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MEDIACION


Enviado por   •  21 de Septiembre de 2013  •  1.536 Palabras (7 Páginas)  •  229 Visitas

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En el ámbito del Derecho, se considera que tanto la mediación como la conciliación jurídica son métodos de resolución alternativa de conflictos, como medio de acceso a la justicia que evita y descongestiona procesos administrativos tradicionales del poder judicial.

Están basados en la democracia, la pacificación social, el diálogo, el respeto, y el consenso para la convivencia. Dos de las diferencias más evidentes entre la mediación y la conciliación consisten en que:

1) El mediador se rige por el principio de neutralidad, buscando un acuerdo consensuado y aceptado por las partes, que siguen siendo las protagonistas del proceso, mientras que el conciliador se rige por los principios de imparcialidad y justicia, y decide unilateralmente un acuerdo que es aceptado por las partes (el conciliador es el protagonista principal del proceso);

2) El acuerdo logrado en un proceso de mediación no es vinculante jurídicamente para las partes (es decir, si las partes lo incumplen, no tienen consecuencias judiciales), mientras que el acuerdo logrado a través de un proceso de conciliación, sí tiene consecuencias jurídicas, y su incumplimiento puede derivar en un proceso de demanda judicial.

Conciliación.

“Conciliar” se deriva del vocablo latino “conciliare” que significa componer, ajustar los ánimos de quienes estaban opuestos entre sí.

Podemos definir la conciliación como un sistema para la solución directa y amistosa de las diferencias que puedan surgir de una relación contractual o extracontractual mediante la cual, las partes en conflicto, con la colaboración activa de un tercero o conciliador pone fin al mismo, celebrando un contrato de transacción.

La conciliación es un mecanismo alternativo a la resolución de conflictos. El acto de conciliar se ve reflejado dentro de un proceso judicial, en el que las partes tienen intereses opuestos, donde el juez o el Secretario tienen que tener conocimiento de la causa para poder aclarar el conflicto. Como dice el Profesor César Castañeda Serrano, en su artículo sobre la conciliación procesal, como forma especial de conclusión del proceso, el éxito de la conciliación depende del grado de concienciación, que debe tener un juez, para aplicar en forma adecuada el principio de Inmediatez Procesal.

La conciliación es una negociación donde las partes buscan dar una solución satisfactoria al conflicto con intervención de un tercero, que tenga capacidad para proponer fórmulas conciliatorias, intentando la comunicación entre las partes, tratando de llegar a acuerdos para evitar el proceso judicial.

*Características

1. Presentación y reglas del juego. Fase dedicada a crear confianza entre el equipo de mediación y los mediados, también se presenta el proceso y las normas a seguir en la mediación.

2. Cuéntame. Fase en la que las personas que son mediadas exponen su versión del conflicto con los sentimientos que le acompañan. Las partes han de ser escuchadas.

3. Aclarar el problema. Fase dedicada a identificar los nudos conflictivos, los puntos de coincidencia y de divergencia del mismo. Se trata de establecer una plataforma común sobre los temas más importantes que han de ser solucionados.

4. Proponer soluciones. Fase dedicada a la búsqueda creativa de soluciones y a la evaluación de las mismas por las partes.

5. Llegar a un acuerdo. Fase dedicada a definir con claridad los acuerdos. Estos han de ser equilibrados, específicos, posibles. También se suele dedicar un tiempo a consensuar algún procedimiento de revisión y seguimiento de los mismos.

Principios Éticos del Mediador:

1) La actuación del Mediador debe ser totalmente neutral e imparcial.

Así, la primera obligación ética del Mediador es ser neutral respecto de las partes en conflicto y comportarse imparcialmente en el proceso de mediación. La imparcialidad del Mediador abarca tanto el contenido de la controversia, como el proceso de mediación y el convenio de transacción que sea adoptado por las partes. En cuanto el proceso, el Mediador debe asegurarse de proporcionar igualdad de oportunidades a las partes para participar en el mismo, así como de evaluar las posiciones de las partes con imparcialidad y congruencia. En cuanto al convenio de transacción que pone fin a la controversia, el Mediador debe abstenerse de tener cualquier interés personal o financiero en el mismo. Para ser neutral el Mediador requiere hacer caso omiso de la nacionalidad, raza, sexo, religión o cualquier otro rasgo personal de las partes en conflicto.

Asimismo, el Mediador debe carecer de todo lazo de parentesco, amistad o de negocios con las partes en conflicto. La neutralidad del Mediador puede ser puesta a prueba en caso de que una de la partes esté mal asesorada o carezca de asesoría adecuada. En caso de que una de las partes no cuente con asesoría, el Mediador deberá sugerirle que la obtenga y alertarla de los riesgos de no hacerlo, pero en caso de que el Mediador considere

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