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Minuta Cooperativa De Ahorros Y Creditos


Enviado por   •  2 de Mayo de 2013  •  946 Palabras (4 Páginas)  •  1.218 Visitas

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Dirección Nacional de Cooperativas

10 de Agosto N31-227 y Mariana de JesúsTeléfonos: (593) 02 3201365Página web:www.dinacoop.gov.ec Quito - Ecuador

ANEXO 11.2MODELOS

FORMATOS GESTION LEGAL

11.2.1

MODELO DE ACUERDO MINISTERIAL PARA APROBAR ELESTATUTO Y CONCEDER PERSONERIA JURIDICA

MEMORANDO No. -----------PARA: DIRECTOR PROVINCIAL DE ----------- DEL MIES oSUBSECRETARIO REGIONAL DE --------- DEL MIES

DE: GESTION LEGALASUNTO:

Acuerdo Ministerial de Aprobación de Estatuto y Concesión dePersonería Jurídica

FECHA:

------------------------

El/la señor/a ------------, en su calidad de Presidenta Provisional de la Pre-

Cooperativa “

-----------

, mediante Oficio No. ----------------- de ------------, ingresado enesta Dirección (Subsecretaria) con hoja de control de documentos No. --------- de -----------, remite a esta Dirección (Subsecretaria) la documentación pertinente a fin deque se apruebe el Estatuto y se conceda personería Jurídica a dicha Cooperativa,la misma que tiene su domicilio en la parroquia ----------, cantón -----------, provincia ------------.El delegado para realizar la Investigación Socio Económica, señor/a --------------,mediante Memorando No. ---------------- de ------------, emite su informe, en el quemanifiesta que es viable el

PLAN DE TRABAJO Y FINANCIAMIENTO DE LACOOPERATIVA

presentado, por lo que sugiere se continúe con el trámite legal afin de aprobar el Estatuto y conceder personería jurídica a la Pre-

Cooperativa “

----------

”.

Revisado y analizado el expediente que contiene la documentación para laconstitución jurídica de la Pre-

Cooperativa “

----------

”, cumple con lo dispuesto en los

artículos 9, 10, 11, 12 y 121 literal a) del Reglamento General de la Ley deCooperativas. Para su plena vigencia jurídica, el Estatuto ha sido modificado deconformidad con la Ley.En tal virtud, Gestión Legal, emite el informe favorable para su constitución legal.Particular que hago conocer a usted para los fines legales pertinentes

Créditos :: Casa Propia (Remesas) :: formato de Minuta

formato de Minuta

Señor Cónsul del Perú en Japón:

Sírvase Usted extender en su Registro de Escrituras Públicas una de Poder Amplio y General que otorgan _________________________(nombre conforme a DNI) , identificado con DNI No. ___________, y (nombre de cónyuge conforme a DNI)___________________________ , identificada con DNI No. ___________, con domicilio en (domicilio en Japón) , a favor del señor ____________________, identificado con DNI No. ___________, con domicilio en ____________________________________________________________(domicilio en Perú) ; para que en su nombre y representación pueda realizar los siguientes actos:

PRIMERO: Representarlos ante toda clase de autoridades, ya sean civiles, policiales, administrativas, municipales, y otras, ante personas naturales o jurídicas de derecho privado y/o público, en cualquier tipo de proceso y/o procedimiento cualquiera fuese su denominación, ya sea como demandante, demandado, tercero con o sin legítimo interés, tercerista denunciante o peticionante, pudiendo presentar toda clase de escritos, recursos, declaraciones juradas, solicitudes, peticiones, medios impugnatorios, de toda índole, etc. Para ello, podrá interponer demandas, denuncias, contestar demandas y reconvenciones, plantear defensas previas y excepciones y/o contestarlas, solicitar la actuación de pruebas anticipadas, allanarse o convenir con la demanda, desistirse de la pretensión y/o del proceso, intervenir en todo tipo de audiencias y diligencias judiciales o extrajudiciales, prestar declaración de parte, retirar, cobrar y/o endosar certificados de consignación, de depósito judicial y/o depósito administrativo, conciliar, transigir, someter a arbitraje las pretensiones controvertidas en el proceso, solicitar toda clase de medidas cautelares, ofrecer contracautela de cualquier clase, sustituir o delegar la representación procesal, revocarla y reasumirla cuando a considere conveniente, con las facultades contenidas en los arts. 74 y 75 del Código Procesal Civil, art. 115 de la Ley No. 27444 y demás pertinentes.

SEGUNDO: Celebrar toda clase de contratos de compraventa, sea como comprador o vendedor de toda clase de bienes muebles, inmuebles o valores, autorizando a su apoderado a fijar el precio de compraventa, forma de pago y demás condiciones de cada contrato o contratos, cualquiera sea el bien, inmueble, mueble o valor, quedando la apoderada facultada a suscribir el contrato o contratos sean éstos tanto en documento privado como por escritura pública, así como otorgar las cancelaciones de saldo de precio, levantamientos de hipoteca y las aclaraciones que sean necesarias.

TERCERO: Celebrar toda clase de contratos para la constitución de garantías reales (prendar y/o hipotecar), sea como acreedor, sea como deudor hipotecario o prendario, según sea el caso, de toda clase de bienes inmuebles, muebles o valores, fijando con entera libertad los términos, condiciones y demás modalidades de los mismos, dar y recibir a mutuo civil o mercantil, dar y recibir en prenda, transferir créditos ya sea como cedente o cesionario.

CUARTO: Celebrar toda clase de contratos de préstamos (mutuo), de conformidad con las leyes comunes o las leyes especiales que rijan para cada institución bancaria, financiera, cooperativa o mutual; contratar pólizas de seguros contra todo riesgo, para asegurar todos sus bienes, fijar las condiciones de los seguros, pagar las primas correspondientes y cobrar su importe; endosar las pólizas de seguro.

QUINTO: Abrir y cerrar cuentas corrientes, de todo orden, en cualquier banco establecido en el país, operar sobre ellas y sobre las que tenga ya establecidas; abrir y cerrar cuentas de ahorros, girar sin límite sobre las cuentas de ahorros que pudiera tener en cualquier banco comercial o institución financiera o cooperativa del país o del extranjero sin ninguna limitación, solicitar sobregiros, girar y endosar cheques, cobrarlos, girar, aceptar, reaceptar, endosar, avalar, descontar y/o renovar y/o protestar, letras de cambio, vales, pagarés, libranzas, cartas de crédito y demás documentos de crédito, ejerciendo las acciones derivadas de dicho documento, y en general, celebrar toda clase de actos y contratos civiles y comerciales, por documento privado o por escritura pública.

SEXTO: Para que pueda cobrar toda clase de sumas de dinero que le pudieran adeudar por cualquier concepto o título, cualquiera que fuere el monto de las sumas adeudadas, cualquiera que sea el origen. Esta facultad incluye el cobro de cheques, cualquiera que fuere su naturaleza.

Agregue Usted Señor Cónsul la introducción y conclusiones de ley.

Tokyo, ________________

(firma)

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NOMBRES Y APELLIDOS

Sede Principal: Calle Las Tiendas 237 Piso 2, Surquillo - L34 Lima - Perú.

Teléfonos: (511)719-2100 Fax: (511)719-1808

Desarrollado por Antartec S.A.C

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