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Metodos Clasicos


Enviado por   •  24 de Abril de 2012  •  436 Palabras (2 Páginas)  •  492 Visitas

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buenas solo busco un ensayo de metodos clasicos para poderme guiar y utilizar la infor qe tengo!! ... gracias! ;)

Los bienes inmuebles tienen una garantía de diez años, según el nuevo

Estatuto.

Si usted compra un bien o servicio y no se indica el término de la garantía, este será de un año para productos nuevos; y si se trata de productos perecederos, dicha garantía terminará con la fecha de vencimiento o expiración.

Ese es uno de los aspectos del Nuevo Estatuto del Consumidor, que recientemente entró en vigencia. En varias entregas, todos los lunes, EL TIEMPO explicará aspectos sustanciales y de utilidad sobre esta norma, que está en la Ley 1480 del 2011.

El Estatuto establece que el tiempo de la garantía empieza a correr a partir de que le entreguen el producto objeto de la garantía.

La nueva norma también dispone que los productos usados en los que expiró el término de la garantía legal podrán ser vendidos sin ese beneficio, siempre y cuando ello sea aceptado por escrito de parte del cliente.

En caso de que no se informe expresamente que no tienen garantía, los productos usados gozan de una protección de tres meses.

Hay que tener en cuenta que productos imperfectos, usados, reparados, remanufacturados, repotencializados o descontinuados tienen garantía, salvo que los imperfectos hayan sido informados al consumidor.

Para el caso de los bienes inmuebles rige la figura de la garantía. Comprende la estabilidad de la obra por 10 años, mientras que la de los acabados es por un año.

Al respecto, la nueva norma también deja en claro que las partes, insumos, accesorios o componentes adheridos a los bienes inmuebles que deben ser cambiados por efectividad de garantías podrán ser de igual o mejor calidad, pero no necesariamente idénticos a los originalmente instalados.

En general, si en el plazo de la garantía el producto es objeto de reparación con ocasión de la efectividad de ese derecho, el término de este se suspende.

En caso de un cambio total del producto por otro, la norma es clara en establecer que la garantía empieza de nuevo.

Además, si se produce el cambio de una o varias piezas o partes de un bien, cada una tendrá garantía propia.

El Estatuto también determina que los productores y proveedores podrán otorgar garantías que amplíen o mejoren la cobertura del beneficio legal, de manera gratuita o por un precio determinado. En este último caso, con aceptación expresa del consumidor.

Si a un cliente le reparan una vez el bien por garantía y este vuelve a dañarse, tiene derecho al cambio o a la devolución del dinero.

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