MANUAL DE PROCEDIMIENTO DE REMUNERACIONES
karenfranciscaaTutorial21 de Agosto de 2017
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TABLA DE CONTENIDOS
- OBJETIVO.
- ALCANCE.
- RESPONSABILIDAD.
- DEFINICIONES.
- MODO OPERATIVO.
- REGISTRO.
- REFERENCIAS.
- ANEXOS.
Elaborado por: | Revisado por: | Aprobado por: | |
Nombre | Olga Estrada Karen Rojas | Humberto Montalbán Adelinda Vergara Godoy | |
Cargo | Administrativos | Director de Salud Municipal Enc. De Adm. Y Finanzas | |
Firma |
Control de Cambios | ||||
Número Modificación | N° Página | Descripción de la Modificación | Fecha | Firma Aprobó |
- Objetivo:
El manual de proceso de remuneraciones tiene como objetivo, entregar material que permita conocer cómo se ejecuta el registro, cálculo y pago de las remuneraciones del personal de salud municipal, facilitando la realización de los procesos directos e indirectos de la cancelación de remuneraciones, para así fortalecer la ejecución de cada una de las funciones realizadas en este proceso.
- Alcance:
El proceso comienza con la recopilación de información (haberes y descuentos), para luego ingresarla en el sistema computacional de remuneraciones, finalizando con el envío de la información para la revisión de la encargada de administración y finanzas.
- Responsabilidades:
Participan en este procedimiento,
- Director de Salud Municipal
- Encargado (a) de Administración y Finanzas
- Encargado de Recursos Humanos
- Control Interno
- Definiciones:
- Decreto Alcaldicio: El decreto es un acto jurídico donde se manifiesta la voluntad de la autoridad pública que lo dicta, produciendo efectos ya sea la administración pública o a los particulares, ordenando, prohibiendo o permitiendo algo o bien creando, modificando o extinguiendo algo.
- Descuentos Voluntarios: Son todos los descuentos que se realizan a los funcionarios generalmente por planilla.
- Remuneración: Es cualquier contraprestación en dinero que el funcionario tenga derecho a percibir en razón de su empleo o función, como, por ejemplo, sueldo, asignación de zona, asignación profesional y otras.
- Modo Operativo:
5.1 Recopilación de Información:
Proceso que consiste en recopilar, revisar y ordenar toda la documentación que modifica o afecta el cálculo de la remuneración del personal, en forma general o individual, para luego ingresarla en el sistema computacional de remuneraciones (Cas-Chile), y finalizando con el envío de la información para la revisión de la encargada de administración y finanzas.
- Decretos Alcaldicios:
- Formulario de Autorización de contratación
- Nombramiento de contratación
- Por Contratación, indicando fecha.
- Por Personal a Contrata y Suplencias
- Por cambio de bienios y categorías
- Por prorrogas de Contratos
- Por Renuncias
- Por sanciones o multas (Sumarios)
- Turnos de llamado del Servicio de Urgencia.
- Cancelación de Horas Extras
- Realización de Horas Extras
- Permisos Administrativos, Permisos con y sin goce de remuneración, feriado legal, accidente y devolución de tiempo.
- Decreto Alcaldicio Ley 19.813, asignación de desarrollo y estímulo al desempeño colectivo.
- Memorandum Interno
- Indicando al funcionario Rechazo de licencias Médicas (rechazo parcial o total).
- Por descuentos de inasistencias del funcionario
- Por Horas Extraordinarias y devolución de tiempo Autorizadas por cada Director por medio de formulario de solicitud de horas extras.
- Administradoras De Fondos De Pensiones (AFP)
- Cartas de AFP por cambio que haya suscrito el funcionario, cambio de Topes Imponibles, etc.
- Cartas de AFP indicando descuento contratados por el funcionario, ejem. Ahorro Previsional Voluntario (APV), ahorros contratados por el funcionario que deben ser descontados de su remuneración (Ahorro Voluntario).
- Isapres S.A.
- Formulario de Notificación de las Isapres (S.A). por cambio de plan o aumento de la cotización contratada por el funcionario.
5.1.1 Haberes:
Horas Extras:
1.- RESPONSABILIDADES
Director(a) CESFAM es responsable de:
- Evaluar necesidades y gestionar autorización para trabajo en Horas Extraordinarias.
Director(a) de Salud Municipal es responsable de:
- Autorizar la legalidad y procedencia de la solicitud de autorización de horas extras.
Jefe de Adminitracion y Finanazas es responsable de:
- Evaluar el alcance y disponibilidad presupuestaria ante la solicitud recibida.
Encargada del Departamento de Recursos Humanos es responsable de:
- Cautelar el ingreso de las horas extraordinarias al sistema computacional, de conformidad con los acuerdos suscritos y los registros de asistencia.
- Cautelar que sean archivadas las solicitudes de horas extraordinarias.
2.- MODO OPERATIVO
Requisitos para trabajar Horas Extraordinarias
Existen 2 requisitos copulativos para la existencia de la jornada extraordinaria de trabajo, las que se exponen a continuación:
Trabajo no perjudicial para la salud del trabajador: Entre otros, es posible entender como trabajos perjudiciales los relativos a trabajos que requieran fuerza excesiva; a la mujer embarazada que desempeña labores consideradas perjudiciales para su estado, tales como levantaro empujargrandes pesos, o el permanecer largo tiempo en pie.
Sólo para atender necesidades o situaciones impostergables del CESFAM : La situación o necesidad impostergable debe estar originada en sucesos o acontecimientos ocasionales,
esporádicos, no contemplados dentro de lo previsible o evitable para la organización. Siempre se debe asociar horas extras con situaciones que se escapan del normal funcionamiento de la
Institución, situación que lleva inevitablemente la necesidad de cubrir períodos con mayor
demanda de trabajo en el periodo estival
6.- HORAS EXTRAORDINARIAS
El Director (a) del Cesfam o el Director de Salud Municipal, podrá ordenar trabajos extraordinarios a continuación de la jornada ordinaria, de noche o en días sábados, domingos y festivos, cuando hayan de cumplirse tareas impostergables. Los trabajos extraordinarios se compensarán con descanso complementario. Si ello no fuere posible por razones de buen servicio, aquellos serán compensados con un recargo en las remuneraciones, por lo anterior y para cálculo del pago de las horas extraordinarias se indica lo siguiente:
- Horas extraordinarias Diurnas 1.25: Se debe obtener el valor de la hora ordinaria y multiplicarla por el factor 1.25, como muestra la siguiente operación:
Clarificación Esquematizada:
S. BASE + A. PRIMARIA
---------------------------------- = Hora Ordinaria x 1.25= Valor Hora Extraordinaria Diurna
190
- Horas Extraordinarias Festiva 1.5: Es aquella que se realiza días sábados, domingos y/o Festivos.
O bien durante la jornada semanal entre las 21:00 de un día y las 07:00 horas del día siguiente.
Se debe obtener el valor de la hora ordinaria y multiplicarla por el factor 1.5 como lo muestra la siguiente operación:
Clarificación Esquematizada:
S. BASE + A. PRIMARIA
---------------------------------- = Hora Ordinaria x 1.5= Valor Hora Extraordinaria Festiva
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