ClubEnsayos.com - Ensayos de Calidad, Tareas y Monografias
Buscar

MINUTA DE COMPRAVENTA DE TERRENO


Enviado por   •  15 de Noviembre de 2015  •  Apuntes  •  662 Palabras (3 Páginas)  •  1.631 Visitas

Página 1 de 3

MINUTA DE COMPRAVENTA DE TERRENO

Entre los suscritos, a saber CARLOS CASTRO BARRIA, varón, panameño, mayor de edad, casado, portador de la cédula de identidad personal número seis, treinta y ocho, ochocientos setenta y nueve (6-38-879), residente en la Provincia de Panamá, Distrito de Chepo, Corregimiento de Torti, quien en adelante se denominarán, EL VENDEDOR, por una parte y por la otra, JAIME AUGUSTO FRIAS BARRIA, varón, mayor de edad, panameño, soltero, portador de la cédula de identidad personal número siete, setecientos cinco, ciento treinta y siete, (7-705-137), residente en el Distrito de Macaracas corregimiento Macaracas, Provincia de Los Santos, quien en adelante se denominará, EL COMPRADOR, convienen en celebrar el presente CONTRATO DE COMPRAVENTA DE TERRENO, sujeto a las siguientes cláusulas:

PRIMERO: Declaran el VENDEDOR, que es propietario de la Finca con código de ubicación  8408, folio real No. 30134912 de la Sección de la Propiedad, Provincia de Panamá, del Registro Público, ubicada en el Distrito de Chepo, cuyas medidas, linderos, y demás generales constan en la referida inscripción.

SEGUNDO: Declara el VENDEDOR, que por este medio da en venta real y efectiva al COMPRADOR de la Finca con código de ubicación  8408, folio real No. 30134912 de la Sección de la Propiedad, Provincia de Panamá, del Registro Público, la cual se encuentra libre de gravámenes, salvo las restricciones legales.

 

TERCERO: El precio de venta de la FINCA se establece en la suma de CUARENTA MIL DOLARES CON 00/100 (US$.40, 000.00), moneda de los Estados Unidos de América y de curso legal en la República de Panamá, suma que se compromete a pagar EL COMPRADOR.

CUARTO: Declaran el VENDEDOR, que en virtud del pago recibido, traspasa a EL COMPRADOR, la Finca con código de ubicación  8408, folio real No. 30134912 de la Sección de la Propiedad, Provincia de Panamá, del Registro Público referida en la cláusula primera de este instrumento, comprometiéndose al saneamiento en caso de evicción.    

QUINTO: Ambas partes acuerdan que, una vez firmada la minuta de compraventa, tendrán un término no mayor de treinta (30) días a fin de perfeccionar la Escritura de Compraventa. Sin embargo, las partes podrán de común acuerdo, prorrogar dicho término.

SEXTO: Todos los gastos notariales, de inscripción en el Registro Público, o cualesquiera otros que ocasionen la respectiva Escritura Pública de compraventa, serán por cuenta exclusiva de EL COMPRADOR, con excepción del impuesto de transferencia de bienes inmuebles (2%) y el impuesto de ganancias, que deberán ser pagados por EL VENDEDOR.

...

Descargar como (para miembros actualizados)  txt (4.3 Kb)   pdf (136 Kb)   docx (1 Mb)  
Leer 2 páginas más »
Disponible sólo en Clubensayos.com