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Movimiento Contable Sin Contraprestacion De Servicios


Enviado por   •  2 de Mayo de 2014  •  953 Palabras (4 Páginas)  •  352 Visitas

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25. BIENES DE USO PERMANENTE SIN CONTRAPRESTACIÓN.

Los bienes de uso permanente sin contraprestación son los recibidos por la entidad contable

pública sin que medie el traslado de la propiedad ni el reconocimiento de contraprestación

alguna, para ser utilizados de manera permanente en desarrollo de sus funciones de

cometido estatal, con independencia del plazo pactado para la restitución. Estos bienes se

reconocen como propiedades, planta y equipo cuando la operación se realiza entre

entidades del gobierno general.

La entidad del gobierno general que entrega a otra entidad del gobierno general, bienes para

el uso permanente y sin contraprestación, debita las subcuentas que correspondan de las

cuentas 1685-DEPRECIACIÓN ACUMULADA (CR) y 1695-PROVISIONES PARA

PROTECCIÓN DE PROPIEDADES, PLANTA Y EQUIPO (CR) y acredita la subcuenta

de la cuenta que identifique la naturaleza del bien trasladado, del grupo 16-

PROPIEDADES, PLANTA Y EQUIPO. La diferencia se registra debitando la subcuenta

que corresponda de la cuenta 3105-CAPITAL FISCAL ó 3208-CAPITAL FISCAL. En

caso de haberse registrado valorizaciones, se debita la subcuenta que corresponda, de la

cuenta 3115-SUPERÁVIT POR VALORIZACIÓN ó 3240-SUPERÁVIT POR

VALORIZACIÓN y se acredita la subcuenta respectiva, de la cuenta 1999-

VALORIZACIONES. Adicionalmente, la entidad debe controlar estos bienes en cuentas de

orden deudoras, para lo cual debita la subcuenta 834704-Propiedades, planta y equipo, de la

cuenta 8347-BIENES ENTREGADOS A TERCEROS y acredita la subcuenta 891518-

Bienes entregados a terceros, de la cuenta 8915-DEUDORAS DE CONTROL POR

CONTRA (CR).

Libro II – Manual de Procedimientos Procedimientos contables

Contaduría General de la Nación Régimen de

Contabilidad

Pública

41

Por su parte, la entidad del gobierno general que recibe los bienes los registra por el valor

convenido, que puede ser el valor en libros o uno estimado mediante avalúo técnico,

debitando la subcuenta que identifique, en cada cuenta, los bienes de uso permanente sin

contraprestación y acreditando la subcuenta 312531-Bienes de uso permanente sin

contraprestación, de la cuenta 3125-PATRIMONIO PÚBLICO INCORPORADO o

325531-Bienes de uso permanente sin contraprestación, de la cuenta 3255-PATRIMONIO

INSTITUCIONAL INCORPORADO.

La entidad del gobierno general, o la empresa, que entrega a una empresa pública bienes

para el uso permanente y sin contraprestación, debita las subcuentas que correspondan, de

las cuentas 1685-DEPRECIACIÓN ACUMULADA (CR) y 1695-PROVISIONES PARA

PROTECCIÓN DE PROPIEDADES, PLANTA Y EQUIPO (CR) y acredita la subcuenta

de la cuenta que identifique la naturaleza del bien trasladado, del grupo 16-

PROPIEDADES, PLANTA Y EQUIPO. La diferencia se registra debitando la subcuenta

que corresponda, de la cuenta 1920-BIENES ENTREGADOS A TERCEROS. De haberse

reconocido valorizaciones, se debita la subcuenta 199977-Otros activos y se acredita la

subcuenta que identifique la naturaleza del bien reclasificado, de la cuenta 1999-

VALORIZACIONES. También se debita la subcuenta que identifique la naturaleza del bien

entregado y se acredita la subcuenta 311576-Otros activos ó 324077-Otros activos, de la

cuenta 3115-SUPERÁVIT POR VALORIZACIÓN ó 3240-SUPERÁVIT POR

VALORIZACIÓN, según corresponda.

La empresa que recibe de otra empresa, o de una entidad del gobierno general, bienes para

el uso permanente y sin contraprestación, los registra acreditando la subcuenta 934619-

Propiedades, planta y equipo, de la cuenta 9346-BIENES RECIBIDOS DE TERCEROS y

debitando la subcuenta 991506-Bienes recibidos de terceros, de la cuenta 9915-

ACREEDORAS DE CONTROL POR CONTRA (DB).

26. RESTITUCIÓN DE LOS BIENES DE USO PERMANENTE SIN

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