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MEDIACION


Enviado por   •  30 de Noviembre de 2013  •  686 Palabras (3 Páginas)  •  278 Visitas

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Para empezar ¿Qué se entiende por mediación familiar? Una primera aproximación al concepto lo sitúa “como una instancia prejudicial de encuentro entre dos partes en conflicto con el objeto de negociar acuerdos consensuados y sustentables en el tiempo, con carácter vinculante ante la ley”.

La mediación familiar es un sistema de resolución de conflictos a que llegan las partes, ayudadas por un tercero imparcial llamado mediador familiar. El mediador los ayuda a obtener una solución que surja de ellos mismos, a través de sesiones realizadas fuera del tribunal, en un ambiente que favorece el entendimiento.

Es un procedimiento voluntario. Sin embargo, respecto de algunas materias la ley exige someterse a ella, en forma previa a la demanda judicial. El acuerdo a que lleguen las partes debe ser sometido a un paso final de aprobación del tribunal de familia.

En Chile la mediación familiar comenzó con la entrada en vigor de la Ley de Matrimonio Civil el 12 de noviembre 2004 y con esto se llama a licitación para proveer gratuitamente los servicios de mediación por profesionales capacitados los cuales deben ser profesionales de carreras de ocho semestres quienes deben ser formados en mediación con 180 horas teóricas mas 40 de practica

En la actualidad la mediación familiar se realiza de manera profesional y seria, a través de los mediadores, que se encuentran dentro de un estatuto legal y que los sitúa como una alternativa hacedero al proceso judicial, que permite a muchas familias evitar situaciones de tensión y conflictos propias de todo juicio, en que el énfasis esta en obtener el máximo de beneficios en perjuicio de la otra parte.

Además, permite a las partes ser soberanos de sus propias decisiones en un proceso civilizado de negociación cuyo objetivo es un equilibrio óptimo en resguardo de derechos y bienes de las partes, pero fundamentalmente, del respeto personal y sobre todo el de los hijos.

El proceso de mediación no podrá durar más de sesenta días, contados desde que se comunica al mediador su designación por parte del tribunal de familia. Con todo, los participantes, de común acuerdo, podrán solicitar la ampliación de este plazo hasta por sesenta días más. Durante ese plazo, podrán celebrarse todas las sesiones que el mediador y las partes estimen necesarias, en las fechas que de común acuerdo se determinen. Podrá citarse a los participantes por separado. (Artículo 110, ley Nº19.968)

Pero dentro de este círculo de profesionales se esta priorizando la mediación exprés, que solo basta con una sesión, que solo dura entre los 45 a 90 minutos, solo está llevando a cabo un trámite, se está perdiendo la esencia del origen de la mediación, que corresponde a lo citado en el comienzo de este ensayo. Lo cual hace pensar si la barrera de capacitación impuesta por la Ley es suficiente para llevar a cabo la mediación

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