Matematica Analice como se encuentra constituido el Estado de Guatemala. En su análisis debe incluir la forma de gobierno, la estructura y la organización.
Cesar PeñaDocumentos de Investigación14 de Febrero de 2016
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Actividades Capitulo l. El Estado
Actividad 1.1 Instrucciones
Analice como se encuentra constituido el Estado de Guatemala. En su análisis debe incluir la forma de gobierno, la estructura y la organización.
Lectura obligatoria: 140 al 142, 223 al 239 de la Constitución Política de la República de Guatemala .
Nota: recuerde que se le solicita un análisis, no transcriba literalmente los artículos de la Constitución.
Estado: es una sociedad jurídicamente organizada, capaz de imponer la autoridad de la ley en el interior y afirmar su personalidad y responsabilidad frente a las similares exteriores.
La Constitución Política de la República establece que el Estado de Guatemala es un Estado libre, independiente y soberano.
El Estado de Guatemala se encuentra constituido por tres elementos:
Territorio: Es la extensión de suelo limitado por fronteras, sean esta naturales o artificiales.
Población: Es el conjunto de sociedades, familias y grupos humanos que viven dentro de determinado territorio.
Gobierno: Es la persona o grupo de persona en quien recae la responsabilidad de guiar a la población, el gobierno toma el poder que le delego la población a través de una elección democrática.
El sistema de gobierno de Guatemala es republicano, democrático y representativo.
El Estado de Guatemala está formado por tres organismos y poderes:
Organismo Ejecutivo: Este conformado por la presidencia, vicepresidencia, ministerios de estado, secretarías generales, direcciones generales, funcionarios y empleados públicos.
Organismo Legislativo: Está integrado por el pleno de diputados del Congreso de la República de Guatemala, su principal función legislativa consiste en el proceso de creación de leyes.
Organismo Judicial: Es el encargado de impartir justicia conforme a la Constitución Política de la República, está integrado por la Corte suprema de Justicia, corte de Apelaciones, entre otras y jueces sus magistrados.
Actividades Capitulo l. El Estado
Actividad 1.2 Instrucciones
Consulta la Ley del Organismo Legislativo y escriba las atribuciones principales del Congreso de la República de Guatemala.
- Función constituyente derivada, constituida o de reforma: puede reformar la Constitución a través iniciativas o proyectos.
- Función de representación y dirección política: la primera es porque actúa en representación de la sociedad en general; y la segunda, porque consiste en orientar los objetivos principales que propone el gobierno de un país y en seleccionar los instrumentos y acciones para hacerlos realidad, en una visión de largo plazo sobre determinadas cuestiones.
- Función legislativa o de creación de normativa: consiste en la capacidad para crear, emitir y formular normas, así como reformarlas o derogarlas, en estricto apego a las reglas constitucionales y a las que el propio organismo ha creado para su funcionamiento. Esta función implica, además, que se presenten proyectos de resolución, acuerdos legislativos y puntos resolutivos.
- Función de control público y fiscalización: implica la vigilancia de que el ejercicio de poder del Organismo Ejecutivo se mantenga apegado a la ley, así como el seguimiento al cumplimiento de todos aquellos compromisos que este asume. Por ejemplo: Llamar a distintos funcionarios públicos para que rindan informes sobre asuntos públicos.
- Función de control político: implica que pueden llamar a los Ministros y otras autoridades para interrogarlos por sus actuaciones dentro del cargo y así conocer sobre las acusaciones que se les formulan.
- Función judicial: es cuando ha o no lugar a la formación de procesos judiciales, penales o de otra índole en contra de los altos funcionarios sobre los que le compete conocer en materia de antejuicio.
- Función electiva: según la Constitución y las leyes deben elegir a los funcionarios que les compete de acuerdo a los procedimientos preceptuados en las mismas normativas.
- Función de protocolo: está autorizado para recibir a Jefes de Estado y de Gobierno de otros países. Incluyendo también, cuando el presidente del Congreso presta y recibe el juramento de ley de los altos funcionarios del Estado, cuando inicia y cierra sus períodos de sesiones, cuando da posesión de la Presidencia de la República al Vicepresidente por la falta absoluta del Presidente y cuando conmemora efemérides nacionales y en cualquiera otra ocasión.
- Función administrativa: establece su propia organización y funcionamiento a través de sus normativas legales y reglamentarias.
- Función presupuestaria: porque le corresponde aprobar, improbar o modificar el Presupuesto de Ingresos y Egresos del Estado enviado por el Organismo Ejecutivo.
- Función en materia militar: porque le corresponde declarar la guerra o paz, permitir el paso de ejército extranjero o el establecimiento de bases militares extranjeras en territorio nacional y en última instancia desconocer al Presidente habiendo terminado su período constitucional, en tal caso el Ejército pasaría a estar bajo su mando (artículo 165 literal g).
- Otras funciones: las que se les son asignadas por las Constitución y otras leyes. Por ejemplo: La convocatoria a elecciones generales cuando el Tribunal Supremo Electoral no lo hubiere realizado en la fecha establecida por la ley (artículo 169 de la Constitución) así como la iniciativa a realizar un procedimiento consultivo el cual es convocado por el órgano electoral mencionado anteriormente (artículo 173 de la Constitución).
Actividad Capitulo 2. Fuentes del Derecho
Actividad 2.1 Instrucciones:
1. Esquematice las etapas del proceso legislativo en Guatemala. Consulte la ley del Organismo Legislativo.
Se le llama Proceso Legislativo a los pasos que se deben seguir para crear una ley.
El proceso Legislativo consiste en lo siguiente:
Iniciativa: Es el primer paso del proceso Y consiste en que hay persona y organismos que tienen potestad legal para elaborar un proyecto de ley y presentarla al organismo legislativo. Para la formación de leyes tienen iniciativa los diputados del Congreso, el Organismo Ejecutivo, la Corte Suprema de Justicia, la Universidad de San Carlos de Guatemala y el Tribunal Supremo Electoral.
Admisión: Corresponde al Congreso de la República admitir o rechazar un proyecto de ley presentado por las persona su organismos que tienen iniciativa, y si fuera especial el Congreso cuenta con comisiones especificas de diferente materia, por ejemplo la comisión de salud, de trabajo, etc.
Dictamen: La comisión encargada de hacer el estudio y análisis respectivo de determinada iniciativa de ley emitirá un dictamen relacionado con la misma para posteriormente presentarla al pleno del Congreso.
Admisión: Se pondrá a discusión en tres sesiones celebradas en distintos días y no podrá votarse hasta que se tenga por suficientemente discutido en la tercera sesión.
Aprobación: El Congreso de la República puede aprobar leyes mediante la votación f avorable de la mitad mas uno del total de los diputados, procedimiento que recibe el nombre de votación absoluta.
Sanción: Esta fase corresponde al Jefe del Organismo Ejecutivo para aprobar las leyes remitidas por el Organismo Legislativo, en nuestra patria corresponde al Presidente de la República
Promulgación y Publicación: Consiste en dar a conocer la ley creada a todos los habitantes del estado, en nuestro medio es mediante la publicación en el diario oficial denominado Diario de Centro América.
Veto: Es la facultad que tiene el Presidente de la República para oponerse a la aprobación y no sancionar, hace las observaciones que crea conveniente y para ello cuenta con quince días a partir de haberla recibido de parte del Organismo Legislativo.
Vigencia: Se refiere al tiempo que existe entre la fecha en que se inicia la aplicación de una ley y la fecha de su terminación. En nuestro medio no todas las leyes tienen fecha de terminación de su aplicación, son de vigencia indefinida hasta que otra ley las deroga, y algunas tienen claramente expresa su fecha de terminación.
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