Modelo Divorcio Unilateral Quintana Roo
clementeabanteTrabajo21 de Enero de 2019
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GILMER ARCANGEL SOBERANIS DZUL
VS
SAIDY JUDITH PACHECO KIAU
Divorcio Unilateral
Expediente Número: 249/2018
C. JUEZ DE INSTRUCCIÓN FAMILIAR ORAL
DE PRIMERA INSTANCIA DEL DISTRITO
JUDICIAL DE COZUMEL, QUINTANA ROO
PRESENTE:
GILMER ARCANGEL SOBERANIS DZUL, mexicano por nacimiento, mayor de edad legal, por mi propio y personal derecho con domicilio para oír y recibir todo clase de notificaciones, valores y documentos, aún los de carácter personal en el predio ubicado en la ochenta y cinco (85) Avenida Norte Número doscientos diecisiete (217) entre las Calles cuatro (4) y seis (6) Norte, Colonia Emiliano Zapata de esta ciudad, autorizando para los mismos efectos así como para hacer uso de los medios tecnológicos a los Licenciados en Derecho Rodolfo Clemente Ruiz Álvarez con cédula profesional número 7285368, expedida por la Dirección General de Profesiones Y/O Licenciada en Derecho Griselda Linda Gaytan Tenorio, Asimismo otorgo MANDATO JUDICIAL en favor del LIC. RODOLFO CLEMENTE RUIZ ÁLVAREZ, para que me represente en este procedimiento en términos de lo dispuesto en los artículos 2811, 2842 y 2843 del Código Civil vigente en el Estado, así mismo el artículo 906 del Código de Procedimientos Civiles vigente en el Estado, entendiendo tal enumeración de facultades en forma meramente enunciativa y no limitativa, señalando como nombre de usuario RRUIZ para vinculación de la Administración de Gestión Judicial de conformidad con el artículo 107 del Código de Procedimientos Civiles vigente en el Estado, ante Usted C. Juez Familiar, con el debido respeto comparezco y expongo:
Que con fundamento en los artículos 892 Fracción V, 893, 985 Bis y demás relativos y aplicables del Código de Procedimientos Civiles para el Estado de Quintana Roo, vengo por medio del presente escrito en la vía oral a promover la solicitud de divorcio unilateral, toda vez que es mi voluntad no continuar con el matrimonio que tengo celebrado con la señora SAIDY JUDITH PACHECO KIAU, quien puede ser debidamente localizada, notificada y emplazada personalmente en el domicilio ubicado en la Cien (100) Avenida Sur entre las Calles Cinco Sur y Miguel Hidalgo, Colonia San Gervasio de esta ciudad, de quien demando las siguientes:
P R E S T A C I O N E S
- Que mediante sentencia definitiva, se ordene la disolución del vínculo matrimonial sin expresión de causa que nos une en el juicio que por este medio se promueve, ordenando su inscripción en el Libro Número 3, Tomo Número 3, Acta Número 00496, Foja Número 96 de la Oficialía Número 01 del Registro Civil de esta ciudad, expidiendo las constancias conducentes.
- La disolución del régimen de la sociedad conyugal que nos une.
- La liquidación del régimen de la sociedad conyugal que nos une.
- El pago de gastos y costas que se originen con la tramitación del presente juicio.
La presente demanda se funda en los siguientes hechos y consideraciones de derecho aplicables:
H E C H O S
PRIMERO.- Con fecha tres de noviembre del dos mil once, contrajimos matrimonio civil ante la fe del Oficial del Registro Civil de Cozumel, Quintana Roo, bajo el régimen matrimonial de sociedad conyugal, lo que acredito con la copia certificada del Acta de Matrimonio que contiene los siguientes datos, mismo que se acompaña a la presente con su respectiva copia simple como ANEXO UNO, para efectos de que este H. Juzgado, la coteje y certifique, devolviéndome en el momento procesal oportuno la citada acta de matrimonio que contiene los siguientes datos:
Oficialía No. 01, Libro No. 3, Tomo No. 3, Acta No. 496, Foja No. 96, Localidad Cozumel, Municipio de Cozumel, Entidad Federativa Quintana Roo, Fecha de Registro tres de noviembre del dos mil once.
SEGUNDO.- Nuestro hogar conyugal lo establecimos en forma definitiva en la Cien (100) Avenida Sur entre las Calles Cinco Sur y Miguel Hidalgo, Colonia San Gervasio de esta ciudad.
TERCERO.- Durante nuestro matrimonio procreamos a dos menores hijos: la primera que se llama MARÍA JOSÉ SOBERANIS PACHECO, registrado en la ciudad de Cozumel, Quintana Roo, quien actualmente cuenta con seis años de edad por haber nacido el ocho de diciembre del dos mil once y el segundo de nombre LEONARDO MATEO SOBERANIS PACHECO, registrado en la ciudad de Cozumel, Quintana Roo, quien actualmente cuenta con la edad de tres años quien nació el treinta de enero del dos mil quince, lo que acredito con las copias certificadas del acta de nacimiento de nuestros menores hijos de nombres MARÍA JOSÉ y LEONARDO MATEO ambos de apellidos SOBERANIS PACHECO que se acompaña a la presente con sus respectivas copias simples como ANEXOS DOS y TRES, para efectos de que este H. Juzgado, las coteje y certifique, devolviéndome con prontitud las citadas actas de nacimiento por así convenir a los intereses de mis menores hijos.- ---------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------
Hago la aclaración que antes de casarme en fecha tres de noviembre del dos mil once con mi esposa SAIDY JUDITH PACHECO KIAU, ella tuvo conocimiento de que a la edad de dieciocho (18) años, tuve una relación extramarital con una joven que en aquel tiempo tenía cuatro años más que yo, es decir, veintidós (22) años de edad, que se llama LIZBETH GUADALUPE CHAN COHUO con la que procree un hijo de nombre GILMER EFRÉN SOBERANIS CHAN quien nació el veintinueve de junio del dos mil cuatro que actualmente tiene catorce años de edad por lo cual tengo obligaciones y derechos con mi menor hijo GILMÉR EFRÉN para demostrar lo anterior, acompaño a la presente la respectiva acta de nacimiento de mi menor hijo GILMER EFRÉN SOBERANIS CHAN con su respectiva copia simple como ANEXO CUATRO para efectos de que este H Juzgado, la coteje, certifique y me devuelva con prontitud por así convenir a los intereses de mi menor hijo.- -----------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------
También BAJO PROTESTA DE DECIR VERDAD manifiesto que mi madre GLORIA ELIZABETH cuando ya era una anciana que contaba con 70 años al momento de su fallecimiento, para no dejar desprotegidos a dos niños de una señora de nombre MARTHA ELENA MARTÍNEZ CASTILLO, porque les tuvo mucho cariño a los citados niños ya que vivió mucho tiempo sola, pues mi madre GLORIA ELIZABETH se había separado de mi padre CÉSAR SOBERANIS MIRANDA muchos años atrás; la niña lleva por nombre DALY DAYANA MARTÍNEZ CASTILLO registrada como madre soltera con los apellidos de su madre MARTHA ELENA MARTÍNEZ CASTILLO y un niño varón que cohabitaban en el cuarto de mi madre GLORIA ELIZABETH DZUL CUMI porque mi madre era quien les brindó los cuidados necesarios a los niños de MARTHA ELENA mencionados anteriormente, proporcionándoles alimentación, vestido, calzado, juguetes, entre otros, para que se entretuvieran y se divirtieran y cuando se enfermaban los niños referidos anteriormente, mi madre GLORIA ELIZABETH era quien llevaba a los niños al doctor para que les dieran el tratamiento médico adecuado, incluso en la medida de sus posibilidades les dio educación, inscribiéndolos a la escuela primaria y muchas veces mi madre GLORIA ELIZABETH fue quien firmaba las boletas de calificaciones de los niños y la señora MARTHA ELENA MARTÍNEZ CASTILLO vivía en otro cuarto separado al fondo del predio de mi madre y antes de que mi madre GLORIA ELIZABETH falleciera me pidió de favor y como unos de sus actos de última voluntad que registrara al hijo varón de MARTHA ELENA con mis apellidos, siendo esa la razón por la que registré al menor ÁNGEL ARTURO el 14 de abril del 2008 antes de que yo me casara con mi esposa SAIDY JUDITH PACHECO KIAU, quien también tuvo conocimiento de la existencia del Acta de Nacimiento del registro del menor ÁNGEL ARTURO SOBERANIS MARTÍNEZ quien nació el veintisiete de enero del dos mil ocho, quien actualmente tiene diez años de edad por el cual con mi menor hijo ÁNGEL ARTURO también tengo derechos y obligaciones, ya que fue uno de los últimos deseos de mi madre GLORIA ELIZABETH DZUL CUMI de registrar a los niños de MARTHA ELENA como si fueran hijos suyos, pero no se lo permitieron las instancias correspondientes por la avanzada edad de mis padres; por cuanto a la niña DALY DAYANA los deseos de mi difunta madre GLORIA ELIZABETH es que la iba a registrar mi padre CÉSAR SOBERANIS MIRANDA, pero nunca se pudo hacer y no sé qué otros motivos hubieron además de la avanzada edad de mis padres biológicos, por las que no se pudo registrar la niña DALY DAYANA con los apellidos de mi padre CÉSAR SOBERANIS MIRANDA. Para demostrar lo anterior, acompaño a la presente la copia certificada del acta de nacimiento de mi menor hijo ÁNGEL ARTURO SOBERANIS MARTÍNEZ como ANEXO CINCO. -------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------
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