  4.905 Palabras (20 Páginas)  •  140 Visitas

Página 1 de 20

OFRECIMIENTO DE PRUEBAS:

Te darán el uso de la voz después de que la parte actora haya ofrecido sus pruebas, tanto para ofrecer pruebas por parte de la empresa que representamos así como para objetar las pruebas de la parte actora y dirás lo siguiente:

USO DE LA VOZ: Que en este acto se ofrecen como pruebas de la empresa BAJÍO ROLL, SA DE CV, las que se contienen en un escrito constante de XXX fojas útiles, tamaño oficio, escritas por un solo lado de sus caras, de esta misma fecha y suscrito por la de la voz, al cual se le acompañan XXX anexos que se describen y se detallan en los numerales 3 y 7 del escrito de pruebas descrito, ratificando en todas y cada una de sus partes tanto el escrito de pruebas como los anexos al mismo, los cuales se exhiben en este acto para que sean agregados a los autos y corriéndole traslado con copia simple del mismo a mi contraparte. Ahora bien, por lo que hace a las pruebas ofrecidas por la parte actora se objetan todas y cada una de forma general en cuanto al alcance y valor probatorio que les pretende dar, ya que las mismas no están ofrecidas conforme a derecho ni se relacionan con la litis del presente juicio, asimismo se objeta de forma especial…..

(OJO: Aquí debes objetar una por una, debes de precisar cómo la objetas y por qué, es necesario que revises detalladamente cada una e incluso veas si tienen error, por ejemplo si ponen mal el nombre de la empresa debes hacerlo notar, o si asientan mal el nombre de la actora, fechas, etc. Te anexo un formato para que más o menos veas y cualquier duda ese día si gustas me mandas foto del escrito en cuanto lo tengas para que te vaya diciendo).

  • CONFESIONAL COMO DEMANDADO A CARGO DE LA EMPRESA:… Se objeta de forma especial la prueba marcada bajo el numeral XXX consistente en XXX, ya que no está ofrecida conforme a derecho, toda vez que la misma no reúne los requisitos necesarios para su desahogo de conformidad con lo establecido en los artículos 780, 786, in fine, de la Ley Federal del Trabajo, además de que no es el medio idóneo para acreditar lo que pretende.

Si estuviera mal el nombre de la empresa señalas: Además, se hace notar que dicha confesional se encuentra ofrecida a cargo de una persona ajena a la Litis del presente juicio y diversa a las partes en el presente juicio, pues se refiere a una persona de nombre XXX, que no se encuentra demandada y que en nada se relaciona con los hechos expuestos en el escrito inicial de demanda, motivo por el cual deberá desecharse.

  • EN CASO DE QUE VEAS QUE OFRECEN EN ESTE MISMO NUMERAL O EN OTRO INDEPENDIENTE UN INTERROGATORIO LIBRE SEÑALAS: se objeta de forma especial el interrogatorio libre que ofrece la parte actora, ya que no es el momento procesal oportuno para su ofrecimiento, pues de conformidad con los criterios jurisprudenciales vigentes, dicha probanza se puede ofrecer una vez que se haya desahogado la Confesional, ya que se encuentra vinculada al resultado de ésta.

  • CONFESIONAL PARA HECHOS PROPIOS: Asimismo, se objeta de forma especial la prueba marcada bajo el numeral XXX consistente en XXX, toda vez que la misma no reúne los requisitos necesarios para su desahogo de conformidad con lo establecido en los artículos 780, 786, in fine, de la Ley Federal del Trabajo, además de que no es el medio idóneo para acreditar lo que pretende pues dicha persona no se menciona ni se le imputa algún hecho específico dentro del escrito inicial de demanda, por lo que deberá desecharse la probanza al no tener relación alguna con la litis del presente juicio.

Para el supuesto caso y sin conceder de que sea admitida la probanza de referencia, la citación del C. XXX, deberá quedar a cargo del C. Actuario adscrito a esta H. Junta, ya que se trata de una persona ajena al presente juicio que no forma parte del mismo ni como actor ni como demandado.

  • INSTRUMENTAL PÚBLICA DE ACTUACIONES Y PRESUNCIONAL LEGAL Y HUMANA: Se objetan de forma especial las pruebas marcadas bajo los numerales XXX del escrito de pruebas de la actora, consistentes en la instrumental pública de actuaciones y presuncional legal y humana, de forma general en cuanto al alcance y valor probatorio, en especial porque no señala lo que pretende acreditar con las mismas, además de que no existe consecuencia de hecho o derecho que beneficie las pretensiones reclamadas por la actora en la demanda inicial, al no existir constancia alguna en el presente expediente con las que acredite su dicho.

  • TESTIMONIAL: Por lo que hace a la prueba testimonial ofrecida bajo el numeral XXX del escrito de pruebas, se objeta de forma especial toda vez que la misma no está ofrecida conforme a derecho pues no aporta los elementos necesarios para su desahogo conforme lo establece los artículos 780, 813, in fine, de la Ley Federal del Trabajo, ya que no señala qué hecho o hechos pretende acreditar con dicha probanza. Asimismo, tampoco refiere la actora en su demanda inicial que los hechos controvertidos les consten a las personas que cita o a algunas otras, por lo que la prueba Testimonial no tiene relación alguna con los hechos de su demanda, por lo que deberá ser desechada. Y para el supuesto caso de que indebidamente sea admitida, la presentación de dichos testigos deberá quedar a cargo de la parte actora, ya que no señala alguna causa justificada que la imposibilite para presentarlos por su conducto el día y hora que esta H. Junta señale para su desahogo.
  • INSPECCIÓN: Se objeta de forma especial la prueba marcada bajo el numeral XXX, consistente en XXX, toda vez que con dicha probanza no se acreditan los extremos que pretende ni mucho menos los hechos de la demanda inicial, además de que no está ofrecida conforme lo establecen los artículos 780, 827, in fine, de la Ley Federal del Trabajo, al no proporcionar el domicilio donde supuestamente se deberá llevar acabo la misma (debe señalar el domicilio de la empresa y además señalar que en su caso se desahogue en la junta), ni a cargo de quién se llevará a cabo (nombre de la empresa), ni objeto de la probanza (son los extremos que pretende acreditar), ni los documentos base (todos los documentos que pretende que exhibamos) y mucho menos el periodo (debe ser ofrecido por un periodo de un año comprendido del doce de enero de dos mil diecisiete al doce de enero dos mil dieciocho, pues de acuerdo a la Ley Federal del Trabajo el patrón está obligado a conservar los documentos de un trabajador por el periodo de un año anterior a la fecha de presentación a la demanda, si trae otro periodo te indico qué decir más adelante), motivos por los cuales deberá de ser desechada. Más aún cuando de la simple lectura de la inspección de referencia, se desprende que la actora pretende que el C. Actuario adscrito a esta H. Junta realice pesquisas respecto de los documentos de mi representada, las cuales están prohibidas en materia laboral. Para el indebido caso que esta Junta llegare a admitir la inspección citada, esta autoridad deberá ordenar su desahogo en el local de esta H. Junta.

Hay que ver si señala si los documentos que pretende que exhibamos sean sólo de la actora o también de los demás trabajadores y en su caso decir: a) En caso de que no especifique: Es de hacerse notar que la actora no precisa si la inspección que pretende que se desahogue, es únicamente por lo que hace a la documentación de éste o por todos los trabajadores de mi representada, por lo que se denota la oscuridad con la que se encuentra ofrecida dicha probanza. b) En caso de que señale que sea por todos los trabajadores: es de hacerse notar que para el indebido caso de que sea admitida dicha inspección, deberá ordenarse su desahogo únicamente por lo que hace a la documentación relativa a la actora, pues la de los demás trabajadores es ajena a la Litis del presente juicio y en nada le beneficia pues se trata de personas diversas a la actora.

...

Descargar como (para miembros actualizados)  txt (28.9 Kb)   pdf (221.7 Kb)   docx (19.9 Kb)  
Leer 19 páginas más »
Disponible sólo en Clubensayos.com